Norma Legal Oficial del día 23 de Febrero del año 2006 (23/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

ITEM

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE TRAMITE UIT

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE LA IMPUGNACION

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MORDAZA, jueves 23 de febrero de 2006

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MORDAZA certificada de las actas de constitucion de comites partidarios (conforme al Art. 8º de la Ley Nº 28094) y en un disco compacto la relacion detallada (nombre y DNI) de los afiliados por cada comite, los cuales deberan ser residentes de la provincia donde se constituye el comite y no deberan haber sido presentados previamente por otra organizacion politica. Estatuto del partido (conforme al Art. 9º de la Ley Nº 28094) Nombre de los fundadores Designacion de los personeros legales (titulares - alternos) y tecnicos, que se acreditan ante el JNE Designacion de uno o mas representantes legales del partido politico y de los apoderados Simbolo de la agrupacion o partido, en disco compacto y una MORDAZA, acompanando el diseno de acuerdo a las disposiciones del JNE Comprobante de pago Simbolo partidario en un diskette

(*) Plazo de recoleccion de firmas de adherentes y MORDAZA de la solicitud: 1 ano a partir de la adquisicion del kit electoral.

Plazo de subsanacion una vez presentada la solicitud: Fecha de cierre del Registro (**) Las adherencias de los analfabetos y los discapacitados se regira por la Resolucion Nº 745-99-JNE y el Art. 34º de la Ley Nº 26497, en cuanto fuera pertinente

Plazo de inscripcion: Vencera indefectiblemente en la fecha de inscripcion de candidatos a la Presidencia de la Republica. El tramite de aquellos partidos politicos que no lograron su inscripcion a esa fecha, continuara cuando se reabra el Registro

NORMAS LEGALES

Una sintesis de la solicitud se publica en la pagina web y en el diario oficial por cuenta del interesado dentro de los 5 dias utiles de recibida la solicitud y subsanada las observaciones si las hubiere.Precluida esta etapa, se publicara la resolucion por una sola vez en el diario oficial dentro de los 5 dias habiles posteriores, por cuanta de los interesados, asimismo se publica de manera gratuita el asiento de inscripcion.

En el caso que sea necesario la verificacion de firmas de adherentes, el plazo para la verificacion del contenido de la solicitud, se computa a partir de la fecha que el organo electoral competente remite al JNE su reporte de comprobacion de firmas, superando el minimo legal de adherencias requerido 5% UIT Oficina de Orientacion Electoral y Servicios al Ciudadano Oficina de Registro de Organizaciones Politicas Pleno del JNE Ver item 01.11

01.03

Inscripcion de movimiento regional o departamental Arts. 6º y 17º de la Ley Nº 28094 (01/11/03) Arts. 12º, 13º, 14º, 15º, 23º, 24º y 25º de la Resolucion Nº 015-2004-JNE (09/02/04)

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Solicitud dirigida a la Oficina de Orientacion Electoral y Servicios al Ciudadano, suscrita por el representante o personero de la organizacion politica pidiendo se senale fecha, adjuntando MORDAZA del formato de adquisicion del kit electoral Adjuntar: - Solicitud de inscripcion que debera estar acompanada de: MORDAZA certificada del acta de fundacion (conforme al Art. 6º de la Ley Nº 28094, en cuanto fuera pertinente) Relacion de adherentes en numero no menor del 1% de ciudadanos que sufragaron en las ultimas elecciones de caracter nacional, dentro de la circunscripcion en la que el movimiento desarrolle sus actividades y pretenda presentar candidatos. La relacion se presentara con la firma y numero del DNI de cada uno de los adherentes, contenidos en los planillones expedidos por la ONPE, y en disco compacto y una MORDAZA MORDAZA certificada de las actas de constitucion de comites en por lo menos la mitad mas uno del numero de provincias que integren la region o departamento correspondiente y en un disco compacto la relacion detallada (nombre y DNI) de los afiliados por cada comite. Las actas de constitucion deben estar suscritas por no menos de 50 adherentes debidamente identificados y domiciliados en la localidad En caso la region cuente con un numero impar de provincias, la mitad mas uno se calculara redondeando la fraccion al entero superior. En caso se cuente con tres provincias se requerira de la constitucion de dos comites provinciales. Nombre de los fundadores

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