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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (30/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 292

TEXTO PAGINA: 190

NORMAS LEGALES Pág. 205752 Lima, sábado 30 de junio de 2001 MUNICIP ALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran de interés metropolitano el saneamiento legal de inmuebles inte- grantes del patrimonio de la Municipa- lidad ORDENANZA Nº 334 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; En Sesión de fecha 25 de junio de 2001, de acuerdo con lo opinado por la Comisión de Asuntos Legales en suDictamen Nº 210-2001-CAL-MML; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 190º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; acorde a lo cual los Concejos Municipales tienen facultad normativa en dichos asuntos; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 en su Artículo 84º establece que el Patrimonio Municipal estáconstituido por los bienes y rentas de cada municipalidad,en este contexto el Artículo 85º señala que constituyenbienes de las Municipalidades, entre otros, los inmuebles y muebles destinados a servicios públicos, locales, edificios municipales y sus instalaciones y en general, todos losadquiridos, construidos y sostenidos por la municipalidad;los que posean a título privado y que no están destinados aun servicio público; los terrenos eriazos o ribereños, ubica-dos en las áreas de expansión urbana, que les transfiera elEstado y los legados y donaciones que se hagan a su favor. Asimismo se señala en el Artículo 87º que es obligación de los Concejos Municipales, bajo responsabilidad de sus miem-bros, constituir y mantener al día el margesí de bienes; Que, acorde a lo señalado en los considerandos anterio- res, la comprensión y el ámbito de los bienes municipalesabarca tanto a los bienes destinados al uso público como a los servicios públicos, tales como plazas, parques, paseos, ala- medas, malecones, bosques, vías públicas, los intercambiosviales; provenientes de las cesiones gratuitas obligatorias,adquisiciones directas y otros instrumentos urbanísticos, losaportes reglamentarios establecidos en los procedimientosde habilitaciones urbanas, las áreas de conservación local, las de protección de las playas y otras que resulten necesa- rias para el cumplimiento del Plan de Desarrollo Metropoli-tano de Lima, así como todas aquellas que sirven a laprestación de cualquier servicio público local, tales como lasinstalaciones propias de cada servicio, las bibliotecas muni-cipales, los mercados municipales, las plantas de tratamien- to, las postas médicas, las áreas para rellenos sanitarios municipales, los paraderos y similares y en general aquellosa su cargo, cuya posesión, uso y administración ostenta; Que, con fecha 23.12.2000 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 296-MML - Régimen de Constitucióny Administración de Bienes de Uso Público en la provincia de Lima, la que no contiene disposiciones referidas al saneamiento legal, resultando necesario disponer los mecanismos adecuadospara su formalización, dentro del ordenamiento legal vigente. Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS de fecha 3.3.2001 se dispone entre otros aspectos, la creación deComisiones Provinciales de Formalización de ámbito local, que planifiquen, organicen y coordinen las labores propias de formalización, teniendo a COFOPRI como ente rector a nivelnacional en materia de formalización y catastro; Que, se ha tomado conocimiento del Convenio de fecha 26.4.2001, suscrito entre la Municipalidad Metropolitana deLima y la Comisión de Formalización de la Propiedad Infor- mal - COFOPRI, el cual responde a la necesidad de creación de mecanismos que permitan compatibilizar los avancestécnicos obtenidos en materia de formalización de la propie-dad con la descentralización que implica dicha función; en talsentido dispone regular el funcionamiento de la ComisiónProvincial de Formalización de la Propiedad Informal, presi-dida por el Alcalde Metropolitano de Lima e integrada por representantes del Instituto Metropolitano de Planificación, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de COFOPRI,de la SUNARP y del Registro Predial Urbano; En este contexto el Proyecto de Ordenanza que se postula se encuentra enmarcado dentro de los dispositivoslegales de la materia, siendo de importancia el efectuar el saneamiento legal de los inmuebles municipales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Declárese de Interés Metropolitano el Saneamiento Legal de los Inmuebles a que se alude en laparte considerativa de la presente Ordenanza, precisándoseque los mismos se encuentran en proceso de formalización. Artículo Segundo.- Reconózcase a la "Comisión Metro- politana de Formalización de la Propiedad Urbana - Lima" creada por convenio suscrito entre la Municipalidad Metropo- litana de Lima y COFOPRI de fecha 26 de abril de 2001, consujeción al Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS de fecha 3 demarzo de 2001, como el organismo responsable de declarar ycalificar a los inmuebles que se encuentran en proceso deformalización hasta su correspondiente titulación. Artículo Tercero.- Entiéndase a los planes de Desa- rrollo Urbano Metropolitano como parte estructural delOrdenamiento Legal vigente vinculado a los procesos de laPropiedad Urbana. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima S.A. (EMILIMA S.A.) para que en coordinación con las Direcciones Municipales Metropolitanas dé estricto cumplimiento a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 26 de junio de 2001 GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 26204 MUNICIP ALIDAD DE SURQUILLO Aprueban T exto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 071/MDS Surquillo, 27 de junio del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en la Sesión Extra- ordinaria de la fecha, con el voto aprobatorio de la mayoría legal de sus miembros ha dado la siguiente Ordenanza: TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Artículo Primero.- APRUÉBASE el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipa- lidad de Surquillo, así como los derechos contenidos en él; el mismo que corre como Anexo y forma parte integrante de lapresente Ordenanza. Artículo Segundo.- La Oficina de Planificación, Pre- supuesto y Racionalización realizará el seguimiento per-tinente para la ratificación de la presente Ordenanza ante la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Servicio de Administración Tributaria - SAT. Artículo Tercero.- Deróguese la Ordenanza Nº 058/ MDS del 20 de junio del 2000. Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulgación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde