Norma Legal Oficial del día 07 de Enero del año 2011 (07/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de enero de 2011

Prorrogan vigencia de los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico" y aprueban modificacion de los Anexos Nºs. 4 y 5
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 700-2010-EF/10 MORDAZA, 30 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25650 y modificaciones creo el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, destinado a compensar adecuadamente el asesoramiento calificado que se brinde a las diferentes reparticiones del Estado; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 053-2009, se dictan medidas urgentes sobre la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, el cual tendria vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009; Que, la Sexagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano fiscal 2010, amplia la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 053-2009hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, por Resolucion Ministerial Nº 598-2009-EF/10, se prorroga la vigencia de los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico 2009"; hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, por Resolucion Ministerial Nº 644-2010-EF/10, se aprueba la modificacion de la denominacion por "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico"; Que, consecuentemente resulta necesario prorrogar los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico", con la finalidad de continuar las acciones relacionadas a la administracion del referido Fondo; Que, la Septuagesima Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, amplia la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 053-2009 hasta el 31 de Diciembre del 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogase la vigencia de los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico". Articulo 2º.- Aprobar la modificacion de los anexos Nº 4 y 5 de los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico " que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Dicha modificacion sera publicada en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe). Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial entra en vigencia a partir del 1º de enero de 2011. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 586736-1

Que, mediante el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, se dispone que en el caso de enajenacion de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisicion, construccion o de ingreso al patrimonio reajustado por los indices de correccion monetaria que establece el Ministerio de Economia y Finanzas en base a los Indices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, conforme al articulo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, los indices de correccion monetaria seran fijados mensualmente por Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, la cual sera publicada dentro de los primeros cinco (5) dias habiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidos indices de correccion monetaria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el dia siguiente de publicada la presente Resolucion hasta la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial mediante la cual se fijen los indices de correccion monetaria del siguiente mes, el valor de adquisicion, de construccion o de ingreso al patrimonio, segun sea el caso, se ajustara multiplicandolo por el indice de correccion monetaria correspondiente al mes y ano de adquisicion del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. El referido Anexo sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha en que sea publicada esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 586736-2

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 001-2011-EF/15.01 MORDAZA, 6 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 278-2010-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2011; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 16 al 31 de diciembre de 2010; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF;

Fijan indices de correccion monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 003-2011-EF/15 MORDAZA, 5 de enero de 2011

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