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Pág. 208226 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de agosto de 2001 MUNICIP ALIDAD DISTRITAL DE SAN RAMÓN Aprueban exonerar de procesos de se- lección la contratación de empresa para elaborar expediente técnico de reclamos, caídas de voltaje, iluminación y clasifica- ción de calles y avenidas del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-MDSR VISTO:En Sesión del Concejo Municipal del día martes 24 de julio de 2001, el Informe Nº 051-2001-UAL-MDSR de laUnidad de Asesoría Legal, la Oferta de Servicios - Asesoría por Recupero de Energía de la empresa ESCORPIO E.I.R.L. de fecha 13 de junio de 2001 y la solicitud de cancelacióndel contrato de recupero de energía de la empresa ESCOR- PIO E.I.R.L. de fecha 15 de junio de 2001; CONSIDERANDO: Que la empresa ESCORPIO E.I.R.L. presenta una Oferta de Servicio - Asesoría por Recupero de Energía con fecha 14 de junio de 2001; la misma que toma conocimiento el señor Alcalde, Dirección Municipal, la Comisión de Obras y Desarro-llo Urbano, Limpieza Pública, Parques y Cementerio cuyo Presidente deriva su debate y sustentación ante el Concejo Municipal en su sesión del día martes 24 de julio de 2001; Que, el inciso h) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM señala que: "Están exonerados de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o AdjudicaciónDirecta, según sea el caso, las adquisiciones y contratacio- nes, que se realicen para servicios personalísimos"; Que, el inciso c) del Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que: "Los procesos antes referidos, se realizarán mediante el proceso de Menor Cuantía y se aprobarán por Acuerdo de Concejo Municipal, en los casos delos Gobiernos Locales, los mismos que requieren obligatoria- mente un Informe Técnico Legal previo, y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano. Copia del Acuerdo y elInforme que los sustenta deberán remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calenda- rio siguientes a la fecha de su aprobación"; Que, asimismo, el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que: "Se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección, los contratos de locaciónde servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea porsus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, arte u oficio"; Que, el Artículo 113º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Resoluciones o Acuerdos que aprueban la exoneración de los procesos de selección, alamparo de las causales contenidas en el Artículo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente de un Informe Técnico Legal previo, emitido por las áreas técnica y de asesoríajurídica de la entidad, el que contendrá la justificacióntécnica y legal de la adquisición o contratación, de la necesidad de la exoneración y contemplará criterios de economía, tales como los costos y oportunidad; NormasGenerales de Procedimientos Administrativos; Que la empresa ESCORPIO E.I.R.L. viene prestando servicios de asesoría técnica en materia de energía eléctri-ca y alumbrado público a favor de la Municipalidad Distri- tal de San Ramón, así como en el procedimiento adminis- trativo a seguir ante las entidades correspondientes; ha-biendo obtenido hasta la fecha logros importantes en estos rubros en beneficio de la comunidad de San Ramón, conforme consta del Acta de Inspección Nº I-ELC-029-2001-06-01 de fecha 11 de junio de 2001, según la cual en la localidad de San Ramón se ha detectado once (11) deficiencias técnicas y en el sector de Campamento Chinose han detectado cinco (5) deficiencias técnicas, las mis- mas que deberán ser subsanadas por la empresa ELEC- TROCENTRO S.A. - SELVA CENTRAL en el corto plazo; Que la empresa ESCORPIO E.I.R.L. ha presentado una propuesta de honorarios profesionales hasta por la suma de S/. 3,000.00 (Son Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles),según Factura Nº 00072 por concepto de Elaboración del Expediente Técnico de Reclamos, Caídas de Voltaje, Ilu- minación de acuerdo a la Ley de Concesiones Eléctricas Nº25844 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que mediante Oferta de Servicios de fecha 14 de junio de 2001 la empresa ESCORPIO E.I.R.L. propone la suma de S/. 3,000.00 (Son Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de honorarios profesionales por la clasificación de Calles y Avenidas del distrito de San Ramón y su adecuación a lasnormas técnicas de calidad de servicio - alumbrado público de acuerdo a la Norma Técnica Nº 016-T-2/1996; Que el Concejo Municipal en su Sesión del día martes 24 de julio de 2001, teniendo en consideración lo ante- riormente expuesto y atendiendo además el monto de los honorarios profesionales de cada contrato; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración, para el presente ejercicio, del proceso de Selección de Adjudicación Directa, para la Contratación de los Servicios Personalísimosde la empresa ESCORPIO E.I.R.L. debiendo realizarse me- diante la modalidad de adjudicación de Menor Cuantía hasta por la suma de S/. 3,000.00 (Son Tres Mil y 00/100 NuevosSoles) según Factura Nº 00072 por concepto de Elaboración del Expediente Técnico de Reclamos, Caídas de Voltaje, Ilumi- nación de acuerdo a la Ley de Concesiones Eléctricas Nº 25844y su Reglamento Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Artículo Segundo.- APROBAR la exoneración, para el presente ejercicio, del proceso de Selección de Adjudi-cación Directa, para la Contratación de los Servicios Per- sonalísimos de la empresa ESCORPIO E.I.R.L. debiendo realizarse mediante la modalidad de adjudicación de Me-nor Cuantía hasta por la suma de S/. 3,000.00 (Son Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de honorarios profesionales por la clasificación de Calles y Avenidas deldistrito de San Ramón y su adecuación a las normas técnicas de calidad de servicio - alumbrado público de acuerdo a la Norma Técnica Nº 016-T-2/1996. Artículo Tercero.- Remitir el presente Acuerdo para conocimiento de la Contraloría General de la República. Artículo Cuarto.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Dado en la Casa Municipal a los veinticinco días del mes de julio de dos mil uno. GERMÁN REÁTEGUI ORBE Teniente Alcalde 28515 SEPA R ATA ESPECIAL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS AVISO La SEPARATA ESPECIAL, referente a la Mesa de Diálogo y Cooperación para las Comunidades Nativas, publicada gracias al Auspicio de la Embajada Británica - DFID, y de la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI,el día martes 24 de julio del presente año, es un documento de trabajo que deberá ser analizado por el Sector Energíay Minas y otras partes involucradas y por tanto no tiene carácter oficial. Lima, 26 de julio del 2001 28598