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Pág. 157493 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de febrero de 1998 Nº DENOMINACION DERECHOS CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DEL DE EVALUACION DONDE SE QUE AUTORIZA QUE RESUELVE RECURSO OR- PROCEDIMIENTO REQUISITOS PAGO AUTO O EV SIL. ADM. SIL. ADM. NO REG. INICIA Y/O PROCESA Y/O APRUEBA EL DE IMPUGNACION DEN PREV. POSIT NEGA TRAMITE TRAMITE (RECONSIDERACION) En todos los casos , cuando el predio no tenga el proceso de Habilitación Urbana concluida, siempre y cuando, la consolidación que se presenta respeta los Planos aprobados de estudios Preliminares o definitivos, y, con un grado de consolidación apreciable, se podrán otorgar Licencias provisionales de construcción para fines de Control Urbano, sin derecho a poder solicitar Conformidad de Obra. Las Obras así autorizadas podrán ser modificadas, ordenando la demolición de algún elemento que no se ajuste a los Planos de Replanteo de la Habilitación, sin derecho a reclamo de parte de los recurrentes. Los Planos que se solicitan se presentarán en dos juegos, al iniciar el trámite y cada vez que se requiera levantar observaciones. Una vez aprobados, se solicitara 2 juegos más para resellado. Deben estar firmados por el Profesional responsable y el propietario. En caso de realizar los trámite una persona diferente del propietario, se debe adjuntar Carta poder simple presentando a persona designada para estos trámites, con copia de la L.E. del Propietario y del apoderado. Si se trata de una persona juridica, se presentará el Acta donde se designa al Representante legal, o Minuta, y a su vez éste presentará al apoderado de ser el caso, con carta poder simple y fotocopia de L.E. de represent. legal y apoderado. En caso de Hostales, Grifos, Colegios, y otros , se regirá el procedimiento por sus reglamentos específicos, debiendo presentarse los requisitos que en éstos se detalla : -En caso de grifos, certificado de Alineamiento de la Municipalidad de Lima Metropolitana), certificado de compatibilidad de Uso (MLM), Resolución de Ministerio de Energía y Minas). No se admitirá Declaratoria de Fábrica para este trámite, y la en la regularización se presentarán todas las especialidades como una Obra Nueva. -En caso de edificios de salud, autorización del Ministerio de Infraestructura del Ministerio de Salud, excepto Consultorios de menos de 50.00 m2, o a criterio de la Comisión. En todos los casos de Regularizaciones, se deberá adjuntar al Expediente el recibo de pago de la multa cancelada . En el caso de la Compatibilidad de Uso, se deberán adjuntar los siguientes requisitos: Para Centros educativos y similares: Plano de distribución y Resolución de USE Para Grifos, Conformidad de Obra y Resolución (1) de Hidrocarburos Para Hoteles, Hostales y similares, licencia de Construcción y categorización del MITINCI. Para elaboración de Productos alimenticios y similares: Autorización del DIGEMID. Planos de distribución de predios mayores de 200.00 m. de área construida. En los casos que se solicite Licencia Provisional de Construcción, se deberá adjuntar Declaración Jurada de que se construirá de acuerdo a los Planos, y que el Proyecto se ajusta a las Normas Técnicas pertinentes. ésta se podrá otorgar, siempre y cuando no existan observaciones y se presente el exp. completo ( Revisión de la M.P. de la DDU ). Las Licencias según el caso serán el cargo de la solicitud con el sello correspondiente o la Hoja de Precalificación. Los casos de edificación en Vía Pública seguirán el procedimiento de las Licencias de Construcción en Propiedad privada, con las tasas diferenciadas para la Vía Pública , de ser el caso. En caso de campañas masivas para realizar trámites específicos determinados en este TUPA de establecerse montos diferentes a los establecidos, el Alcalde los fijará con Decreto de Alcaldía. UNIDAD ORGANICA: EJECUTORIA COACTIVA Nº DENOMINACION DERECHOS CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DEL DE EVALUACION DONDE SE QUE AUTORIZA QUE RESUELVE RECURSO OR- PROCEDIMIENTO REQUISITOS PAGO AUTO O EV SIL. ADM. SIL. ADM. NO REG. INICIA Y/O PROCESA Y/O APRUEBA EL DE IMPUGNACION DEN PREV. POSIT NEGA TRAMITE TRAMITE (RECONSIDERACION) 5.01 NOTIFICACION DE 7 A 10 DIAS Tener el valor en cobranza S/. 13.00 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.02 NOTIFICACION DE 3 DIAS Tener el valor en cobranza S/. 13.00 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.03 POR DILIGENCIA DE EMBARGO INTERVENCION Tener el valor en cobranza Min. S/. 54.00 - Max. S/. 324.00 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.04 POR DILIGENCIA DE EMBARGO DEPOSITO Tener el valor en cobranza S/. 54.00 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.05 POR DILIGENCIA DE EMBARGO EXTRACCION Tener el valor en cobranza Min. S/. 54.00 - Max. S/. 324.00 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.06 POR TOMA DE DICHO Tener el valor en cobranza S/. 22.00 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.07 POR EMBARGO EN FORMA DE DEPOSITO E Tener el valor en cobranza S/. 54.00 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal INSCRIPCION EN BIENES INMUEBLES 5.08 POR PARTES A LOS REGISTROS PUBLICOS: Tener el valor en cobranza S/. 22.00 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal EXHORTOS 5.09 POR OFICIO Tener el valor en cobranza S/. 5.50 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.10 POR OTRAS MODIFICACIONES Tener el valor en cobranza S/. 5.50 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.11 POR LEGALIZACION DE FIRMA Tener el valor en cobranza S/. 5.50 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal 5.12 POR COPIAS CERTIFICADAS Tener el valor en cobranza S/. 5.50 x Dirección de Rentas Ejecutor Coactivo Tribunal Fiscal