Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2009 (08/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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mismo que incluye la fase de inscripcion, calificacion tecnica y ejecucion de obras. Articulo 3º.- La operatividad del Programa se sustenta en la participacion de profesionales afines al sector vivienda, constituidos en Entidades Tecnicas y Promotores, quienes seran las responsables de verificar el saneamiento fisico legal de los predios e inmuebles, del desarrollo de expedientes tecnicos y de la ejecucion de obras, de acuerdo al Reglamento Nacional de Edificaciones. Asi mismo se faculta a la instancia municipal a suscribir convenios con las notarias de la jurisdiccion, los colegios profesionales y la SUNARP a fin de facilitar los tramites que el MORDAZA de la legislacion permita. Articulo 4º.- Para el desarrollo del PMV, la municipalidad realizara las siguientes acciones: 1. Identificar las potenciales areas de intervencion. 2. Crear y mantener el Registro de Unidades de Vivienda a intervenir. 3. Difundir el Programa. 4. Generar la normatividad complementaria para facilitar la implementacion del Programa. 5. Crear mecanismos de gestion agil y asequible para facilitar el MORDAZA de formalizacion de las Unidades de Vivienda a Intervenir. 6. Emitir los certificados, licencias de obras, autorizaciones, conformidad de obra y similares. 7. Formar equipos tecnicos para la evaluacion de las Unidades de Vivienda a Intervenir y para la difusion del programa. 8. Facilitar el acceso a MORDAZA de financiamiento de los postulantes en el MORDAZA de elaboracion de expedientes tecnicos de obra. A traves de la firma de convenios con entidades financieras o cooperativas locales. Articulo 5º.- Delegar en calidad de responsable del PMV a un funcionario municipal, con el objetivo de implementar y ejecutar el desarrollo del Programa, cuyas acciones seran registrar, verificar, evaluar y pre-aprobar tecnicamente los proyectos de vivienda (sea en modalidad de MV o CSP), asi como supervisar la obra y otorgar la conformidad final de la misma. Articulo 6º.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA la gestion del PMV a la que se le faculta a planificar y aplicar el desarrollo progresivo del mismo a traves del responsable del Programa, que a su vez estara dirigida por el propio Director de Desarrollo MORDAZA u otro funcionario designado para tal fin. Articulo 7º.- Podran acogerse a este programa los contribuyentes propietarios de vivienda y los predios baldios e inmuebles que cumplan con los requisitos establecidos para el otorgamiento del BFH y para el Programa Techo Propio respectivamente, que hayan sido calificados favorablemente por el FMV. Articulo 8º.- Aprobar para el caso de CSP y MV, la tarifa unica de S/. 14.00 nuevos soles para la actualizacion de la Declaracion Jurada de datos por la cual, los vecinos podran declarar, rectificar, regularizar, modificar, incorporar, subsanar y en general actualizar la informacion relativa a su impuesto predial, estableciendose la condonacion del pago de cualquier clase de multa, respecto de dichas declaraciones y transferencias de inmuebles. Articulo 9º.- Aprobar para el caso de CSP y MV la tarifa de S/. 10.00 Nuevos Soles como pago unico para la emision del Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios y de S/. 20.00 Nuevos Soles como pago unico para el Certificado de Finalizacion de Obra respecto del documento original gestionado por la Entidad Tecnica. Articulo 10º.- Aprobar, para los casos de modulos Techo Propio en la modalidad de CSP como obra menor aquellas edificaciones cuyo valor de obra no excedan las 6 UIT. Articulo 11º.- Aprobar, para el caso de MV, la exoneracion del 100% de los pagos y/o multas correspondientes a la regularizacion de las Licencias de Obras, Inspecciones Tecnicas, para los recurrentes que hayan sido declarados elegibles para el BFH. Articulo 12º .- Aprobar para el caso de CSP el pago de S/. 20.00 Nuevos Soles como pago unico correspondiente a la Obtencion de la Autorizacion Municipal de Construccion y/o Licencias de Obras, Inspecciones Tecnicas para los recurrentes que hayan sido declarados Elegibles para el MORDAZA Familiar Habitacional; y por Visacion de Planos el pago de S/. 3.00 Nuevos Soles por lamina y/o cada plano visado.

Articulo 13º.- Para el caso de Adquisicion de Vivienda Nueva (AVN) la municipalidad debera evaluar lo siguiente: 1. La emision de un unico Certificado de Parametros Urbanisticos para el proyecto integral. 2. Emitir el Certificado de Finalizacion de Obra por el proyecto integral. 3. Emitir los Certificados de Numeracion para cada predio independizado. 4. Priorizar la revision y calificacion del proyecto ante la Comision Calificadora del Colegio de Arquitectos del Peru y del Colegio de Ingenieros del Peru. 5. Rebajar los costos por el tramite de Habilitacion MORDAZA hasta por un monto no mayor a 1 UIT. Para los numerales 1, 2 y 3, se evaluara la posibilidad de reducir los costos globales que el MORDAZA contempla para estos tramites regulares hasta en 50% de su costo original. Los beneficios economicos que se puedan conceder a traves de la presente Ordenanza deberan ser trasladados al costo final de las viviendas, de modo que los GF MORDAZA beneficiados. Articulo 14º.- Los requisitos para la construccion de los modulos que se ejecuten bajo los lineamientos del Programa Techo Propio, para sus productos "Mejoramiento de Vivienda" y "Construccion en Sitio Propio" y promovidos en el MORDAZA del PMV, son los siguientes: - Para el producto "MEJORAMIENTO DE VIVIENDA" con obras de remodelacion, refaccion y ampliacion. Procedimiento: 1. Actualizacion de la Declaracion Jurada de Autoavaluo si se requiere (opcional). 2. Regularizacion de la fabrica existente. 3. Autorizacion Municipal. 4. Ejecucion de obras. 5. Actualizacion Post Obras de la Declaracion Jurada de Autoavaluo. Los items 1, 2, 3, 4 y 5 son de caracter municipal. - Para el producto "CONSTRUCCION EN SITIO PROPIO" (Obra Menor). Procedimiento: 1. Certificado de Parametros Urbanisticos 2. Licencia de Obra Nueva (menor) 3. Certificado de finalizacion de obra. 4. Declaratoria de Fabrica Municipal. Los items 1,2,3 y 4 son de caracter municipal Articulo 15º.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, y a la Oficina de Administracion Tributaria, tomar las previsiones del caso a fin de facilitar el ingreso y tramite de los expedientes en las areas correspondientes, y disponer los recursos que fueran necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CUYA MORDAZA MORDAZA

368640-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Disponen la aplicacion de procedimiento de Independizacion de Terrenos Rusticos previsto en la Ordenanza Nº 114-MDSMP
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2009/MDSMP San MORDAZA de Porres, 20 de MORDAZA de 2009

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