Norma Legal Oficial del día 19 de Enero del año 2008 (19/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de enero de 2008

El Oficio N° 1843-2007-INRENA-J-IANP del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 120-2002-PCM, se creo el Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA), como organo dependiente organica y funcionalmente del Despacho del Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas, conformada entre otros, por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2005-EM, se modifico el articulo 5° del Decreto Supremo N° 120-2002PCM, senalando que los organos y Entidades del Poder Ejecutivo designaran a sus representantes mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 4002005-AG, de fecha 8 de MORDAZA de 2005, se designo como representantes del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA ante el Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA), a los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente de Areas Naturales Protegidas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de la Oficina de Gestion Ambiental Transectorial, Evaluacion e Informacion de Recursos Naturales, del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, respectivamente; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 584-2007AG, publicada el 27 de setiembre de 2007, se designo al Ing. MORDAZA Artidoro Ugaz MORDAZA en el cargo de Intendente de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del Instituto Nacional de Recursos Naturales; Que, la Jefatura del INRENA mediante Oficio del Visto solicita se designe al representante titular ante el Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA); Que, es necesario designar al representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA ante el Grupo Tecnico indicado; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, aprobada por el Decreto Ley N° 25902 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 0172001-AG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion de los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA ante el Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI-CAMISEA). Articulo Segundo.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. MORDAZA Artidoro Ugaz MORDAZA, Intendente de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del Instituto Nacional de Recursos Naturales, como representante titular del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, ante el Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 153679-1

El Oficio Nº 859-2007-AG-UCAD-Nº 032-UR/CEN, del Coordinador Ejecutivo Nacional de la Unidad de Coordinacion y Apoyo a la Descentralizacion ­ UCAD, sobre desactivacion de la Comision Nacional de Fondos Rotatorios. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25816, se autorizo al Ministerio de Agricultura a poner en marcha un Programa de Fondos Rotatorios con los recursos a que se refiere el articulo 1º del Decreto Ley Nº 25815, facultandose igualmente para que por decreto supremo se apruebe la normatividad y estructura de la Comision Nacional de Fondos Rotatorios, asi como de los Comites Regionales, Provinciales y Locales de Fondos Rotatorios; Que, por Decreto Supremo Nº 049-2001-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 055-2001-AG, se dictaron las normas conforme a las cuales deben operar la Comision Nacional, los Comites Regionales, Provinciales y Locales de Fondos Rotatorios; conformandose por Resolucion Ministerial Nº 1088-2001-AG de fecha 03 de octubre de 2001, la Comision Nacional de Fondos Rotatorios; Que, no obstante, a raiz de que la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27603 ­ Ley de Creacion del Banco Agropecuario, dispuso la transferencia a favor de la referida entidad de aquellos recursos destinados al apoyo financiero de la produccion agropecuaria, se dicto el Decreto Supremo Nº 008-2003-AG, de 19 de febrero de 2003, autorizandose al Ministerio de Agricultura a liquidar, de manera progresiva, el Programa de Fondos Rotatorios, a raiz de lo cual en MORDAZA de 2004 se elaboro el Informe de Liquidacion del referido Programa; Que, asimismo, por Ley Nº 28752, publicada el 06 de junio de 2006, se declaro el saneamiento de todas las deudas de los productores agrarios en todo el territorio nacional, provenientes de creditos otorgados a traves del Programa de Fondos Rotatorios del Ministerio de Agricultura, mediante la extincion de las mismas; Que, en consecuencia, habiendose extinguido el objeto de la Comision Nacional de Fondos Rotatorios por efecto de las normas legales citadas, debe procederse a su desactivacion; Que, de otro lado, por Resolucion Ministerial Nº 03262005-AG de fecha 21 de marzo de 2005, se encargo a las Direcciones Regionales Agrarias la recuperacion de los creditos otorgados por el Fondo Nacional de Fomento Ganadero ­ FONAFOG, encargandose a la Unidad de Recuperaciones de la Comision Nacional de Fondos Rotatorios las acciones de seguimiento y supervision a las Direcciones Regionales Agrarias; del mismo modo, por Resolucion Ministerial Nº 0898-2005-AG de fecha 02 de diciembre de 2005, se encargo a las Direcciones Regionales Agrarias la recuperacion de deudas por la venta a credito de maquinaria proveniente del Programa 2KR - "Apoyo para el Aumento de Produccion Alimentaria" y a la Unidad de Recuperaciones de la Comision Nacional de Fondos Rotatorios la coordinacion con las Direcciones Regionales Agrarias para el adecuado cumplimiento del encargo; Que, en tal virtud, al desactivarse la Comision Nacional de Fondos Rotatorios, debe encargarse a la Oficina General de Administracion la coordinacion con las Direcciones Regionales Agrarias sobre la recuperacion de adeudos derivados de creditos otorgados por el ex FONAFOG y de la venta de maquinaria proveniente del Programa 2KR - "Apoyo para el Aumento de Produccion Alimentaria"; De conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902 y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Desactivar la Comision Nacional de Fondos Rotatorios conformada por Resolucion Ministerial Nº 1088-2001-AG de fecha 03 de octubre de 2001.

Desactivan la Comision Nacional de Fondos Rotatorios conformada por R.M. Nº 1088-2001-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 041-2008-AG MORDAZA, 17 de enero de 2008

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