Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2001 (02/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de febrero de 2001

Estando a la normatividad prevista en Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, Ordenanza Nº 010-99MSS y facultad expresa prevista en el Articulo 47º, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la solicitud de la Congregacion de Hermanos Maristas del Peru, en consecuencia RATIFICAR en todos sus extremos la Resolucion Nº 136-99-MML/DMDU, de conformidad con el Plano de Replanteo de Lotizacion signado con el Nº 0612000-MSS-DDU-SDOP, en sustitucion del Plano signado con el Nº 242-97-MML-DMDU-DGO-DHU. Del area total de 28,500.00 m2, corresponde a la Primera Etapa 4,440.20 m2 y a la MORDAZA Etapa 23,809.80 m2. Del area bruta de CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS (4,440.20 m2) que constituye la Primera Etapa cuyas obras se recepcionan corresponden a area util 2,693.00 m2 que se distribuyen de la forma siguiente: MANZANA A B Nº DE LOTES 1 1 NUMERACION 1 1 TOTAL AREA 1,815.50 877.50 2,693.00 2,693.00 m2 m2 m2 m2

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MORDAZA - JULIACA VISTO, el informe Nº 001-2001-/C.E.L.P. 03-00-CELP/ MPSR-J, del 2-1-2001, emitido por el Presidente del Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 03-2000CELP/MPSRJ, asi como la carta Nº 010-2001-MPSRJ/ DIMU, del 10-1-2001, cursado por el Presidente y otro del Comite MORDAZA citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de San MORDAZA - Juliaca, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0311-00-MPSRJ/A, del 20-3-2000, y reformado por Resolucion de Alcaldia Nº 1098-2000-MPSRJ/A, del 26-10-2000, se ha designado al Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de Licitacion Publica para la Adquisicion de la Planta Asfaltadora; Que, el citado Comite y de acuerdo a la carta de visto se tiene que el dia 15 de noviembre del 2000, ha efectuado la etapa de recepcion y evaluacion tecnica de propuestas de la primera convocatoria de la Licitacion Publica Nº 032000-CELP/MPSRJ, fecha en la que el pleno del Comite Especial, respecto del ITEM III: esparcidora y/o vibroacabadora de asfalto, ha declarado desierto la adquisicion de la misma, a merito de lo establecido en el numeral 5.3 de las Bases de Licitacion, asi como lo preceptuado en el Art. 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850; esto es, que para dicho ITEM solamente se presento un postor, siendo en este caso la Empresa "Metal Tecnica S.A."; Que, en la MORDAZA etapa del MORDAZA, llevado a cabo el dia 28 de diciembre, la propuesta del postor "Metal Tecnica S.A." ha sido eliminada, por cuanto el equipo ofrecido por la misma no satisfacia las especificaciones tecnicas precisadas en las Bases de la Licitacion, y habiendo un solo postor habil, se opto por declarar desierto el MORDAZA referido, esto es, en su MORDAZA convocatoria, hecho que ha sido debidamente publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 8-1-2001; Que, en fecha 5 de enero del ano en curso, y en estricto cumplimiento de lo dispuesto por el Inc. f) Art. 19º de la Ley Nº 26850, se ha cumplido en remitir el expediente de Licitacion ante la Contraloria General de la Republica Sede Regional Arequipa-, con carta Nº 01-2001-MPSRJ/A; Que, el Inc. f) del Art. 19º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, prescribe que seran exonerados de MORDAZA de seleccion, aquellos que hayan sido declarados desiertos en dos oportunidades, como lo es el presente caso; Que, en consecuencia, resulta de aplicacion el Art. 20º de la Ley Nº 26850 que establece que "Las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Art. 19º de la Ley se realizaran mediante el procedimiento de adjudicacion directa a que se refiere el ultimo parrafo del Art. 13º de la misma Ley ..."; Estando a lo senalado, y con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y con el informe del Comite Especial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR en via de excepcion la adquisicion de una ESPARCIDORA Y/O VIBROACABADORA DE ASFALTO, la misma que debe reunir las especificaciones tecnicas contenidas y exigidas en las Bases de Licitacion Nº 03-2000-CELP/MPSRJ, por un monto referencial de: CIENTO QUINCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 115,500.00), adquisicion que se debe llevar a cabo a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, conforme lo dispone el Art. 19º y 20º de la Ley Nº 26850 y el Art. 44º de su Reglamento. Articulo Segundo.- ENCARGAR la conduccion del MORDAZA referido en el articulo precedente al Comite Especial designado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1098-2000-MPSRJ/A, del 26-10-2000. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17320

La diferencia de 1,747.20 m2 corresponde a vias publicas. El Lote 1 de la Manzana "A" con 1,815.50 m2 esta destinado para Residencia Estudiantil. El Lote 1 de la Manzana "B" con 877.50 m2 esta destinado a MORDAZA de Estudios. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Congregacion de Hermanos Maristas del Peru la libre venta de los lotes integrantes de la Primera Etapa, cuya Recepcion de Obras se otorga por la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER que la Recepcion de Obras de la MORDAZA Etapa con 23,809.80 m2 procedera cuando se concluyan con las obras de Habilitacion MORDAZA faltantes. Articulo Cuarto.- DECLARAR la vigencia de los demas articulos de la Resolucion Nº 324-97-MML-DMDU del 20.11.97, en todo aquello que no se oponga a la presente Resolucion. Articulo Quinto.- La Congregacion de Hermanos Maristas del Peru, en el plazo de 5 dias utiles contados a partir del dia siguiente de notificada con la presente Resolucion, debera efectuar su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, asumiendo el costo que demande dicha publicacion. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subdireccion de Obras Privadas y Direccion de Fiscalizacion y Control el cumplimiento de lo dispuesto en los articulos precedentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 17339

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MORDAZA
Autorizan adquisicion de esparcidora y/o vibroacabadora de asfalto mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 021-2001-MPSRJ/A Juliaca, 11 de enero de 2001

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