Norma Legal Oficial del día 03 de Julio del año 2012 (03/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2012

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA 2º Juzgado de Trabajo Transitorio - San Borja. Juzgado Penal Transitorio - La Molina. 3º Juzgado de Familia Transitorio Tutelar de Lima. 2º Juzgado Penal Transitorio - San MORDAZA de Lurigancho. 5º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio (Ex7º Juzgado Contencioso Administrativo) - Lima. 1º Juzgado de Familia Transitorio - Ate. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA NORTE. Juzgado Penal Transitorio - Independencia. Juzgado Penal Transitorio (2º Juzgado Penal) - San MORDAZA de Porres. Juzgado Mixto Transitorio (Ex 2º Juzgado Mixto) - San MORDAZA de Porres. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA SUR 2º Juzgado Penal Transitorio - Reos Carcel - MORDAZA MORDAZA del Triunfo. 1º Juzgado Penal Transitorio - Reos Carcel - MORDAZA MORDAZA del Triunfo. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Transitorio - El Estrecho Putumayo. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA DE MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Transitorio - Tambopata. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Juzgado Civil Transitorio - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lanchipa. Articulo Segundo.- Reubicar y convertir los siguientes organos jurisdiccionales: Hasta el 30 de setiembre de 2012 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Convertir y reubicar el Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, en Juzgado Laboral Transitorio de Talara, Corte Superior de Justicia de Sullana, a partir del 1 de agosto de 2012. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Convertir y reubicar el 2º Juzgado de Familia Transitorio de Ate de la Corte Superior MORDAZA, en Juzgado Mixto Transitorio de Lurin, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, a partir del 1 de MORDAZA de 2012. Articulo Tercero.- Los organos jurisdiccionales transitorios que tienen continuidad de su plazo de funcionamiento por conversion y reubicacion, recibiran carga en tramite de los organos permanentes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado de modo que puedan liquidarlos en su totalidad, priorizando los mas antiguos y/o de menor complejidad a fin de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en beneficio de los justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos. Articulo Cuarto.- Las Comisiones Distritales de Descarga Procesal de las mencionadas Cortes Superiores de Justicia, deben inducir las acciones respectivas a fin de hacer cumplir las metas de resolucion de expedientes fijadas por parte de los organos permanentes y transitorios de cada jurisdiccion. En tal sentido, velaran por el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el MORDAZA de las disposiciones dictadas por la Comision Nacional de Descarga Procesal, dando cuenta de los resultados a fin de determinar la continuidad de los organos transitorios o disponer su reubicacion a sedes de mayor congestion y oportunidad de descarga procesal efectiva. Coordinaran sobre el particular con la Comision Nacional de Descarga Procesal y su Secretaria Tecnica.

Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Callao, Canete, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Norte, MORDAZA Sur, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA, Sullana y Tacna, Comision Nacional de Descarga Procesal, asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

808828-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Modifican Nomina de Peritos Judiciales para los anos 2012 y 2013
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 462-2012-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 11 de junio de 2012 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 226-2012-P-CSJLI/ PJ, de fecha treinta de marzo de dos mil doce, y el Oficio Nº 02-2012-CECPESPJ-CSJLI/PJ, de fecha dieciocho de MORDAZA de dos mil doce; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 226-2012P-CSJLI/PJ de fecha 30 de marzo de 2012, se dispuso aprobar la Nomina de Peritos Judiciales para los Anos 2012 y 2013, que se encuentra integrada por trescientos veinte (320) Profesionales y Especialistas de las diferentes especialidades, y la Nomina de Peritos Judiciales para los anos 2012 y 2013 de la especialidad de Contabilidad, integrada por ciento ochenta y siete (187) profesionales, las que se encuentran descritas en los anexos adjuntados a dicha resolucion. Que, mediante Oficio Nº 02-2012-CECPESPJ-CSJLI/ PJ de fecha 18 de MORDAZA de 2012, los Miembros de la Comision Evaluadora y Seleccion de Peritos 2012-2013 de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicitan la inclusion en la Nomina de Peritos Judiciales aprobada por Resolucion senalada en el considerando anterior, a los Contadores Publicos Colegiados MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en razon que dichos Profesionales cumplieron con presentar sus documentos en forma oportuna ante el Colegio Profesional, el cual omitio remitirlo a la Comision a efectos de incluirlos en la referida Nomina. Que, los miembros de la Comision solicitan la exclusion de la Nomina de Peritos Judiciales para los anos 2012 y 2013, de los senores MORDAZA MORDAZA Ariadela (Ingeniero Industrial), MORDAZA MORDAZA Darquea MORDAZA (Ingeniero Mecanico Electrico), y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Ingeniero Mecanico) en virtud a la Carta Nº 554-2012/ CP/CDL/CIP de fecha 12 de MORDAZA del 2012, remitida por el Presidente del Directorio del Centro de Peritaje del Colegio de Ingenieros del Peru. Asimismo, solicitan se disponga la correccion de la Nomina de Peritos 2012-2013 respecto a los datos incompletos de algunos peritos, para lo cual adjuntan la correspondiente lista. Que, estando a las facultades conferidas al Presidente de la Corte Superior de Justicia por el articulo 90 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial;

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