Norma Legal Oficial del día 21 de Junio del año 2008 (21/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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374509

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 395-2008-GRA/ORDNDC de fecha 11 de Junio del 2008, el Jefe de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, remite expediente tecnico sustentatorio para declarar situacion de emergencia por fenomeno de heladas y bajas temperaturas en las areas territoriales ubicadas a mas de 3,500 metros sobre el nivel MORDAZA de la Region Arequipa; Que, en el expediente tecnico presentado por la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, consta que el fenomeno de heladas y bajas temperaturas viene ocasionando danos a la infraestructura agropecuaria, afectacion de areas de cultivo de productos de pan llevar, grado de afectacion a pastos naturales y mortandad animal (crias y animales adultos); Que, por el mismo fenomeno, en materia de salud se viene incrementando la IRAS en la poblacion vulnerable, ninos menores de 05 anos y poblacion adulta de la tercera edad; Que, el impacto del descenso significativo de las temperaturas, pone en riesgo, actualmente la MORDAZA y la salud de las personas y la de sus bienes, asi como genera vulnerabilidad social en la poblacion, que recibe este impacto, desestabilizacion de las estructuras organizativas, para la respuesta adecuada ante la situacion presentada, por no contar con nivel de cultura preventiva; Que, por estas consideraciones, y teniendo en cuenta las competencias que los Gobiernos Regionales ejercen en materia de defensa civil, previstos en el articulo 61 de la Ley Nº 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales y estando a la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CRAREQUIPA; ACUERDA: Primero.- Declarar en situacion de emergencia los sectores de agricultura y salud en las areas territoriales ubicadas a mas de 3,500 metros sobre el nivel MORDAZA, en el ambito territorial de la region MORDAZA, por noventa dias. Segundo.- Autorizar a las Gerencias de Agricultura, Salud y Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil para realizar las acciones tendientes a proporcionar el poyo necesario contemplado en el expediente sustentatorio. Para la ejecucion de tales acciones, el Gobierno Regional de MORDAZA, asigna un monto inicial de S/. 902, 175.00 (NOVECIENTOS DOS MIL CIENTO SETENTICINCO 00/100 SOLES), con cargo a la cuenta de financiamiento recursos ordinarios, Proyecto "Apoyo Social y Obras de Emergencia". Tercero.- Las oficinas de planeamiento, presupuesto, ordenamiento Territorial y de Administracion en coordinacion con la Oficina Regional de Defensa Civil, quedan facultadas a efectuar las acciones presupuestales y administrativas necesarias, con cargo a dar cuenta de dichas actividades a la Gerencia General del Gobierno Regional. Cuarto.- Autorizar las exoneraciones de procesos de seleccion necesarios para que el Ejecutivo Regional pueda realizare la adquisicion de bienes y servicios que se requieran para la atencion de la emergencia delira da en el articulo primero del presente acuerdo regional, dando cuenta al Consejo Regional con la documentacion y dentro del plazo establecido en las normas legales vigentes. Disponiendose notificacion. en dicho acto su registro y

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de cemento asfaltico y asfalto liquido para obras de mantenimiento de caminos y carretera
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 1609-2008-GR-JUNIN-DRTC/15.02. Huancayo, 10 de junio de 2008 VISTOS: El Informe Nº 003-2008-GR-JUNIN.DRTCJ/15.12.01, de la Coordinadora de Equipo de Trabajo de Abastecimientos de la DRTC-J, Informe Legal Nº 228-2008-GR-JUNINDRTC/15.02.01, de la Directora (e) de Asesoria Legal y proveido S/N del Director Regional de Transportes y Comunicaciones - MORDAZA, sobre exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de 30 040 galones de Cemento Asfaltico PEN 85/100 y de 17 950 galones de Asfalto Liquido RC-250, para las obras: "Mantenimiento por emergencia del MORDAZA asfaltado: Tramo I MORDAZA - 9 de MORDAZA - Quichuay - Ingenio (9+840 km.)", "Tramo II Matahuasi - MORDAZA MORDAZA de Ocopa - 9 de MORDAZA (7+564 km)"; "Mantenimiento de la Carretera Tramo La Huaycha - Las Balsas (2+800 km)"; "Mantenimiento MORDAZA pavimentado Av. MORDAZA Carle (Ovalo Aeropuerto - Av. MORDAZA Pizarro)" y "Mantenimiento de MORDAZA Pavimentado Tramo Jr. Tarma MORDAZA de Paca (7+500 Km)", y CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 003-2008-GR-JUNIN. DRTCJ/15.12.01, la Coordinadora de Equipo de Trabajo de Abastecimientos de la DRTC-J, solicita se emita Informe Legal, sobre exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de 30 040 galones de Cemento Asfaltico PEN 85/100 y de 17 950 galones de Asfalto Liquido RC-250, para las obras: "Mantenimiento por emergencia del MORDAZA asfaltado: Tramo I MORDAZA - 9 de MORDAZA - Quichuay - Ingenio (9+840 km.)", "Tramo II Matahuasi - MORDAZA MORDAZA de Ocopa - 9 de MORDAZA (7+564 km)"; "Mantenimiento de la Carretera Tramo La Huaycha - Las Balsas (2+800 km)"; "Mantenimiento MORDAZA pavimentado Av. MORDAZA Carle (Ovalo Aeropuerto - Av. MORDAZA Pizarro)" y "Mantenimiento de MORDAZA Pavimentado Tramo Jr. Tarma - MORDAZA de Paca (7+500 Km)", la misma que fuera atendida con Informe Legal Nº 228-2008-GR-JUNINDRTC/15.02.01, de la Directora (e) de Asesoria Legal, que declarara, procedente dicha exoneracion. Que, la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones - MORDAZA, debe efectuar los trabajos de ejecucion de las OBRAS arriba descritas, y que para su ejecucion se requiere la adquisicion de 30 040 galones de Cemento Asfaltico PEN 85/100 y de 17 950 galones de Asfalto Liquido RC-250. Que, para cumplir con los trabajos de ejecucion de las obras arriba descritas, resulta necesario efectuar un MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, por lo que manifiesta la Coordinadora de Abastecimientos que al haberse realizado las cotizaciones se tiene como resultado que en nuestro medio no existen proveedores de estos insumos, teniendo como unica entidad proveedora a PETROLEOS DEL PERU - PETROPERU S.A., dejando ademas expresa MORDAZA que las pocas empresas que pudieran ofrecernos estos insumos son escasos y tienen precios elevados por lo que al hacer un analisis comparativo en el precio la diferencia es elevada. Que, el Art. 19º inc. a) e inciso e), del D.S. Nº 083-2004/ PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, contempla la exoneracion del MORDAZA de seleccion entre entidades del sector publico, de acuerdo a los criterios de economia que establezca el reglamento, ademas contempla cuando los bienes o servicios no admiten sustituto y exista proveedor unico. Que, en este caso se tiene por cumplido lo establecido en el Art. 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cual es, que la adquisicion de estos insumos resulta mas favorable y ventajosa tanto en economia como en tiempo, ademas que en razon de costos es mas favorable para esta Direccion Regional, teniendose en cuenta que no existen proveedores en nuestro medio,

MORDAZA, 2008, junio 12 MORDAZA BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 215773-3

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