Norma Legal Oficial del día 09 de Noviembre del año 2007 (09/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

357160

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2007

Articulo Cuarto.- Beneficios Los contribuyentes que cumplan con presentar su declaracion jurada conforme a las condiciones establecidas en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza gozaran de los siguientes beneficios: a) No determinacion de las diferencias por arbitrios que se pudieran generar correspondientes a los anos 2004, 2005, 2006 y 2007. b) Condonacion del 100% de los intereses moratorios por los recalculos del impuesto predial que se pudieran generar correspondiente a los 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007. c) Condonacion del 50% de los intereses moratorios por la determinacion del impuesto predial para el caso de los contribuyentes omisos a la MORDAZA de la declaracion jurada correspondiente a los anos 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007. d) Condonacion del 100% de los intereses moratorios por la determinacion de Arbitrios Municipales para el caso de los contribuyentes omisos a la MORDAZA de la declaracion jurada correspondiente a los anos 2004, 2005, 2006 y 2007. e) Condonacion del 100% de las multas tributarias derivadas de las infracciones establecidas en el Articulo 2° de la presente norma. Articulo Quinto.- Vigencia La presente Ordenanza se encontrara vigente hasta el 31 de octubre de 2008. Disposiciones Finales Primera.- No se encuentran incursos dentro de los alcances de la presente Ordenanza los procedimientos sancionadores del Departamento de Fiscalizacion Tributaria iniciados MORDAZA del programa de Actualizacion Predial. Segunda.- Apruebese el formato de la Ficha de Inspeccion para el programa de Actualizacion Predial que se anexa a la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Departamento de Informatica y Departamento de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza en lo que les corresponda. Cuarta.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las ampliaciones y disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 128867-1

Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 establece que: Los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el inciso 4) del articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley Nº 27680 senala que la municipalidades son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, derechos y licencias conforme a Ley, entre otras competencias; Que, el articulo 41º del TUO del Codigo Tributario ­ D.S. No. 135-99-EF, dispone que excepcionalmente los gobiernos locales pueden condonar con caracter general el interes moratorio los recargos y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 senala: Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, es politica de esta gestion, otorgar facilidades para el pago de deudas tributarias y administrativas, teniendo en cuenta la dificil situacion economica por la que atraviesa actualmente el MORDAZA, estableciendo asi las bases para una MORDAZA y eficiente gestion tributaria y administrativa; Que, teniendo en cuenta que la Administracion Municipal tiene la necesidad de acceder a mayores niveles de recaudacion para mantener el desarrollo del distrito, es necesario otorgar beneficios a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones; Estando a lo expuesto de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 9º numerales 8) y 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores con la dispensa del tramite de Dictamen de Comision y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y ADMINISTRATIVOS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DEL MORDAZA Articulo 1º: AMBITO DE APLICACION. Podran acogerse al presente beneficio tributario y administrativo: a) Aquellos deudores tributarios que posean deudas tributarias pendientes de pago con la Municipalidad Distrital del Rimac. b) Aquellos administrados que hayan sido sancionados pecuniariamente mediante Multa Administrativa -por haber cometido infracciones administrativas previstas en el RAS y en el CUIS de la Municipalidad Distrital del Rimac-impaga, en forma total y parcial, a la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Articulo 2º.- ALCANCES DEL BENEFICIO: a) Condonar el 80% de intereses moratorios a los deudores tributarios que tengan deudas del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2007 y cumplan con pagarlas al contado durante la vigencia del beneficio otorgado por la presente ordenanza. b) Condonar el 100% de los Intereses y Reajustes al Impuesto Predial de ejercicios anteriores al 2007, a aquellos deudores tributarios que cumplan con pagar al contado el Impuesto insoluto, siempre y cuando se encuentren al dia con el pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2007. El acogimiento puede efectuarse independientemente por cada ejercicio tributario siempre y cuando se

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Otorgan beneficios tributarios y administrativos a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 160 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del MORDAZA visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 06.11.07 el Informe Tecnico de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local; el Informe Nº 468-2007-OAJ/MDR de fecha 23.10.07 de la Oficina de Asuntos Juridicos; el Dictamen Nº 012-2007-MDR-SR-CAR de la Comision de Administracion y Rentas, respecto del Proyecto de Ordenanza de Beneficios Tributarios y Administrativos a favor de los Contribuyentes del Distrito del Rimac;

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