Norma Legal Oficial del día 07 de Enero del año 2011 (07/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de enero de 2011

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de EE.UU. y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 003-2011-DE/SG MORDAZA, 6 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 1327 de fecha 29 de diciembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA sin MORDAZA de guerra; Que, el Secretario de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, realizara una visita oficial al Peru para sostener una reunion con el senor Ministro de Defensa y, estara acompanado de una delegacion de personal militar de ese pais; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Ministerio de Defensa del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica al Capitan USMC de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, MORDAZA Wright Piet, del 12 al 13 de enero de 2011, quien forma parte de la delegacion que acompanara al Secretario de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, durante su visita al pais. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 586522-2 RESOLUCION MINISTERIAL N° 004-2011-DE/SG MORDAZA, 6 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, visto el Facsimil (DGS) Nº 1329 de fecha 29 de diciembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el

ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, la Escuela de Operaciones Psicologicas del Ejercito del Peru, contara con la participacion de un alumno invitado del Ejercito de la Republica Federativa de Brasil, en el Curso Superior de Operaciones Psicologicas que se dictara en dicha escuela; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores", y; Con la opinion favorable del Ejercito del Peru, de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al Mayor de Infanteria del Ejercito de Brasil, MORDAZA de Souza Bezerra, para que participe como alumno del Curso Superior de Operaciones Psicologicas que se dictara en la Escuela de Operaciones Psicologicas del Ejercito del Peru, del 09 de enero al 03 de MORDAZA de 2011. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 586522-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 005-2011-DE/SG MORDAZA, 6 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, visto el Facsimil (DGS) Nº 1309 de fecha 20 de diciembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, la Escuela de Inteligencia del Ejercito del Peru, contara con la participacion de un alumno invitado del Ejercito de la Republica Federativa de Brasil, en el Curso Superior que se dictara en dicha escuela; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado

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