Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2007 (09/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2007

Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion, las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La Licencia de Operacion sera expedida por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, conforme lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 2º de la presente Resolucion y previa aprobacion del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes. Articulo 9º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion, se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA POMAREDA Viceministro de Transportes Viceministro de Comunicaciones (e) 93640-1

publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto para cuyo efecto debera suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecucion de proyectos por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28927, las transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para proyectos de inversion y saneamiento se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Informe Tecnico Nº 193-2007/ VIVIENDA/VMCS/PAPT-DE, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos ha informado respecto al estado situacional de los proyectos descritos en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, y asimismo, ha emitido opinion favorable respecto a la transferencia financiera a realizarse a favor de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE MORDAZA S.A. ­ EPSEL S.A., para la ejecucion de los referidos proyectos, por una suma de hasta por S/. 5 429 220,00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Ano Fiscal 2007, Ley Nº 28979 y Ley Nº 29035; SE RESUELVE:

VIVIENDA
Aprueban transferencias financieras a favor de Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA S.A. - EPSEL S.A. para la ejecucion de diversos proyectos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 393-2007-VIVIENDA MORDAZA, 7 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante la Ley Nº 29035 que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y dicta otras medidas, se aprobaron recursos, entre otros, para financiar los proyectos de inversion de saneamiento que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el ano fiscal 2007, dispone que para los casos de ejecucion de proyectos a traves de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas

Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 5 429 220,00 (Cinco millones cuatrocientos veintinueve mil doscientos veinte y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE MORDAZA S.A. ­ EPSEL S.A, para la ejecucion de los proyectos descritos en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que de igual modo integra la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion y/o conclusion de los proyectos detallado en el Anexo A, quedando prohibido que la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE MORDAZA S.A. ­ EPSEL S.A. efectue anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos solo se efectivizaran luego que la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE MORDAZA S.A. ­ EPSEL S.A presente al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecucion de estudios, obra o supervision de los proyectos, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otro documento relacionado a componentes aprobados en la viabilidad de los proyectos, segun corresponda; y de conformidad con los articulos 237º, 243º, 246º y demas normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremos Nº 084-2004-PCM que le MORDAZA aplicables. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podra ser materia de modificacion en funcion de los resultados de la ejecucion de los proyectos, asi como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modificado) debera contar con la conformidad de la

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