Norma Legal Oficial del día 15 de Octubre del año 2011 (15/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 013 UNIDAD EJECUTORA 017 FUNCION 10 PROGRAMA FUNCIONAL 009 SUB PROGRAMA FUNCIONAL 0050 PROYECTO 2.001167

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de octubre de 2011

politicas de Estado en el sector MORDAZA , asi como con un MORDAZA nacional de referencia orientado a mejorar el Programa de Estadisticas Agropecuarias Continuas de dicho Sector; Que, asimismo, en el actual contexto de crisis internacional, resulta necesario adoptar medidas frente a escenarios que comprometan el crecimiento sostenible del sector agrario y potencien de forma adecuada los proyectos y programas para contrarrestar los efectos de la crisis; por lo cual, se requiere urgentemente de herramientas que permitan determinar la realidad de dicho sector en lo referente al numero total de unidades agropecuarias, total de superficie destinada al cultivo, sembrada y no sembrada, regimen de tenencia de la tierra, personal que labora en las actividades agropecuarias, total de produccion pecuaria, entre otros aspectos, a fin de permitir su adecuada planificacion y desarrollo; Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, esta entidad es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica, siendo de su competencia los levantamientos censales, las estadisticas continuas, las encuestas por muestreo, las estadisticas de poblacion, los indicadores e indices en general, las cuentas nacionales y regionales, entre otros, correspondiendole las tareas tecnicas y cientificas que se desarrollan con fines de cuantificar y proyectar los hechos economicos y sociales para producir las estadisticas oficiales del MORDAZA que faciliten la elaboracion y evaluacion de programas sociales, proyectos de apoyo a la pequena agricultura, y programas vinculados al desarrollo del area rural, tanto del Gobierno Nacional como Regional; Que, en ese sentido, es necesario y de interes nacional dictar medidas extraordinarias de caracter economico y financiero que permitan de manera urgente implementar, en el presente ano, acciones preparatorias para la realizacion del IV Censo Agropecuario, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 13248 y en los Tratados de Libre Comercio que el MORDAZA viene suscribiendo; acciones que de no autorizarse de manera inmediata, conllevara a la generacion de condiciones de incertidumbre en los productores del sector agropecuario y la imposibilidad de implementar con eficiencia las politicas de Estado previstas para dicho sector; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de interes nacional del IV Censo Nacional Agropecuario Declarese de interes y de prioridad nacional el levantamiento del IV Censo Nacional Agropecuario (IV CENAGRO), y encarguese al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica -INEI su ejecucion. El Ministerio de Agricultura y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica efectuaran de manera conjunta su planeamiento, organizacion y direccion en el presente ano fiscal 2011. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision Consultiva Conformese la Comision Consultiva del IV CENAGRO, bajo la Presidencia del Ministerio de Agricultura y la Vicepresidencia del INEI. Por Resolucion Suprema se fijaran las funciones, composicion y funcionamiento de la mencionada Comision. Articulo 3º.- Autorizacion de Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico, para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de ONCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 382 894,00), destinada a la ejecucion de las acciones preliminares del IV CENAGRO en el presente ano fiscal 2011, conducentes a la ejecucion del IV CENAGRO en el ano 2012, de acuerdo a lo siguiente:

(En nuevos Soles) GOBIERNO CENTRAL : Ministerio de Agricultura : Binacional Lago Titicaca : Agropecuaria : Ciencia y Tecnologia : Infraestructura de Riego : Construccion MORDAZA de Riego Vilque - Manazo - MORDAZA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios CATEGORIA DE GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros S/. 11 382 894.00 -----------------------TOTAL S/. 11 382 894.00 ============== A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO (En nuevos Soles)

GOBIERNO CENTRAL 002 : Instituto Nacional de Estadistica e Informatica UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General FUNCION 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 005 : Informacion Publica SUB PROGRAMA FUNCIONAL 0006 : Informacion Publica ACTIVIDAD 1 021471 : Produccion y Difusion de Informacion Estadistica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios CATEGORIA DE GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios S/. 11 382 894.00 -----------------------TOTAL S/. 11 382 894.00 ==============

Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 3° del presente Decreto de Urgencia no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 4.1 Los Titulares de Pliego, segun corresponda, mediante Resolucion aprueban la desagregacion de los recursos a que se refiere el articulo 3º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 4.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de Nuevos Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida. 4.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito, para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 6º.- MORDAZA de excepcion Exceptuese la transferencia de Partidas autorizada en el articulo 3º de la presente MORDAZA, de lo senalado en el inciso c) del numeral 41.1 del articulo 41º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 7º.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia tendra vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Agricultura.

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