Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

Las comunicaciones se tendran por efectuadas en la fecha que figure en la MORDAZA MORDAZA mencionada. Articulo 9º.- EMBARGO EN FORMA DE RETENCION 9.1 Efectuada la comunicacion de acuerdo a lo establecido en el articulo 8º, el Ejecutor Coactivo notificara la resolucion que ordena el embargo en forma de retencion, en la cual, ademas, se otorgara al Gran Comprador el plazo de cinco (5) dias habiles contados desde la fecha en que surte efectos dicha notificacion, para la entrega a la SUNAT del importe retenido o para comunicar la imposibilidad de realizar la retencion, en las condiciones que se establezcan en la mencionada resolucion. 9.2 La entrega del importe retenido se efectuara en moneda nacional por via electronica a traves del sistema SUNAT Operaciones en Linea (SOL) o mediante cheque, en cuyo caso se le exceptua de la obligacion de presentar el cheque de gerencia o certificado a que se refiere el inciso e) del articulo 3º de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT y normas modificatorias. Para la entrega del importe retenido mediante el sistema SOL, el tercero debera cumplir con lo dispuesto en el literal f) del numeral 1 del articulo 20º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT y normas modificatorias. La SUNAT, en el procedimiento de cobranza coactiva, imputara el monto entregado a la deuda tributaria que origino la medida de embargo. El Ejecutor remitira al Deudor Tributario en Cobranza Coactiva los documentos que acrediten la referida imputacion 9.3 Cuando surta efecto la notificacion de la Resolucion al Gran Comprador, el Ejecutor Coactivo debera notificarla tambien al Deudor Tributario en Cobranza Coactiva.

mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Tubos, valvulas y accesorios de material plastico para el transporte de fluidos y b) Evaluacion de la conformidad, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Tubos, valvulas y accesorios de material plastico para el transporte de fluidos, 2 PNTP, el 17 de MORDAZA de 2009 y el 08 de MORDAZA del 2009. b) Evaluacion de la Conformidad, 5 PNTP, el 12 de MORDAZA de 2009. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema 1 o de Adopcion de MORDAZA Tecnica Internacional y sometidos a Discusion Publica por un periodo de 30 dias contados a partir del 16 de MORDAZA de 2009; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 17 de junio de 2009, RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes:
NTP ISO 6964:2009 TUBOSYCONEXIONES DE POLIOLEFINAS. Determinacion del contenido de negro de humo por calcinacion y pirolisis. Metodo de ensayo y especificacion basica. 1ª Edicion. SISTEMA DE TUBERIAS PLASTICAS PARA DRENAJE Y ALCANTARILLADO SUBTERRANEO SIN PRESION ­ (PE). 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP ISO 8772:2002 EVALUACION DE LA CONFORMIDAD. Imparcialidad. Principios y requisitos. 1ª Edicion. EVALUACION DE LA CONFORMIDAD. Confidencialidad. Principios y requisitos. 1ª Edicion.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- VIGENCIA La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DELLEPIANE Superintendente Nacional

369216-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre tubos y conexiones, sistema de tuberias plasticas y evaluacion de la conformidad
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 020-2009/CNB-INDECOPI
MORDAZA, 17 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada

NTP ISO 8772:2009

NTP-ISO/PAS 17001:2009

NTP-ISO/PAS 17002:2009

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