Norma Legal Oficial del día 26 de Marzo del año 2011 (26/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de marzo de 2011

g. Conocer y resolver los recursos de apelacion que se interpongan al interior de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concursos Publicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantia, de acuerdo a lo establecido en el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. h. Autorizar el otorgamiento de la Buena Pro a propuestas que exceden el valor referencial hasta el limite del diez por ciento (10%), conforme a lo dispuesto en el articulo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. i. Disponer la ejecucion contractual de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, de acuerdo a lo senalado en el articulo 174º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. j. Aprobar las contrataciones complementarias, segun lo senalado en el articulo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. k. Disponer la ampliacion de plazos de los contratos conforme lo dispuesto por el articulo 175º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. l. Resolver los contratos, conforme a lo establecido en el articulo 44º de la Ley de Contrataciones, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y los articulos 167º, 168º y 169º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 164-2008-EF. Articulo 2º.- Establecer que la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud - DARES, es la dependencia encargada de las contrataciones sobre Recursos Estrategicos, asi como de las Adjudicaciones de Menor Cuantia que se efectuen en la Unidad Ejecutora Nº 124 - DARES. Articulo 3º.- Precisar que el Director General de la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud ­ DARES, es el funcionario competente para realizar los Procesos para la Seleccion, Contratacion y Ejecucion bajo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y todos los actos administrativos materia de su competencia y suscribir contratos, de la Unidad Ejecutora Nº 124 ­ DARES, con eficacia anticipada al 01 de enero del 2011. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 619228-2

Que, el articulo 6° del Decreto Supremo Nº 0032002-SA, que establece disposiciones referidas a las prestaciones ofrecidas por el Seguro Integral de Salud, estipula que el Tarifario por MORDAZA de prestacion y por nivel de complejidad del establecimiento, sera aprobado y actualizado por Resolucion Ministerial del Sector Salud; Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2007SA, se establecio el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias y los componentes de aseguramiento subsidiado y semi subsidiado del Seguro Integral de Salud, de aplicacion obligatoria para todos los Establecimientos de Salud que reciben financiamiento del Seguro Integral de Salud; Que, por Resolucion Ministerial N° 240-2009/MINSA, de fecha 16 de MORDAZA de 2009, modificada por Resolucion Ministerial Nº 612-2010/MINSA, se aprobo el Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado, asi como las Definiciones Operacionales que corresponden al Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias y los Componentes de Aseguramiento Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2007-SA; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 023-2005SA, la Direccion General de Salud de las Personas, es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados, entre otros, a la atencion integral y gestion sanitaria; Que, mediante el documento del visto, la Direccion General de Salud de las Personas, remite el sustento tecnico por el cual considera necesario que se emita una Resolucion Ministerial con el objeto de sustituir el Anexo Nº 01 "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado", y Anexo N° 02 "Definiciones Operacionales", aprobados a traves de los articulos 1º y 2º de la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, respectivamente, con la finalidad de adecuar los mecanismos de pago que viene aplicando el SIS y facilitar el reconocimiento de las prestaciones de salud otorgadas bajo su ambito, y sin que ello implique la modificacion de las tarifas vigentes; Con la opinion tecnica favorable del Seguro Integral de Salud y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Con el visado del Director General de Salud de las Personas, del Jefe del Seguro Integral de Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituir el Anexo Nº 01 "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado", aprobado por el articulo 1° de la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, y el Anexo N° 02 "Definiciones Operacionales", aprobado por el articulo 2° de la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/ MINSA, conforme a los documentos adjuntos que forman parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Direccion General de Salud de las Personas, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Seguro Integral de Salud formulen una propuesta de mecanismo de pago en un plazo de noventa (90) dias calendario. Articulo 3º.- Dejar sin efecto el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 612-2010/MINSA y toda disposicion que se oponga a la presente resolucion. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente resolucion en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 619228-3

Sustituyen Anexos "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y "Definiciones Operacionales", aprobados por la R.M. Nº 240-2009/MINSA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 226-2011/MINSA MORDAZA, 23 de marzo del 2011 Visto, el expediente N° 10-104193-001, que contiene la Nota Informativa Nº 199-2011-DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas, el Oficio Nº 231-2011-SIS/J, del Seguro Integral de Salud, la Nota Informativa Nº 0116-2011-OGPP-OPGI/MINS, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 156-2011-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Publico Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, creado por Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, cuya mision es administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de conformidad con la politica del Sector;

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