Norma Legal Oficial del día 10 de Junio del año 2006 (10/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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321008
o o o o Unidad Unidad Unidad Unidad Financiera de Abastecimiento de Recursos Humanos de Sistemas

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 10 de junio de 2006

q) Las demas que MORDAZA de su competencia, siempre que tuvieran como proposito facilitar el cumplimiento de los fines institucionales. Articulo 10º.- Vaca el cargo de miembro del Consejo Directivo por: a) Fallecimiento; b) Renuncia; c) Remocion; d) Impedimento para desempenar sus funciones de manera permanente; y e) Inasistencia injustificada a tres (3) o mas sesiones consecutivas o a mas de la tercera parte de las sesiones realizadas durante los doce (12) meses precedentes. Articulo 11º.- Las sesiones y los acuerdos adoptados en ellas, quedaran registrados en un Libro de Actas debidamente legalizado que llevara el Secretario del Consejo Directivo, con las formalidades previstas en el respectivo Reglamento Interno. Articulo 12º.- Los miembros del Consejo Directivo son personal y solidariamente responsables de los acuerdos que adopten en las sesiones a las que asistan, salvo MORDAZA expresa del sentido y alcance del MORDAZA discordante emitido respecto al acuerdo adoptado y que debera quedar asentado en el texto del acta correspondiente. Asimismo podra hacer constar el MORDAZA discordante mediante carta notarial siempre y cuando se MORDAZA reservado tal derecho en la Sesion correspondiente, la misma que debera ser presentada dentro del termino de tres dias habiles contados a partir del dia siguiente de la Sesion. Articulo 13º.- El Presidente del Consejo Directivo o, en su caso y por delegacion el Vicepresidente, convocaran a sesion de Consejo Directivo por lo menos dos (2) veces al mes o, con mayor frecuencia, si lo considera necesario para los intereses de la institucion, asi como cuando lo soliciten por escrito por lo menos cuatro (4) de sus miembros. Articulo 14º.- El quorum valido para las sesiones del Consejo Directivo requiere la presencia de cuatro (4) de los miembros que lo integran. Si no existiera quorum para la primera sesion, el organo se constituye en MORDAZA, o en posteriores convocatorias, con un quorum de tres miembros del Consejo Directivo. Articulo 15º.- Cada miembro del Consejo Directivo tiene derecho a un MORDAZA y los acuerdos se adoptan por mayoria absoluta de votos de los miembros concurrentes. En caso de empate dirimira el Presidente del Consejo Directivo o quien haga sus veces. Articulo 16º.- El Presidente del Consejo Directivo constituye la mas alta autoridad funcional del FONDEPES, ejerce la representacion institucional, es el responsable de la imagen institucional y ejerce la titularidad del pliego. Es responsable de conducir, supervisar y disponer la ejecucion de los planes y politicas institucionales. Es designado mediante Resolucion Suprema, siendo el funcionario rentado de mayor jerarquia administrativa. Articulo 17º.- Son funciones del Presidente del Consejo Directivo: a) Dirigir y conducir el Consejo Directivo; b) Aprobar las Politicas y Directivas elaboradas por los organos de la entidad, dando cuenta al Consejo Directivo; c) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la entidad y sus eventuales modificaciones, asi como cumplir las funciones de Titular de la Entidad en materia de contrataciones y adquisiciones.; d) Establecer mecanismos de coordinacion interinstitucional con los Organismos Publicos Descentralizados del Sector de la Produccion y demas entidades de los Sectores Publico y Privado, MORDAZA nacionales, extranjeras o internacionales; e) Gestionar ante el Ministerio del Sector y otras entidades publicas o privadas, MORDAZA nacionales, extranjeras o internacionales, todos aquellos asuntos de interes institucional aprobados por el Consejo Directivo; f) Proponer al Consejo Directivo los lineamientos de politica institucional, objetivos, estrategias, planes, programas y proyectos; g) Suscribir convenios y contratos interinstitucionales de alcance nacional e internacional, previa aprobacion del Consejo Directivo.

E. ORGANOS DE LINEA - Direccion Tecnica o Subdireccion de Asistencia Tecnica y Transferencia Tecnologica o Subdireccion de Estudios y Proyectos o Subdireccion de Gestion de Negocios - Direccion de Inversiones o Subdireccion de Promocion y Colocacion de Creditos o Subdireccion de Recuperaciones CAPITULO I DE LA ALTA DIRECCION Articulo 7º.- La Alta Direccion esta conformada por el Consejo Directivo y la Direccion Ejecutiva. DEL CONSEJO DIRECTIVO Articulo 8º.- El Consejo Directivo es el organo de mayor jerarquia institucional. Esta integrado por siete (7) miembros nombrados por Resolucion Suprema, de los cuales tres (3) representan al Ministerio de la Produccion; uno de ellos ejercera el cargo de Presidente del Consejo Directivo; un (1) representante del Ministerio de Economia y Finanzas; un (1) representante de la Sociedad Nacional de Pesqueria, un (1) representante de los armadores pesqueros artesanales y; un (1) representante de los pescadores artesanales. Articulo 9º.- Son funciones del Consejo Directivo: a) Proponer al Ministerio del Sector, politicas, estrategias y normativas en aspectos de su competencia funcional a efectos de ser considerados en los pertinentes Planes, Programas y Proyectos de caracter sectorial; b) Proponer, en coordinacion con el Ministerio del Sector, programas de asesoria tecnica y desarrollo tecnologico, asi como de gestion financiera, administrativa y de capacitacion a los Gobiernos Regionales y Locales, para su aplicacion dentro de cada Region; c) Aprobar el Presupuesto Anual, sus modificaciones y evaluaciones y los Estados Financieros; d) Aprobar la Memoria Anual que presente la Direccion Ejecutiva; e) Aprobar los lineamientos de politica de corto, mediano y largo plazo en concordancia con los objetivos y estrategias del sub Sector Pesqueria en los ambitos de la pesca artesanal y de la acuicultura; f) Aprobar los planes, programas y proyectos de experimentacion, transferencia de tecnologia, de extension y de asistencia tecnica, actuando como entidad vinculante en caso de Cooperacion Tecnica Internacional, asi como supervisar su cumplimiento; g) Aprobar los convenios y contratos interinstitucionales de ambito nacional e internacional; h) Aprobar la politica de otorgamiento de creditos asi como los programas crediticios y de apoyo financiero; i) Aprobar o en su caso, revocar creditos aprobados, a propuesta de la Direccion Ejecutiva y de conformidad a lo dispuesto en la Directiva General de Gestion Crediticia. j) Supervisar la marcha institucional, solicitando los informes que estime pertinentes; k) Visar el Plan Anual del Organo de Control Institucional l) Disponer la contratacion de auditorias por iniciativa propia o a propuesta del Presidente del Consejo Directivo en los casos que se estime pertinente; m) Nombrar al Vicepresidente entre los miembros del Consejo Directivo que represente al Ministerio del Sector; n) Proponer, al Titular del Sector, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) para su aprobacion en caso necesario; o) Conceder licencia y autorizacion de viaje al exterior al Presidente del Consejo Directivo y los Directores, en los casos que se amerite; p) Designar, a propuesta del Presidente del Consejo Directivo, al Secretario del Consejo Directivo; y,

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