Norma Legal Oficial del día 30 de Agosto del año 2012 (30/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

473673

AMBIENTE
Modifican el MORDAZA del Ministerio del Ambiente, en cuanto a la forma de acreditacion del pago por derecho de tramite del Procedimiento 2: "Aprobacion de Proyecto de Reduccion de Emisiones de GEI y Captura de Carbono", y demas aspectos de forma
RESOLUCION MINISTERIAL N° 224-2012-MINAM MORDAZA, 28 de agosto de 2012 Visto; el Memorando N° 423-2012-OPP-SG/MINAM de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 200-2012-DGCCDRH/DVMDERN/MINAM de la Direccion General de Cambio Climatico, Desertificacion y Recursos Hidricos; el Memorandum N° 464-2012-MINAMSEG/OGA de la Oficina General de Administracion; y, el Informe N° 214-2012-MINAM/SG-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum N° 027-2012-MINAM/ OCI de 9 de febrero de 2012, la Jefa del Organo de Control Institucional del MINAM eleva al Despacho Ministerial el Informe N° 004-2012-MINAM/OCI, denominado Informe de la Actividad de Control N° 2-5683-2012-003 "Verificar el cumplimiento de la normativa relacionada al MORDAZA y a la Ley del Silencio Administrativo" - Periodo Diciembre 2011; Que, la Recomendacion 5.2 del Informe citado precedentemente senala, textualmente: "Que, el Secretario General disponga la revision de los requisitos establecidos en el MORDAZA para el Procedimiento 2: Aprobacion Nacional de Proyectos de Reduccion de Emisiones de GEI y Captura de Carbono, que se encuentra a cargo de la Direccion General de Cambio Climatico, Desertificacion y Recursos Hidrico, incluyendo el aspecto que no se encuentra establecido como requisito especifico la MORDAZA de documentos que acredita el pago del derecho de tramite, como si se considera en el Procedimiento 1: Acceso a la informacion publica que produzca o posea la entidad". Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2010MINAM, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio del Ambiente, modificado mediante Resolucion Ministerial N° 273-2011MINAM y N° 040-2012-MINAM; Que, el Procedimiento 2 "Aprobacion de Proyecto de Reduccion de Emisiones de GEI y Captura de Carbono", consigna hasta 4 modalidades de Proyectos, a saber, i) Proyectos Energeticos de mayor escala; ii) Proyectos Energeticos de menor escala; iii) Proyectos Forestales; y, iv) Proyectos MDL Programaticos; Que, en el caso especifico de los requisitos del citado Procedimiento, se advierte que no se encuentra incorporada la acreditacion del pago por derecho a tramite, previamente establecido, para la aprobacion de los proyectos mencionados; Que, mediante Memorando N° 423-2012-OPP-SG/ MINAM de 16 de MORDAZA del ano en curso, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a solicitud de la Direccion General de Cambio Climatico, Desertificacion y Recursos Hidricos, solicita la modificacion del MORDAZA del MINAM, a fin de incorporar la forma de acreditacion del pago por derecho de tramite del citado Procedimiento, el mismo que debera ser efectuado con la MORDAZA del Recibo de deposito en la Cuenta Corriente N° 000-874035 del Banco de la Nacion, a nombre del Ministerio del Ambiente, asi como otras precisiones de forma, sin que ello implique la creacion de nuevos procedimientos, ni el incremento de derechos de tramitacion o requisitos; Que, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su articulo 38°, regula la aprobacion y difusion de los MORDAZA de las entidades publicas, estableciendo en su numeral 38.5 que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de

derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo; Que, en tal sentido, la propuesta de modificacion del MORDAZA institucional supone la incorporacion de la acreditacion del pago por derecho de tramite, asi como precisiones de forma referidas a los requisitos establecidos en dicho Procedimiento, con el proposito de simplificarlo en beneficio de los administrados; por lo que su aprobacion se debe materializar mediante la emision de la presente Resolucion Ministerial; Con el visado de la Secretaria General, de la Direccion General de Cambio Climatico, Desertificacion y Recursos Hidricos, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administracion, y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2010-MINAM, en cuanto a la forma de acreditacion del pago por derecho de tramite del Procedimiento 2: "Aprobacion de Proyecto de Reduccion de Emisiones de GEI y Captura de Carbono", y demas aspectos de forma, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe y en el MORDAZA del Ministerio del Ambiente www.minam.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 835139-1

Aprueban Plan de Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y Limites Maximos Permisibles (LMP) para el periodo 2012-2013
RESOLUCION MINISTERIAL N° 225-2012-MINAM MORDAZA, 28 de agosto de 2012 Visto, el Memorandum Nº 466-2012-MINAM-VMGA/ DGCA de 6 de agosto de 2012, de la Direccion General de Calidad Ambiental, y el Memorandum Nº 404-2012MINAM-VMGA/DGPNIGA de 7 de agosto de 2012, de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, consagra el derecho fundamental de la persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la MORDAZA, cuya proteccion tiene relevancia para las actuales y futuras generaciones, de acuerdo al MORDAZA de Sostenibilidad que establece el articulo V del Titulo Preliminar de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; Que, de conformidad con el articulo 3º de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, el Estado a traves de sus entidades y organos correspondientes, disena y aplica las politicas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que MORDAZA necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en dicha Ley; Que, el articulo 33° de la Ley N° 28611, establece que la Autoridad Ambiental Nacional, el Ministerio del Ambiente,

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