Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (07/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 234667 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de diciembre de 2002 ARMAMENTO *2 MONTAJES DE 30 MM DOBLES *2 MONTAJES DE 40 MM SISTEMAS ELECTRÓNICOS *RADAR DE NAVEGACIÓN 2 RACAL DECA COMUNICACIÓN *HF, VHF, CANAL 16, UHF, SATELITAL Las actividades que efectuarán la Marina de Guerra del Perú y la Unidad de Crucero de Entrenamiento de la Fuer- za Naval de Corea compuesta por los buques de guerra y logístico "KWANGGAETO THE GREAT" – DDH 971, "JEJU" – FF 958 y "CHEONJI" – AOE 57, serán de índole protocolar en el área del puerto del Callao. 21711 PODER EJECUTIVO P C M Aprueban el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del CONSUCODE DECRETO SUPREMO Nº 127-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850 se creó el Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CON- SUCODE), como organismo público descentralizado, ads- crito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM se aprobaron el Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su nuevo Reglamento, respectivamente; Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce- dimiento Administrativo General, señala la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública de aprobar y publicar sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, en tal sentido, es necesario aprobar un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Con- sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do (CONSUCODE); De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedi- miento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), que en anexo adjunto forma parte integrante del presente De- creto. Artículo 2º.- Derogar el Decreto Supremo Nº 061-2001- PCM. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil dos. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Min istros REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.-Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL