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Pág. 189226 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de junio de 2000 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO Sancionan con destitución y cese tem- poral a servidores de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 317-2000-MPH/A Huancayo, 7 de junio de 2000 VISTO: El Informe Final Nº 009-2000-MPH/CEPAD del 6 de junio del año 2000, elevado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, referente a la adquisición de maquinaria nueva y repo- tenciada; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 229-2000-MPH/A del 26 de abril del 2000, se resuelve aperturar Proceso Administrativo Disciplinario contra los ex funcionarios: Jorge Espinoza León, Yolanda Rivera Mallqui y Lidia Cristóbal Quispe, por faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones; Que, con Informe Final Nº 009-2000-MPH/CEPAD del 6 de junio del 2000, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, eleva sus conclusiones y recomendaciones, conforme a lo establecido en el Artícu- lo 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios, con fines de defensa comunicó a cada uno de los procesados, habiendo recibido los descargos correspondientes, además del informe oral de Yolanda Rivera Mallqui y Lidia Cristóbal Quispe, llegando a las siguientes conclusiones: 1) Contrato para la adquisición de maquinaria nueva y repotenciada efectuada entre la Municipalidad y el proveedor IMPROVEN S.A., al margen de las Bases Administrativas y el RUA, disponiendo adelanto del 50% del monto adjudicado, el 20% con Carta Fianza y 30% con Garantía Prendaria Industrial, transgrediendo lo dis- puesto en el punto 18.04 de las Bases Administrativas y Artículo 5.1.4 del RUA. 2) El proveedor no entregó la letra a favor de la Municipalidad para reparación y desperfectos o mal funcionamiento que garantice como mínimo un año después de la entrega de la maquinaria, incumpliendo el numeral séptimo del contrato. 3) La Municipalidad pagó por desaduanaje el importe de $ 124,498.27 dólares a favor del "Agente de Aduanas Rodolfo Bustamante S.A:", transgrediendo la cláusula cuarta del contrato. Asimismo, se asumió gastos de publicación de convocatoria, otorgamiento de la buena pro, honorarios del Notario, Comité Técnico Especiali- zado y otros transgrediendo la cláusula décimo segunda del contrato Artículo 3.1.8 del RUA. 4) No se hizo efectivo el cobro de penalidades y sanciones en perjuicio de la Municipalidad por $ 549,300.62 dólares, pese a haberse efectuado el adelanto del 50% del monto del contrato, incumpliendo la cláusula décimo tercera del contrato y el Artículo 6.1.2 del RUA. Que, por los hechos descritos son pasibles a sanción administrativa sin perjuicio a la responsabilidad civil y/ o penal en que pudieran incurrir conforme a lo dispuesto en el Artículo 6.1.5 del RUA, concordante con el Artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 276 y Artículo 153º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios establece responsabilidad admi- nistrativa, a los ex funcionarios: 1) Jorge Espinoza León, ex Director encargado de Administración a partir del 29-3-95, por las responsabi- lidades señaladas en el punto 3 del tercer considerando, al haber incumplido sus obligaciones establecidos en elinciso a) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, debiendo ser sancionado de conformidad con el Artículo 26º del citado Decreto Legislativo Nº 276 y Artículo 155º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. 2) Yolanda Rivera Mallqui, ex Jefe de la Oficina de Contabilidad y actual servidora de la Municipalidad, inmersa en las irregularidades señaladas en los puntos 1, 2, 3, y 4 del tercer considerando de la presente resolución, por haber incumplido sus obligaciones establecidas en los incisos a) y b) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 concordante con el Artículo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; habiendo incurrido en falta grave de carácter disciplinario tipificado en los incisos d), f) y j) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y Artículo 150º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; debiendo ser san- cionada de conformidad con el Artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 concordante con el Artículo 155º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. 3) Lidia Cristóbal Quispe, ex Jefe de la Oficina de Tesorería y actual servidora de la Municipalidad, inmer- sa en las irregularidades señaladas en los puntos 1 y 3 del tercer considerando de la presente Resolución por haber incumplido sus obligaciones establecida en los incisos a), b) y g) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Artículo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; habiendo incurrido en falta grave de carác- ter disciplinario tipificado en los incisos d), f) y j) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Artículo 150º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; debiendo ser san- cionada de conformidad con el Artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 concordante con el Artículo 155º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios recomienda se sancione con cese tem- poral en la función pública por tres meses al Lic. Jorge Espinoza León; con destitución a la CPC. Yolanda Rivera Mallqui; y CPC. Lidia Cristóbal Quispe; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853; estando a lo informado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y con las visaciones de la Dirección Gene- ral de Asesoría Legal y Dirección Municipal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa con destitu- ción a Yolanda Rivera Mallqui y Lidia Cristóbal Quispe. Artículo Segundo.- SANCIONAR con cese tempo- ral en la función pública por tres (3) meses a Jorge Espinoza León. Artículo Tercero.- Conforme establece el Artículo 1º de la Ley Nº 26488, el servidor destituido no podrá reingresar al servicio público durante el término de cinco años como mínimo. Artículo Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, asimismo remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, Oficina de Personal e interesados. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DIMAS ALIAGA CASTRO Alcalde 7000 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 195-2000-CDSB-C San Borja, 26 de junio de 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA