Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2012 (01/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 140

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2012

Barrenechea; asi como tambien en la Pagina Web de la Municipalidad, indicando en forma generica el lugar y hora donde se llevara a cabo el matrimonio Civil Comunitario. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y Oficina de Informatica y Estadistica en la pagina web de la Municipalidad Distrital de MORDAZA www. munipachacamac.gob.pe Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Administracion, Secretaria General a traves de la Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil, Oficina de Relaciones Publicas, asi como a la Agencia Municipal MORDAZA MORDAZA Barrenechea, Sede Huertos de Manchay y demas Unidades Organicas el cumplimiento y difusion del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

se encargue de la defensa de los Procesos Judiciales, que se generen o se hayan generado por el ejercicio legitimo de sus funciones ante la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, tanto del Senor MORDAZA como de los Senores Regidores y del Gerente Municipal. Articulo Segundo.- DISPONER que el monto de la contratacion del Estudio Juridico no podra superar el monto correspondiente a tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por caso o trabajo a realizar. Articulo Tercero.- DISPONER que todo trabajo encomendado al Estudio Juridico debera ser informado a este Concejo Municipal de tal forma que el Concejo conozca cual sera el tema a representar, a quien representara y el importe de los honorarios. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a las areas correspondientes el cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese.

MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 795003-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 795175-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Disponen la contratacion de estudio juridico para asumir la defensa judicial del MORDAZA, Regidores y Gerente Municipal por denuncias en el cumplimiento de sus funciones
ACUERDO DE CONCEJO Nº 24-2012-MDPH Punta MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA Visto en la Sesion Ordinaria de la fecha; 10 de MORDAZA de 2012. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son Organos de Gobiernos promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que gozan de autonomia politica y administrativas en los asuntos de su competencia, conforme a los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1086 que regula "El Sistema de Defensa Juridica del Estado" y su Reglamento Decreto Supremo N° 0172008-JUS, en concordancia con la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades Articulo 29°, la Procuraduria Publica Municipal, tiene a su cargo la representacion y la defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad en los juicios, en los que sea emplazada, asi como a iniciar las acciones legales que correspondan, siendo el cumplimiento de esta funcion a dedicacion exclusiva; Que, se generan procesos judiciales debido al ejercicio legitimo de las funciones tanto del MORDAZA como de los Regidores y del Gerente Municipal; y al no poder por las razones anteriormente expuestas, ser atendidos por la Procuraduria Municipal y el Area Legal, segun el informe 06-2012-PPM-MDPH se recomienda que el Concejo autorice, la contratacion de un estudio de abogados que pueda asumir la defensa judicial tanto del MORDAZA, los Regidores y del Gerente Municipal, que se vean denunciados por actos correspondientes al cumplimiento estricto de sus funciones conferidas al encontrarse al servicio de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. ACUERDA: Articulo Primero.- DISPONER que la Secretaria General solicite la contratacion de un Estudio Juridico, que

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 232-2012
DECRETO DE ALCALDIA N° 012 San MORDAZA de Lurigancho, 28 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO, el Memorandum Nº 599-2012-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 217-2012-GAJMDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 176-2012-GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA indicada, que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativas y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 232 de fecha 27 de MORDAZA del 2012 se establece el Beneficio Regularizacion Tributaria y No Tributaria en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho vigente hasta el 31 de MORDAZA del presente ano; Que, la Ordenanza Nº 232-2012 en su Septima Disposicion Final, faculta al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien establecer la prorroga en la vigencia de la misma; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 1762012-GR/MDSJL de fecha 23 de MORDAZA del 2012, precisa que al MORDAZA de lo establecido en la MORDAZA VII del Titulo Preliminar y el articulo 41º del TUO del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza Nº 232-2012 y teniendo en cuenta que aun existe un gran numero de contribuyentes que no han cumplido con sus obligaciones tributarias y No Tributarias, resulta conveniente prorrogar dicho plazo hasta el 30 de Junio del 2012; Estando a lo MORDAZA expuesto, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica segun Informe Nº 217-2012-GAJ/MSJL y de conformidad con lo dispuesto

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