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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2000 (24/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 4

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 182990 NORMAS LEGALES Lima, lunes 24 de enero de 2000 M T C Declaran en abandono diversos pro- cedimientos sobre concesión para prestar servicio postal RESOLUCION DIRECTORAL Nº 032-99-MTC/15.20 Lima, 29 de diciembre de 1999 Visto el Memorándum Nº 209 -99-MTC/15.20.03 de la Dirección de Normas y Supervisión Postal, sobre declaración de abandono de procedimientos adminis- trativos de solicitudes de concesión para prestar el servicio postal. CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los expedientes Nºs. 009, 032, 041, 045, 067 y 107-99 se constata que evaluadas las solicitudes presentadas para la obtención de concesión postal, se procedió a requerir a cada uno de los solicitantes cumplan con remitir documentación complementaria a la obrante en su expediente, con el fin de subsanar las observaciones encontradas, respecto a los requisitos exi- gidos en el Reglamento de Servicios y Concesiones Pos- tales, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC; Que conforme se verifica en cada uno de los expedien- tes administrativos, los solicitantes no han cumplido con remitir la documentación que la Administración oportu- namente les ha solicitado, habiendo vencido los plazos establecidos legalmente, siendo que tal incumplimiento ha devenido en causal de abandono del procedimiento administrativo de las solicitudes por ellos iniciados, a tenor de lo normado en los Artículos 69º, 70º y 91º del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS y estando a lo opinado por la Dirección de Normas y Supervisión Postal, mediante Informe Nº 480-99-MTC/15.20.03; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en abandono los proce- dimientos administrativos de los seis (6) expedientes sobre concesión para prestar el servicio postal, que se detallan en el anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- La Dirección de Normas y Su- pervisión Postal procederá al archivamiento de los expe- dientes a que se refiere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS FERNANDO NARREA IBAÑEZ Director General de Correos MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION DIRECCION GENERAL DE CORREOS DIRECCION DE NORMAS Y SUPERVISION POSTAL ANEXO Nº DE EXP. Nº NOMBRE O RAZON SOCIAL FECHA DE NOTIFICACION FECHA ORDEN INIC. TRAM. 1 009-99 ABOGADOS INGENIEROS 14.1.99 Nº 100-99-MTC/15.20. 1.2.99 SERVICE S.A.(Lima) 2 032-99 ARVAZETTI S.A. (Lima) 9.2.99 Nº 180-99-MTC/15.20. 1.3.99 3 041-99 MULTISERVICIOS CON- 17.2.99 Nº 181-99-MTC/15.20. 1.3.99 CORDE S.R.L. (Ayacucho) 4 045-99 OGDEN & TALMA AVIATION 24.2.99 Nº 190-99-MTC/15.20. 4.3.99 SERVICES OF PERU S.R.L. (Lima) 5 067-99 AMERICAN EXPRESS CARGO 7.4.99 Nº 395-99-MTC/15.20 22.4.99 S.A.C. (Lima) 6 107-99 D&L SERVICIO EXPRESS 4.6.99 Nº 855-99-MTC/15.20 30.6.99 S.R.L. (Tarapoto) Lima, 28 de diciembre de 1999 0853CONSUCODE Declaran desistimiento de impug- nación relativ a a licitación pública convocada por el Ministerio de Edu- cación TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 009/2000.TC-S1 Lima, 19 de enero de 2000 Visto en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del 19.1.00, el escrito de desistimiento del recurso de revi- sión de la firma HONDA DEL PERU S.A., referente al Expediente Nº 434/99.TC, interpuesto contra la dene- gatoria ficta recaída sobre su recurso de apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro de la L.P. Nº 014-99-ED, convocada por el Ministerio de Educación para la adquisición de treinta (30) motocicletas chacare- ras para el denominado "Programa de Educación Bási- ca para todos". CONSIDERANDO: Que, el 22.12.99, el postor Honda del Perú S.A. inter- puso ante el Tribunal del Consucode, recurso de revisión contra la denegatoria ficta recaída sobre su recurso de apelación presentado contra el otorgamiento de la Buena Pro de la licitación citada en el exordio de la presente resolución; Que, con fecha 30.12.99 la empresa recurrente ha presentado un escrito de desistimiento al recurso de revisión antes mencionado, conteniendo la firma del Subgerente de Ventas, representante que se encuentra premunido de las facultades establecidas en los Arts. 74º y 75º del Código Procesal Civil, debidamente legalizada ante Notario Público, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 89º del D.S. Nº 02-94-JUS del 28.1.94, por lo que es admisible y procede emitir pronunciamiento al respecto; Que, la presente Resolución sienta precedente de ob- servancia obligatoria, siendo de aplicación en consecuencia, lo dispuesto en el Inc. 6) del Art. 1º del D.S. Nº 018.97.PCM, del 18.4.97; Que, de conformidad con las facultades otorgadas por el título V de la Ley Nº 26850 y los Arts. 8º y 9º del D.S. Nº 047-98-PCM, los antecedentes, y luego de agotado el correspondiente debate; SE RESUELVE: 1.- Tener por desistido al postor Honda del Perú S.A., de su recurso de revisión interpuesto contra la denegato- ria ficta recaída sobre su recurso de apelación presentado contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 014-99-ED. 2.- Ejecutar la garantía recaudada por el postor a su recurso de apelación, con arreglo a lo establecido en el Inc. c) del Art. 52º de la Ley Nº 26850, concordante con el Art. 128º del D.S. Nº 039.98.PCM. 3.- Archivar el Expediente Nº 434.99.TC, para los fines legales consiguientes, con conocimiento de las partes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ASTETE WILLIS VARGAS GONZALES JESSEN ROJAS 0859