Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2012 (01/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2012

1. Con fecha 25 de MORDAZA de 2012, la Oficina Nacional de Procesos Electorales remitio a esta instancia jurisdiccional los Oficios Nº 788-2012-SG/ONPE (Expediente Nº J2012-00599) y Nº 774-2012-SG/ONPE (Expediente Nº J-2012-00618), por los que se informo el cumplimiento de los requisitos formales de las solicitudes de revocatoria contra la totalidad de miembros del Concejo Distrital de Navan, provincia de Oyon, departamento de Lima. 2. Tomando en cuenta los hechos expuestos, este organo colegiado advierte que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 89 del Codigo Procesal Civil, MORDAZA de aplicacion supletoria a los procesos llevados a cabo ante esta instancia, resulta viable la acumulacion de los Expedientes Nº J-2012-00599 y Nº J-2012-00618, toda vez que se verifica que existe conexidad entre ambos. 3. En tal sentido corresponde acumular el Expediente Nº J-2012-00618 al Expediente Nº J-2012-00599, que conocio primero este Supremo Tribunal Electoral, y, consecuentemente, desvincular lo actuado en el Expediente Nº J-2012-00618, y acumulandose al Expediente Nº J-2012-00599, se efectue una nueva foliacion en el mismo. Ello por cuanto la acumulacion procede por fines de economia procesal y celeridad, a fin de evitar que su conocimiento por separado pueda generar pronunciamientos contradictorios. Sobre la consulta de revocatoria contra el Concejo Distrital de Navan 4. Uno de los derechos de participacion de los ciudadanos es el que se efectua a traves de la consulta popular de revocatoria de autoridades, conforme a lo establecido por el articulo 31 de la Constitucion, que establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos publicos mediante referendum, iniciativa legislativa, remocion o revocacion de autoridades y demanda de rendicion de cuentas. Este derecho tiene, asimismo, desarrollo en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos. 5. Dicha ley establece los requisitos para la procedencia de una solicitud de revocatoria, los cuales son: a) la solicitud de revocatoria debe referirse a una autoridad en particular; b) debe estar fundamentada (no requiere ser probada); c) debe alcanzar el numero minimo de firmas validas (el 25% de firmas respecto del ultimo padron electoral para la circunscripcion), las que son verificadas por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (en adelante, Reniec), el cual emite la MORDAZA de verificacion de firmas respectiva; y d) cumplir con los plazos establecidos en el cronograma fijado mediante Resolucion Nº 0604-2011-JNE, esto es, presentar la solicitud a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (culminado el tramite de comprobacion de adherentes ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil) hasta el 25 de MORDAZA de 2012. 6. Dhanfer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 24 de MORDAZA de 2012, y MORDAZA MORDAZA Llares MORDAZA, con fecha 25 de MORDAZA de 2012, solicitaron el inicio del MORDAZA de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de Navan, provincia de Oyon, departamento de Lima:
DNI NOMBRES CARGO MORDAZA REGIDOR ORGANIZACION POLITICA UNION POR EL PERU UNION POR EL PERU

fundamento los pedidos y adjuntaron las constancias de verificacion positiva de firmas. 8. Asimismo, de conformidad con lo prescrito por el articulo 46 de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, el MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales y/ o regionales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta. 9. En tal sentido, todas las solicitudes ingresadas a este Supremo Tribunal Electoral deberan acumularse e incluirse en la resolucion que convocara el MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012. Por ende, acumulese las presentes solicitudes de revocatoria de las autoridades del distrito de Navan, provincia de Oyon, departamento de Lima. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DISPONER acumular el Expediente Nº J-2012-00618 al Expediente Nº J-2012-00599, que conocio primero el MORDAZA Nacional de Elecciones, debiendose realizar nueva foliacion en el mismo. Articulo Segundo.- ACUMULAR las solicitudes de revocatoria de autoridades del distrito de Navan, provincia de Oyon, departamento de MORDAZA, presentadas por Dhanfer MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Llares MORDAZA a la convocatoria del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolucion Nº 0604-2011-JNE. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economia y Finanzas, de la Contraloria General de la Republica, de la Defensoria del Pueblo, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 794759-65 RESOLUCION Nº 0455-2012-JNE Expediente Nº J-2012-00600 MORDAZA, veinticinco de MORDAZA de dos mil doce. VISTO el Oficio Nº 777-2012-SG/ONPE, de fecha 25 de MORDAZA de 2012, remitido por la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en atencion a la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de Colquioc, provincia de Bolognesi, departamento de MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Andres. CONSIDERANDO 1. Uno de los derechos de participacion de los ciudadanos es el que se efectua a traves de la consulta popular de revocatoria de autoridades, conforme a lo establecido por el articulo 31 de la Constitucion, que establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos

15758283 ANTENOGENES MORDAZA MORDAZA 09754849 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 45432699 MORDAZA MORDAZA NAVIDAD MORDAZA 41310041 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 42863800 MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALZADO 09554658 MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLARES

REGIDORA UNION POR EL PERU REGIDOR REGIDOR REGIDOR UNION POR EL PERU UNION POR EL PERU PARTIDO APRISTA PERUANO

7. Asi, mediante los oficios del visto, la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales comunico que las solicitudes de revocatoria formuladas cumplen con los requisitos formales de ley, pues las solicitudes identificaron los nombres de las autoridades de quienes se solicita MORDAZA sometidas a consulta; se

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