Norma Legal Oficial del día 15 de Marzo del año 2007 (15/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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Decimo Cuarto: Que, la evaluacion del factor idoneidad del magistrado esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente, esto es una debida actualizacion de manera que cuente con capacidad para realizar su funcion de Juez, acorde con las exigencias ciudadanas. En ese sentido, respecto a la calidad de las resoluciones del evaluado, estas en su mayoria, se califican como aceptables, dado que guardan una adecuada estructura y debida aplicacion de la MORDAZA al caso sometido a su jurisdiccion, una congruencia y racionalidad en la decision que se adopta en el fallo, apreciandose tambien seguridad en la sustentacion. Decimo MORDAZA : Que, en lo referente a la produccion jurisdiccional del evaluado, en la informacion recibida del Presidente de la Corte Suprema de Justicia se aprecia una produccion aceptable; sin embargo, cabe exhortar al magistrado para que en aras de la celeridad procesal, realice su mayor esfuerzo para descongestionar la actividad jurisdiccional y propender al logro MORDAZA social, emitiendo decisiones dentro de un plazo razonable y en el cumplimiento de su obligacion constitucional de garantizar el derecho a la justicia en forma oportuna y eficaz. Decimo Sexto: Que, respecto a la capacitacion, se ha podido establecer que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yrivarren Fallaque es un magistrado que ha procurado capacitarse en forma permanente durante el tiempo que laboro para el Poder Judicial, asi registra asistencia a 47 certamenes academicos, ha organizado un evento academico, ha realizado estudios del idioma ingles; asimismo ha cursado estudios de Maestria en Derecho del Trabajo, los cuales concluyo el ano 1991, sin embargo, hasta la fecha no ha optado el grado correspondiente, por lo que corresponde exhortar al magistrado para que procure graduarse y continuar especializandose en nivel de post grado, en aras de una mejor capacitacion para ejercer la magistratura con calidad y eficiencia. De otro lado, el Poder Judicial debe demostrar un fuerte liderazgo interno necesario para fortalecer su independencia, en ese sentido los magistrados deben observar una capacidad de liderazgo en el MORDAZA de Reforma del Poder Judicial, siendo innovadores, progresistas y creativos, con apertura al cambio, que le facilite interactuar con el medio y dirigir con eficiencia y eficacia los procesos protagonicos para solucionar factores negativos, contribuyendo a ese MORDAZA en cada una de sus jurisdicciones; por lo que tambien corresponde exhortar al magistrado para que desarrolle tales capacidades en la Corte Superior de Justicia de Lima. Decimo Setimo: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yrivarren Fallaque registra el ejercicio de la docencia universitaria por 7 anos en diversas materias juridicas, durante el periodo de la evaluacion, lo cual es considerado por este Colegiado como un merito, sin sobrepasar el minimo de horas que fija la ley. Decimo Octavo: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicometrico y psicologico practicado en la persona del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yrivarren Fallaque, el cual se mantiene en reserva por la naturaleza de la informacion que contiene. Decimo Noveno: Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado evidenciado que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yrivarren Fallaque, Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, durante el periodo sujeto a evaluacion ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada funcion de administrar justicia; situacion que se acredita con la calificacion adecuada de la calidad de sus decisiones, su asistencia a cursos de capacitacion y con el pronunciamiento aceptable de la comunidad juridica, expuesta en los referendums de los anos 2002 y 2006; todo lo cual ha determinado, la conviccion del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confianza al magistrado evaluado, a quien, sin embargo, se le formulan algunas recomendaciones para mejorar su actuacion; En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21º inciso b) y articulo 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 29º del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Publico,

aprobado por Resolucion Nº 1019-2005-CNM, y al acuerdo unanime adoptado por el Pleno en sesion continuada de 22 y 23 de febrero del ano en curso; SE RESUELVE: Primero.- Renovar la confianza al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yrivarren Fallaque y, en consecuencia, ratificarlo en el cargo de Vocal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Lima. Segundo.- Exhortar al magistrado ratificado MORDAZA en cuenta las apreciaciones y recomendaciones efectuadas conforme al decimo MORDAZA y decimo MORDAZA considerandos de la presente resolucion. Tercero.- Notificar personalmente al magistrado y remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de conformidad con el articulo trigesimo MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Publico, modificado por Resolucion N° 039-2006-PCNM, publicado el 16 de MORDAZA de 2006. Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina del Registro Nacional de jueces y fiscales de este Consejo, para la anotacion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VEGAS GALLO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA

36039-2

CONTRALORIA GENERAL
Designan Jefe del Organo de Control Institucional en la Unidad Ejecutora INICTEL - UNI del Pliego Universidad Nacional de Ingenieria
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 089-2007-CG
MORDAZA, 12 de marzo de 2007 VISTO, la Hoja de Recomendacion N° 005-2007CG/OCI, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, modificado por Ley Nº 28857, la designacion y la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua por este Organismo Superior de Control, de acuerdo a las causales, procedimientos e incompatibilidades que establezca para tal efecto; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 107-2006CG, publicada el 18.ABR.2006, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones-INICTEL; Que, el articulo 17º de la Ley Nº 27785, MORDAZA indicada, senala que las entidades sujetas a control por el Sistema, tendran necesariamente un Organo de Auditoria Interna ubicado en el mayor nivel jerarquico de la estructura de la entidad, el cual constituye la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad;

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