Norma Legal Oficial del día 27 de Enero del año 2005 (27/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 137

MORDAZA, jueves 27 de enero de 2005
DISPOSITIVO Resolucion de Superintendencia Nº 256-2004/SUNAT Resolucion de Superintendencia Nº 257-2004/SUNAT Resolucion de Superintendencia Nº 258-2004/SUNAT Resolucion de Superintendencia Nº 259-2004/SUNAT Resolucion de Superintendencia Nº 261-2004/SUNAT Resolucion de Superintendencia Nº 298-2004/SUNAT Resolucion de Superintendencia Nº 300-2004/SUNAT Resolucion Directoral Nº 110-94-RE Resolucion Ministerial Nº 122-99-EF/15 Resolucion Ministerial Nº 0377-2003-JUS Resolucion de Superintendencia Nº 000535-95-ADUANAS

NORMAS LEGALES
SUMILLA

Pag. 285521
FECHA DE PUBLICACION 31.10.2004

Establecen procedimiento para la devolucion definitiva del IGV e IPM a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploracion que actuen bajo la forma de contratos de colaboracion empresarial sin contabilidad independiente. Establecen procedimiento para la devolucion definitiva del IGV e IPM a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploracion no comprendidos en la Resolucion de Superintendencia N 256-2004/SUNAT. Establecen procedimiento para la devolucion definitiva del IGV, IPM e ISC a las empresas que realicen actividades de exploracion de hidrocarburos que actuen bajo la forma de contratos de colaboracion empresarial sin contabilidad independiente. Establecen procedimiento para la devolucion definitiva del IGV, IPM e ISC a las empresas que realicen actividades de exploracion de hidrocarburos no comprendidos en la Resolucion de Superintendencia Nº 258-2004/SUNAT. Modifican la Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT que aprobo normas para la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 940. Modifican la Resolucion de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, que aprobo disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 943. Modifican Resolucion de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y modificatorias que aprobo disposiciones para la aplicacion del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central establecido por el Decreto Legislativo Nº 940. Aprueba Formulario para la MORDAZA de Bienes y Servicios del Regimen de Devolucion de Impuestos. Establece caracteristicas y condiciones que deben cumplir las polizas de seguro de caucion a que se refiere el Reglamento de Notas de Credito Negociables. Implementa el Registro de Confesiones Distintas a la Catolica y aprueba sus normas aplicables. Aprueba Directiva Nº 7-D-07-95-ADUANAS-INRA, que MORDAZA el procedimiento para las solicitudes sobre devoluciones de Derechos e Impuestos Pagados Indebidamente o en Exceso.

31.10.2004

31.10.2004

31.10.2004

30.10.2004

07.12.2004

15.12.2004

06.06.1994 04.06.1999 15.10.2003 06.05.1995

01665

Aprueban emision de bonos soberanos en el MORDAZA Interno
DECRETO SUPREMO Nº 014-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 20º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/. 3 866 145 000,00 (TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), que incluye la emision de bonos hasta por un monto de S/. 3 766 145 000,00 (TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, el Gobierno Nacional preve, para el presente ejercicio presupuestal, la emision de bonos soberanos en el MORDAZA interno por un monto MORDAZA de hasta S/. 2 090 000 000,00 (DOS MIL NOVENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados a atender los requerimientos financieros del sector publico no financiero; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 7º de la Ley Nº 28423 y se encuentra incluida en el Programa Anual de Concertaciones Internas del ano 2005, con cargo al Sub-programa de Emision de Bonos; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28423; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion y condiciones Autorizase la emision de bonos soberanos en el MORDAZA interno hasta por la suma de S/. 2 090 000 000,00

(DOS MIL NOVENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente MORDAZA legal, cuyas caracteristicas generales seran como a continuacion se detalla: Monto MORDAZA a emitir
Unidad Responsable Estructurador : S/. 2 090 000 000,00. : Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. : Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. : Nuevos Soles. : Libremente negociables.

Moneda Negociabilidad de los bonos Modalidad de colocacion : A traves de subasta. Plazo de colocacion : Hasta el 31 de diciembre de 2005. Registro : Anotacion en cuenta en CAVALI ICLV S.A. y listados en la Bolsa de Valores de MORDAZA (BVL).

Articulo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Ejecutora de la presente operacion de endeudamiento interno es la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir toda la documentacion que se requiera para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Articulo 4º.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la emision de los bonos soberanos que se autoriza en el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le correspondan en cada ejercicio presupuestal para el servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Caracteristicas adicionales Las caracteristicas adicionales necesarias para la implementacion de este dispositivo legal se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF.

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