Norma Legal Oficial del día 31 de Mayo del año 2008 (31/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 31 de MORDAZA de 2008

autorizacion como Entidad Certificadoras de Conversiones a GLP ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C.-OTANOR S.A.C., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Entidad Certificadora de Conversiones a GLP establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: · Solicitud firmada por el representante legal de ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C.-OTANOR S.A.C.; · MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de transformacion social, cambio de nombre o denominacion y modificacion de estatuto con fecha 4 de octubre del 2007, otorgada ante Notario MORDAZA MORDAZA Odiaga, asi como de la escritura publica de modificacion de estatuto social con fecha 13 de febrero del 2008, otorgada ante el mismo notario, ambos documentos provistos de sus respectivas anotaciones registrales de inscripcion; · MORDAZA simple de documento registral, correspondiente a la Partida Nº 11008348, que acredita las facultades de representacion de la persona natural que actua en representacion de la solicitante, debidamente inscrito en los Registros Publicos, y Certificado de Vigencia del nombramiento y facultades del representante legal expedido por la Oficina Registral de la MORDAZA registral Nº V- Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) con fecha 6 de febrero del 2008; · Declaracion jurada suscrita por el representante legal de la solicitante senalando que ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C.-OTANOR S.A.C., no esta incursa en ninguno de los impedimentos indicados en el numeral 5.3 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15; · Declaracion jurada suscrita por el representante legal de la solicitante senalando que ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C.-OTANOR S.A.C., presta servicios y desarrolla actividades de control de calidad o inspecciones en el MORDAZA automotriz y que cuenta con la experiencia requerida por el numeral 5.1.1.3. de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, acompanada de MORDAZA de los documentos sustentatorios correspondientes; · Relacion del personal tecnico de la Entidad Certificadora de Conversiones a GLP que incluye MORDAZA simple del titulo profesional y demas documentos que sustentan la experiencia en instalaciones e inspecciones del sistema de combustion a GLP; · Registro de firmas de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chong, ingeniero acreditado y autorizado para firmar los Certificados de Conformidad de Conversion a GLP y los Certificados de Inspeccion de Taller de Conversion a GLP; · MORDAZA simple de la Poliza de Seguro de Responsabilidad Civil Nº 2400820200012, suscrita con MAPFRE PERU Compania de Seguros y Reaseguros por el importe de US $ 25,000.00 (veinticinco mil con 00/100 dolares americanos), conforme a los terminos senalados en numeral 5.2.7 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15; · Carta Fianza Bancaria Nº 0011-0249-9800019763-06 emitida por el Banco Continental con fecha 8 de febrero del 2008, prorrogada con addenda de fecha 14 de junio del 2008 por el importe de US$ 10,000.00 (diez mil con 00/100 dolares americanos) con vencimiento al 31 de marzo del 2010, conforme a los terminos senalados en numeral 5.2.8 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15. · Documentos que acrediten la propiedad de los equipos exigidos por el numeral 5.1.3. de la Directiva Nº 005-2007MTC/15; · MORDAZA de la Resolucion de homologacion vigente del analizador de gases expedido por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones conforme a lo establecido en las normas vigentes; · MORDAZA de la Resolucion Directoral Nº 003-2008MTC/16, de fecha 28 de enero del 2008, expedido por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante el cual se autoriza a la solicitante el uso del analizador de gases acreditado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de

Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, la Resolucion Directoral Nº 14540-2007MTC/15; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de dos (2) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C.-OTANOR S.A.C., como Entidad Certificadora de Conversiones a GLP para operar en la Region La MORDAZA y realizar la inspeccion fisica del vehiculo convertido al uso de Gas Licuado de Petroleo-GLP y del vehiculo originalmente disenado para combustion de GLP (vehiculo dedicado, bicombustible o dual), asi como, la inspeccion inicial del taller que pretenda ser acreditado por la Direccion Regional Sectorial encargada del transporte terrestre en la Region La MORDAZA, como Taller de Conversion Autorizado y la inspeccion anual del Taller de Conversion Autorizado, con el proposito de asegurar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. Articulo 2º.- Corresponde a la empresa autorizada, bajo responsabilidad, renovar oportunamente la poliza de seguro de responsabilidad civil profesional contratada, MORDAZA del vencimiento de la misma a efectos que dicha poliza respalde las obligaciones contenidas en la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15, durante todo el plazo de la autorizacion, debiendo precisarse en la poliza de renovacion que esta cubre las actividades que son materia de la presente autorizacion. Articulo 3º.- Remitase a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su custodia y control de vencimiento la Carta Fianza Bancaria Nº 0011-0249-9800019763-06 emitida por el Banco Continental con fecha 8 de febrero del 2008, , prorrogada con addenda de fecha 14 de junio del 2008 por el importe de US$ 10,000.00 (diez mil con 00/100 dolares americanos) con vencimiento al 31 de marzo del 2010, para respaldar el cumplimiento de las obligaciones de la solicitante conforme a los terminos senalados en numeral 5.2.8 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

206741-1

Aprueban la "Norma Nacional para la Inscripcion, Certificacion, Registro y Renovacion del Certificado de las Organizaciones de Seguridad Reconocidas" (OSR)
RESOLUCION DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 026-2008-APN/DIR
Callao, 29 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional ­ Ley Nº 27943, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificaciones; y con el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, corresponde a esta entidad normar en los aspectos tecnicos, operativos y administrativos, el acceso a la infraestructura portuaria, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ambito de su competencia, seguridad del puerto y de las naves, asi como cualquier otra actividad existente o por crearse, asi como velar por la seguridad de los puertos y terminales portuarios;

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