Norma Legal Oficial del día 25 de Septiembre del año 2010 (25/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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autoriza, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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CULTURA
Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y organos en el Ministerio de Cultura
DECRETO SUPREMO Nº 001-2010-MC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho proceso. En este sentido, la nueva gestion publica tendra que estar orientada al servicio del ciudadano, a la mejora de los servicios prestados, al aumento de la productividad de los recursos del Estado y a la obtencion de resultados susceptibles de medicion; Que, conforme al inciso c) del articulo 6º de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, uno de los criterios que debe prevalecer para el diseno y estructura de la Administracion Publica es el MORDAZA de especialidad, por el que se deben integrar las funciones y competencias afines; Que, el Instituto Nacional de Cultura - INC tiene por finalidad afirmar la identidad nacional, partiendo de la nocion de diversidad cultural, mediante la ejecucion descentralizada de acciones de investigacion, proteccion, conservacion, puesta en valor, promocion, y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y el fomento del desarrollo cultural; y considerando que el Ministerio de Cultura es el organismo rector de la politica nacional y sectorial en materia de cultura, y competente en asuntos de Patrimonio Cultural de la Nacion e Industrias Culturales, que comprende, los patrimonios arqueologicos y monumentales y el fomento cultural, entre otros, se justifica la fusion por absorcion del INC con el Ministerio de Cultura; Que, es funcion del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano - INDEPA, la promocion, defensa, investigacion y afirmacion de los derechos y desarrollo con identidad de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano y atendiendo a que es funcion del Ministerio de Cultura la de formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial en materia de cultura, asi como la de formular la politica de inclusion de las diversas expresiones culturales, garantizando el sentido de igualdad social y el respeto a los derechos de los pueblos, planificando, articulando y coordinando el fomento para el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazonicos y afroperuanos, considerando la diversidad pluricultural y multietnica de la nacion, es necesario la fusion por absorcion del INDEPA con el Ministerio de Cultura; Que, atendiendo a que el Proyecto Especial Complejo Arqueologico de Chan Chan, el Proyecto Especial Naylamp

- MORDAZA y la Unidad Ejecutora MarcaHuamachuco, pertenecientes al Ministerio de Educacion, se encargan de la gestion, proteccion, conservacion de los restos, monumentos y complejos arqueologicos bajo el ambito de su competencia y que el Ministerio de Cultura, como organismo rector de la politica nacional y sectorial en materia de Cultura, es competente en materia de gestion, proteccion y conservacion de los restos, monumentos y complejos arqueologicos, a nivel nacional, se justifica su fusion por absorcion con el Ministerio de Cultura; Que, considerando que el Conservatorio Nacional de Musica, la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, la Escuela Nacional Superior de Folklore MORDAZA MORDAZA Arguedas, la Escuela Nacional Superior de Arte Dramatico y la Escuela Nacional Superior de Ballet, pertenecientes al Ministerio de Educacion, son entidades que promueven las expresiones artisticas y que el Ministerio de Cultura, como organismo rector de la politica nacional y sectorial en materia de cultura, es competente para el fomento de las artes MORDAZA, cuidado del patrimonio artistico de la nacion y la promocion de la creacion artistica, se justifica su fusion por absorcion dentro del Ministerio de Cultura; Que, teniendo en cuenta que el Consejo Nacional de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura PROMOLIBRO, perteneciente al Ministerio de Educacion, es un organo encargado de la promocion del libro y el fomento de la lectura, del desarrollo de la industria editorial nacional, asi como apoyar el fortalecimiento del Sistema Nacional de Bibliotecas y la conservacion del patrimonio bibliografico y documental de la Nacion y que el Ministerio de Cultura, como organismo rector de la politica nacional y sectorial en materia de cultura, es competente para fomentar las artes y la creacion artistica, la creacion y el desarrollo artistico, el cuidado del patrimonio artistico de la Nacion y el desarrollo de las industrias culturales y considerando que la Biblioteca Nacional del Peru se encuentra adscrita al Sector Cultura, se justifica su fusion por absorcion con el Ministerio de Cultura; Que, atendiendo a que el Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE, perteneciente al Ministerio de Educacion, es un organo encargado de fomentar la creacion y produccion de obras cinematograficas peruanas, de impulsar la difusion nacional e internacional del cine peruano, de preservar el patrimonio audiovisual del MORDAZA, de promover la realizacion de coproducciones cinematograficas, asi como de crear y mantener un Registro Cinematografico Nacional y que el Ministerio de Cultura, como organismo rector de la politica nacional y sectorial en materia de cultura, es competente para fomentar las artes y la creacion artistica, la creacion y el desarrollo artistico, el cuidado del patrimonio artistico de la Nacion y el desarrollo de las industrias culturales, se justifica su fusion por absorcion con el Ministerio de Cultura; Que, de conformidad con la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la organizacion del Estado debe guiarse y regirse por los principios de especialidad y de organizacion e integracion, debiendose integrar las funciones y competencias afines, con el objeto de evitar duplicidad y superposicion de funciones y facultades; por lo que se hace necesario la integracion de las funciones del Proyecto Especial Complejo Arqueologico de Chan Chan, del Proyecto Especial Naylamp - MORDAZA, de la Unidad Ejecutora Marcahuamachuco, del Conservatorio Nacional de Musica, de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru, de la Escuela Nacional Superior de Folklore MORDAZA MORDAZA Arguedas, de la Escuela Nacional Superior de Arte Dramatico, de la Escuela Nacional Superior de Ballet, del Consejo Nacional de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura - PROMOLIBRO, del Consejo Nacional de Cinematografia - CONACINE, del Instituto Nacional de Cultura - INC y del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano - INDEPA con el Ministerio de Cultura; De conformidad con el articulo 13º de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de la Cultura; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Fusion por absorcion en el Ministerio de Cultura 1.1 Apruebase la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la modalidad de absorcion, de las siguientes entidades y organos:

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