Norma Legal Oficial del día 30 de Agosto del año 2012 (30/08/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

473730

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2012

a las Gasolinas de 84 y 90 octanos, Gasoholes de 84 y 90 octanos y al GLP a Granel; correspondiendo en esta oportunidad actualizar la Banda para el GLP para Envasado, el Diesel B5 destinado al uso vehicular y actividades de generacion electrica en sistemas aislados y el Petroleo Industrial 6 destinado a la generacion electrica en sistemas aislados; Que, para tal efecto, en cumplimiento del numeral 6.5 del Reglamento, OSINERGMIN, mediante Oficio Multiple Nº 618-2012-GART, convoco a los integrantes de la Comision Consultiva designados por el MINEM, a la reunion del lunes 27 de agosto de 2012. En dicha reunion, OSINERGMIN informo de los resultados obtenidos en los calculos efectuados y las nuevas Bandas segun la evolucion de los PPI o PPE; De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del Articulo 3° de la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el DU 010, el Reglamento, y el "Procedimiento para la publicacion de la Banda de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo", aprobado por la Resolucion Nº 082-2012-OS/CD; Con la opinion favorable de la Asesoria Legal y de la Division de Gas Natural de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Fijar como Margenes Comerciales los valores presentados en el Cuadro 5 del Informe N° 3972012-GART. Articulo 2°.- Publicar las nuevas Bandas de Precios para todos los Productos, segun lo siguiente: Productos GLP Envasado Diesel B5 Diesel B5 GGEE SEA PIN 6 GGEE SEA Notas: 1. Los valores se expresan en Nuevos Soles por Galon para todos los Productos a excepcion del GLP que se expresa en Nuevos Soles por Kilogramo. 2. LS = Limite Superior de la Banda. 3. LI = Limite Inferior de la Banda. 4. GLP Envasado: Destinado para envasado, ver Resolucion OSINERGMIN N° 069-2012-OS/CD y sus modificatorias. 5. Diesel B5: De acuerdo al numeral 4.3 del Articulo 4° del DU 005-2012, a partir de agosto de 2012, la Banda del Diesel B5 solo sera aplicable al Diesel B5 destinado al Uso Vehicular, ver Resolucion OSINERGMIN N° 0692012-OS/CD y sus modificatorias. 6. Diesel B5 GGEE SEA: Diesel B5 utilizado en generacion electrica en sistemas electricos aislados. 7. PIN 6 GGEE SEA: Petroleo Industrial 6 utilizado en generacion electrica en sistemas electricos aislados. 8. Para el caso del Diesel B5, la Banda se aplica tanto para el Diesel B5 con alto y bajo contenido de azufre LS 1.78 9.19 9.19 6.84 LI 1.72 9.09 9.09 6.74

de acuerdo con lo que establezca el Administrador del Fondo. 9. Las Bandas para los GGEE SEA estan reflejadas en MORDAZA de acuerdo con lo senalado en el Informe de sustento. Articulo 3º.- Los Margenes Comerciales y las Bandas aprobadas en los Articulos 1° y 2° anteriores, estaran vigentes desde el jueves 30 de agosto de 2012 hasta el miercoles 24 de octubre de 2012. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y consignarla junto con los Informes Nº 397-2012-GART y Nº 399-2012-GART en la pagina web de OSINERGMIN (www.osinerg.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Adjunto Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria 835012-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO DE INVESTIGACION DE LA AMAZONIA PERUANA
Eligen Presidente, Vicepresidente y miembros del Directorio del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana - IIAP
ACUERDO Nº 264/040-2023-IIAP-CS 3.- ELECCION DE PRESIDENTE Y MIEMBROS DEL DIRECTORIO DEL IIAP, PERIODO 2012-2015 El Consejo Superior despues de haber realizado todos los procedimientos electorales que senala el Reglamento de Elecciones Generales, asi como haber tomado conocimiento del Acta de la Comision Electoral designada para tal fin, que como anexo se adjunta a la presente acta, y en base a las atribuciones conferidas en los Arts. 9° y 12 de la Ley Nº 23374 y lo dispuesto en el inciso d) del Arts. 11º de los Estatutos del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana, inscrita en la Partida Nº 11003571 de la MORDAZA Registral Nº IV ­ Sede Iquitos ­ Oficina Registral de Iquitos, y los Articulos 11 º literal d) y 15 del Reglamento de Organizacion y Funciones, tomo el siguiente acuerdo: ACUERDO Nº 264/040-2023-IIAP-CS Primero.- Elegir al Ing. Keneth MORDAZA del MORDAZA, M. Sc. como Presidente del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana (IIAP) y a la vez Presidente del Consejo Superior y del Directorio. Segundo.- Elegir, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, M. Sc. como Vicepresidente del Instituto de

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.