Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2006 (23/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Distrital de Pomalca
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 054-2006-CG

JNE
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones
RESOLUCION Nº 016-2006-P/JNE

MORDAZA, 21 de febrero de 2006 VISTO; el Informe Especial Nº 012-2006-CG/ ORCH, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, por el periodo comprendido de enero del 2003 a diciembre del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, en cumplimiento de su Plan Anual de Control, dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de Pomalca, con la finalidad de verificar el grado de veracidad de las presuntas irregularidades denunciadas ante este Organo Superior de Control; Que, como resultado de la Accion de Control practicada, la Comision de Auditoria ha evidenciado que, sin tener apropiadamente definidas las metas fisicas, la Municipalidad efectuo la contratacion de bienes y servicios destinados a la ejecucion de las obras "Pavimentacion Asfaltica en Frio Entrada San Juan" y "Pavimentacion Asfaltica en Frio Perimetro MORDAZA MORDAZA Amaru", las mismas que, conforme a las inspecciones fisicas y pruebas de laboratorio efectuadas, no cuentan con las caracteristicas que garanticen la calidad y durabilidad de su ejecucion y que se encuentran descritas en los respectivos Expedientes Tecnicos, por lo cual las obras devienen en ineficientes; hechos que han generado perjuicio economico a la entidad ascendente a S/. 108 384,47, el cual debe ser resarcido a la entidad, conforme a lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una Accion de Control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:

MORDAZA, 7 de febrero de 2006 VISTO: El Memorando Nº 001-2005-TUPA/JNE, mediante el cual el Presidente del Comite conformado por Resolucion Nº 104-2005-P/JNE, propone a consideracion y aprobacion de la Presidencia del JNE el Texto Unico de Procedimientos Administrativos. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 036-2004-JNE del 05 de marzo de 2004, se aprobo y publico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del MORDAZA Nacional de Elecciones, modificado por la Resolucion Nº 139-2004-JNE del 30 de agosto de 2004; Que, conforme al numeral 38.2 del articulo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, se dispone que, cada dos (2) anos, las entidades estan obligadas a publicar el integro del MORDAZA, bajo responsabilidad de su titular; sin embargo, podran hacerlo MORDAZA cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, habiendose modificado algunas de las normas constitucionales y legales en materia electoral, y habiendose convocado por Decreto Supremo Nº 0962005-PCM a Elecciones Generales para la eleccion del Presidente de la Republica y Vicepresidentes, asi como Congresistas de la Republica y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; se ha visto por conveniente publicar el integro del MORDAZA del MORDAZA Nacional de Elecciones, previa revision, actualizacion, compilacion y sistematizacion de los procesos y procedimientos contenidos en el documento de gestion en alusion; Que, de conformidad con los articulos 142º y 181º de la Constitucion Politica del Peru, las resoluciones emitidas por el MORDAZA Nacional de Elecciones en materia electoral, de referendum o de otro MORDAZA de consultas populares son dictadas en instancia final, definitiva, y no son revisables, por lo que debe precisarse que la inclusion de los procesos jurisdiccionales en materia electoral en el MORDAZA del MORDAZA Nacional de Elecciones se hace con caracter meramente orientador e informativo para la ciudadania, sin que ello implique que respecto de dichos procesos jurisdiccionales quepa recurso impugnativo administrativo alguno; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral c) del articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado por Resolucion Nº 134-2005-JNE; SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 03214

Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones, el cual consta de dos (2) capitulos: Capitulo I - Procesos Jurisdiccionales de Ciento Once (111) procedimientos, y Capitulo II - Procedimientos Administrativos de Veintinueve (29) procedimientos; y sus doce (12) anexos correspondientes. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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