Norma Legal Oficial del día 26 de Marzo del año 2011 (26/03/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

439694
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
DECRETA:

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de marzo de 2011

Articulo 1º.- Designar a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA Oversluijs Razzeto como Procuradora Publica Adjunta del Poder Judicial. Articulo 2º.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Adjunto del Poder Judicial. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 620119-10

Articulo 1º.- Incorporese un tercer y MORDAZA parrafo al articulo 46º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212008-PRODUCE, de acuerdo al siguiente texto: "Este sistema no es aplicable a los Ingenieros de Maquinas, Patrones, MORDAZA Patrones y Primer y MORDAZA Motorista. No obstante, ellos se encuentran facultados para acogerse a la renuncia voluntaria, asi como a los demas beneficios laborales contemplados en la Ley, dentro del plazo establecido en su articulo 16°. Los tripulantes sujetos al sistema de rotacion deben participar durante la temporada de pesca, en la captura total del LMCE asignado a la embarcacion pesquera de cuya tripulacion forman parte originalmente y que hubiere sido aportado temporalmente a otra embarcacion del mismo armador o de otro armador." Articulo 2º.- Incorporese el articulo 47-A al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 47-A.- En caso que la Autoridad Administrativa de Trabajo determine que el armador incumplio con el procedimiento para el calculo y en su caso, el pago de la bonificacion por renuncia voluntaria, en perjuicio del trabajador, debera comunicarlo a la Autoridad Maritima para que niegue la autorizacion de zarpe de las embarcaciones que le corresponden hasta que se cumpla con dicha obligacion; la referida comunicacion debera contener el nombre del trabajador, el nombre del armador pesquero y la liquidacion de la obligacion incumplida." Articulo 3º.- Precisese el articulo 48º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, en el sentido que los alcances del concepto "remuneracion total", incluye las vacaciones y gratificaciones reguladas por el Decreto Supremo Nº 0142004-TR. Asimismo, para el computo del tiempo de servicios, se aplica para todos los trabajadores pesqueros sin distincion alguna, los lineamientos senalados en el Decreto Supremo Nº 028-2009-PRODUCE. Articulo 4º.- El Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de la Produccion podran dictar normas complementarias que permitan implementar las disposiciones establecidas en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Trabajo y Promocion del Empleo, de Defensa y de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA VILLASANTE MORDAZA Ministro de la Produccion 620119-1

PRODUCE
Decreto Supremo que precisa e incorpora disposiciones al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212008-PRODUCE
DECRETO SUPREMO N° 007-2011-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion (en adelante, la Ley) establece el mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA con destino al Consumo Humano Indirecto; Que, el objetivo fundamental de dicho regimen es promover que la actividad extractiva de recursos hidrobiologicos con destino a la elaboracion de harina y aceite de pescado se realice conforme al MORDAZA del desarrollo sostenible; procurando la conservacion de los recursos hidrobiologicos, asegurando que la actividad pesquera contribuya al desarrollo social; y, promoviendo que su desenvolvimiento sea economicamente eficiente; Que, la medida de ordenamiento pesquero contenida en el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, tiene como uno de sus objetivos, reducir el esfuerzo pesquero, para lo cual se implementaron una serie de mecanismos destinados a reducir la flota pesquera anchovetera; por lo que con la finalidad de proteger los derechos de los trabajadores pesqueros que pudieran verse afectados por la aplicacion de la medida de ordenamiento, la propia MORDAZA establece Programas de Beneficios, a los que voluntariamente pueden acogerse los trabajadores; Que, teniendo en cuenta el deber del Estado de proteger y fomentar el empleo, asi como el caracter irrenunciable de los derechos laborales de los trabajadores, se considera necesario precisar e incorporar algunos conceptos contenidos en el Reglamento de Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212008-PRODUCE, todo ello con la finalidad de cautelar los derechos laborales de los tripulantes de las embarcaciones pesqueras incluidas en la medida de ordenamiento; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion;

Autorizan viaje de servidor a Suiza para participar en la Reunion del Grupo de Negociacion sobre las Normas Subsidios a la Pesca de la OMC
RESOLUCION MINISTERIAL N° 108-2011-PRODUCE MORDAZA, 25 de marzo de 2011

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.