Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2000 (28/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2000

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 4479

Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 4751

INTERIOR

Actualizan y modifican el Texto Unico de Procedimientos AdministratiENERGIA Y MINAS vos del Ministerio en lo relativo a la Otorgan autorizacion de generacion Direccion General de Migraciones y de energia electrica termica para Naturalizacion consumo propio a empresa minera en DECRETO SUPREMO el departamento de MORDAZA Nº 002-2000-IN
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 135-2000-EM/VME MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2000 Visto, el Expediente Nº 33103500, sobre otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica de acuerdo con el Articulo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por MINERA COLQUISIRI S.A. persona juridica inscrita en el Asiento 14 y Ficha Nº 29158, del Registro Publico de Mineria de Lima. CONSIDERANDO: Que, MINERA COLQUISIRI S.A., ha solicitado autorizacion para desarrollar actividades de generacion de energia electrica para su propio consumo en la Central Termica existente MORDAZA MORDAZA de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 1,64 MW; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 0412000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a MINERA COLQUISIRI S.A., que se identificara con Codigo Nº 33103500, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Termica MORDAZA MORDAZA, de propiedad de la empresa solicitante, que operara en el distrito de Huaral, provincia de Huaral y departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 1,64 MW. Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 20º, 21º y 22º del Decreto Legislativo Nº 757 del 8 de noviembre de 1991, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, establecen que las entidades publicas del Gobierno Central, Regional y Local estan obligadas a aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar drasticamente todos los procedimientos y tramites administrativos que se siguen ante ellas, para lo cual deberan aprobar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-99-IN del 25 de junio de 1999 se actualizo y modifico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en lo relativo a la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 y en los Articulos 3º y 37º del Decreto Legislativo Nº 560 del 28 de marzo de 1990 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Actualizar y modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en lo relativo a la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion. Articulo 2º.- Los procedimientos administrativos que se siguen ante los organos y dependencias de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion se rigen por lo prescrito en el Titulo IV del Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, por su Reglamento, por el presente Decreto Supremo y supletoriamente por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. Articulo 3º.- El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en lo relativo a la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- Deroguese, modifiquese o sustituyase toda MORDAZA legal o administrativa que se oponga a lo aprobado en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

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