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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2000 (11/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de julio de 2000 AÑO XVIII - Nº 7323 Pág. 190075 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" JUSTICIA Autorizan a representante del Minis- terio suscribir convenio de coopera- ción con la Contraloría General de la República para mejorar defensa judi- cial del Estado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 192-2000-JUS Lima, 10 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, es función del Ministerio de Justicia, coordinar y evaluar la defensa judicial de los intereses y derechos del Estado, a través del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, la Contraloría General de la República, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, con autonomía consti- tucional, que tiene entre sus atribuciones principales la supervi- sión de la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las institucio- nes sujetas a control; Que, resulta conveniente suscribir un Convenio de Coopera- ción Interinstitucional, entre el Ministerio de Justicia y la Contra- loría General de la República, que permita un mejor ejercicio de la defensa de los intereses del Estado, por parte de las Procuradu- rías Públicas, en especial en aquellos casos en los que esté involucrado el uso irregular e ilegal del patrimonio económico del Estado; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al funcionario que en representación del Sector, realice las coordinaciones pre- vias y suscriba el referido Convenio de Cooperación Interinstitu- cional; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la doctora LUZ MARIA DEL PILAR FREITAS ALVARADO, Presidenta del Consejo de Defen- sa Judicial del Estado, para que en representación del Ministerio de Justicia, realice las coordinaciones previas y suscriba, un Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Contraloría General de la República, con la finalidad de lograr un mejor ejercicio de la defensa del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 7852 Encargan funciones de Viceministra de Justicia a la Secretaria General del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 193-2000-JUS Lima, 10 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 187-2000-JUS, de fecha 6 de julio de 2000, se autorizó el viaje de la señora doctora Ana Grimanesa Reátegui Napurí, Viceministra de Justicia, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina del 10 al 14 de julio delpresente año, para participar en las pasantías a realizarse en la Escuela de Mediación de Argentina; Que en consecuencia es necesario encargar las funciones de Viceministra de Justicia, mientras dure la ausencia de la titular; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar, a partir del 10 al 14 de julio de 2000, a la señorita doctora Margarita Milagro Delgado Arroyo, Secretaria General del Ministerio de Justicia, las funciones de Viceministra de Justicia, mientras dure la ausencia de la titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 7853 EDUCACION Aprueban Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos del INC DECRETO SUPREMO Nº 016-2000-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada se ha establecido la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública, de actualizar, aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM del 28 de diciem- bre de 1992, se aprueba el Reglamento de las disposiciones sobre Seguridad Jurídica en Materia Administrativa contenidas en la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, referida en el considerando anterior; Que, es necesario actualizar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional de Cultura - INC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-98-ED del 30 de junio de 1998; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada; Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; y Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el nuevo Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional de Cultura - INC, conforme al anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y que será de estricto cumplimiento en las dependencias de dicho Organismo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación