Norma Legal Oficial del día 10 de Junio del año 2011 (10/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de junio de 2011

el retorno luego de su culminacion, esto es del 10 al 20.06.2011, conforme a lo senalado por la Gerencia de Obras Publicas; Que, en el acotado evento se abordaran temas sobre Politicas de Gestion y Remocion de Residuos que puedan incitar en la recuperacion de materiales descartados para reutilizarlos en nuevos ciclos productivos, contribuyendo de esta forma a la conservacion del medio ambiente; Que, mediante Informe Nº 561-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica senala que, el inciso 11) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario"; por lo que la presente autorizacion de viaje debe ser aprobado por el Concejo Municipal; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica agrega que, el inciso 10.1. del Articulo 100º de la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto de Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, senala que "Quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo los siguientes casos que se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad: a) Los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru"; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica ademas senala que, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba el Reglamento sobre Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos en su Articulo 2º establece que "La autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion", en este caso el viaje del citado Regidor y la Funcionaria a la MORDAZA de Arezzo ­ Italia, se sustenta en lo senalado en el analisis del informe de la Gerencia de Asesoria Juridica, asimismo se acredita que la participacion en dicho evento no irrogara gastos a la Municipalidad, toda vez que la entidad organizadora correra con todos los gastos de pasaje, estadia y alimentacion; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye opinando, se autorice en comision de servicios, el viaje de la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Ferro Acuna, encargada de la Unidad Ejecutora del Proyecto La Basura Sirve y al Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lombardi a la MORDAZA de Arezzo - Italia para participar en el denominado "Seminario Hablando de Residuos: Conflictos, Finanzas, Estilos de Vida" a llevarse a cabo del 10 al 20.06.2011, participacion que no irrogara gasto alguno a la Corporacion, debiendo elevarse los autos al Concejo Municipal a efectos que se apruebe mediante Acuerdo de Concejo con el quorum correspondiente; Que, con Memorandum Nº 581-2011-GM-MSS del 03.06.2011, la Gerencia Municipal senala encontrar conforme la presente autorizacion de viaje; Estando al Informe Nº 561-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, y de conformidad con el Articulo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, los Regidores presentes adoptaron por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- AUTORIZAR en comision de servicio el viaje del senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA LOMBARDI y de la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE FERRO MORDAZA, encargada de la Unidad Ejecutora del Proyecto La Basura Sirve, a la MORDAZA de Arezzo ­ Italia, para participar en el denominado "Seminario Hablando de Residuos, Conflictos, Finanzas, Estilos de Vida" a llevarse a cabo del 10 al 20.06.2011. Articulo Segundo.- EL VIAJE del senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lombardi y de la Lic. MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA de Ferro Acuna, a la MORDAZA de Arezzo ­ Italia, no irrogara gastos a la Municipalidad de MORDAZA de Surco. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 651447-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Designan responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 141-2011/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 30 de MORDAZA del 2011 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; en tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos; Que, la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administracion y, normativos con sujecion al ordenamiento juridico; es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, esta obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, no otra cosa se colige de lo dispuesto en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades-Ley Nº 27972; Que, mediante el Decreto Supremo N° 042-2011PCM, se establecio que las entidades de la administracion publica senaladas en los numerales del 1 al 7 del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley 27444, deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podran formular sus reclamos; Que, conforme lo dispuesto en el referido Decreto Supremo, el Libro de Reclamaciones es un mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion en los tramites y servicios que se les brinda; Que, el articulo 5° del Decreto Supremo N° 0422011-PCM, senala que mediante Resolucion del Titular de la Entidad, se designara al responsable del Libro de Reclamaciones de la Entidad; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; En uso de las facultades dispuestas por el numeral 06) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y lo normado en el Decreto Supremo N° 0422011-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PITTAR Gerente de Rentas como responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad de MORDAZA

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