Norma Legal Oficial del día 26 de Marzo del año 2011 (26/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de marzo de 2011

Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial El Peruano, la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Que, conforme a la adicion dispuesta en el articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 612-2010/MINSA, el Seguro Integral de Salud, solo reconocera los gastos del Componente de Gestion que se encuentren dentro de los limites establecidos en lo dispuesto por el numeral 7 Disposiciones Especificas de la Directiva Administrativa Nº 112-MINSA/SIS-V.01.: Nivel I-1 al II1 40%, Nivel II-2 al III-1 36% y III-2 24% y segun la gradualidad desarrollada en el articulo 6º de la citada Resolucion Ministerial; Que, con el visto MORDAZA de Subjefatura del SIS, Secretaria General, Gerencia de Financiamiento, Gerencia de Operaciones, Oficina de Planeamiento y Desarrollo, Oficina de Administracion y la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del articulo 16° de la Ley N° 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 y de acuerdo a lo dispuesto en el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de TREINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL CIENTO SESENTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 32'607,163.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de marzo 2011 detallado en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de DOSCIENTOS SETENTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 271,637.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de marzo 2011 detallado en el Anexo 02 y que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3°.- El Titular del Pliego aprueba mediante la Resolucion Ejecutiva Regional la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico y respetando los montos de los programas presupuestarios estrategicos, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion Ejecutiva Regional debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la pagina web del Gobierno Regional. Articulo 4°.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano"; asi como publicar en el MORDAZA institucional, www.sis.gob.pe, opcion Transparencia > Transferencias > Calendario de Pago, el texto de la presente Resolucion y sus Anexos 01 y 02. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HUARACHI MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 619971-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican el Articulo 19º del Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 047-2011-OS/CD MORDAZA, 17 de marzo de 2011 VISTO: El Memorandum Nº STOR-142-2011 de la Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2007-PCM se dispuso la creacion de un Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria ­ TASTEM, como organo de MORDAZA y MORDAZA instancia para conocer las apelaciones interpuestas por los administrados en el MORDAZA de procedimientos administrativos sancionadores seguidos en el ambito de OSINERGMIN; Que, asimismo en el referido Decreto Supremo se dispuso la creacion de la Secretaria Tecnica de los organos Resolutivos ­ STOR, encargada de brindar apoyo tecnico y administrativo a la Junta de Apelaciones y Reclamos de Usuarios ­ JARU y al TASTEM; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Que, en virtud de ello, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS/CD, se aprobo el Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN, a fin de regular la adecuada organizacion del Tribunal de Apelaciones en Temas de Energia y Mineria ­ TASTEM y de la Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos ­ STOR, asi como modificar el Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios JARU, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 312-2004-OS/CD y modificado por Resolucion Nº 259-2005-OS/CD; Que, en el articulo 19º de la Resolucion Nº 067-2008OS/CD se establecieron las funciones del TASTEM, como MORDAZA instancia para el caso de procedimientos administrativos sancionadores, multas coercitivas, medidas correctivas, medidas cautelares y medidas de seguridad, relacionadas a procedimientos administrativos sancionadores; Que, mediante la Resolucion Nº 175-2010-OS/CD y la Resolucion 176-2010-OC/CD, que modificaron el Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN, se establecieron las MORDAZA 1 y 2 del TASTEM, sus competencias y se designaron los vocales de MORDAZA salas; Que, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 176-2010-OS/CD del 24 de junio de 2010, se establecieron las competencias de las MORDAZA 1 y 2 del TASTEM; Que, el articulo 1º de la Resolucion Nº 176-2010OS/CD del 24 de junio de 2010 preciso que la Sala 1 del TASTEM esta dedicada a evaluar exclusivamente los recursos de apelacion interpuestos en los procedimientos

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