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Pág. 215804 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de enero de 2002 cal 2002, de fecha 4 de diciembre de 2001, mediante el Decreto Supremo Nº 007-2002-EF, se autorizó la emisión de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 1 800 000 000,00 (MIL OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUE- VOS SOLES), con el objeto de promover el mercado de capitales peruanos y contribuir con el fortalecimiento de la economía nacional, precisando que la Unidad Responsa- ble de la citada emisión será la Dirección General de Cré- dito Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 018-2002- EF/75 se aprobó las características adicionales y el Re- glamento de la Colocación Primaria de la Emisión de Bo- nos Soberanos antes mencionada; Que, en el Reglamento de la Colocación Primaria de los Bonos Soberanos, aprobado por el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 018-2002-EF/75, dispuso que las características adicionales para cada tramo serán estable- cidas por la Unidad Responsable a través de la respectiva Resolución Directoral; Que, según el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 018-2002-EF/75, mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, se dictarán las medidas complementa- rias que se requieran para la aplicación de dicha norma legal; Que, es necesario aprobar las características adiciona- les de los bonos que serán subastados en el primer tramo a realizarse en el mes de enero del año en curso; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27575, la Resolución Ministerial Nº 018-2002-EF/75 y el Reglamento de la Colocación Primaria de la Emisión de Bonos Sobera- nos, aprobado por la acotada Resolución Ministerial; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El primer tramo del Programa de Emisión de Bonos Soberanos 2002, a que se refiere el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 007-2002-EF, será hasta por la suma de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA Millo- nes y 00/100 nuevos soles). Artículo 2º.- Las características adicionales del primer tramo que se indica en el párrafo precedente serán las si- guientes: Series: Serie A -Denominación :Bonos Soberanos 2002/ 18.ENE.2004 -Plazo :2 años -Monto :Hasta S/. 75 000 000,00 Serie B -Denominación :Bonos Soberanos 2002/ 18.ENE.2005 -Plazo :3 años -Monto :Hasta S/. 75 000 000,00 Condiciones aplicables a ambas series de bonos -Moneda :Nuevos Soles -Tasa de Interés :Fija -Valor Nominal de cada bono :S/. 1 000,00 (un mil y 00/100 nuevos soles) -Redención :Al vencimiento se cancelará el íntegro del capital -Mecanismo de Colocación :Subasta Pública a través de la Bolsa de Valores de Lima -Modalidad de Subasta :HOLANDESA -Variable a subastar :Tasa de interés nominal, base 360 (Cupón) -Precio de colocación :A la par -Negociabilidad :Libremente negociables -Representación :Mediante anotación en cuenta en el Registro Contable de CAVALI ICLV S.A. -Pago del Principal e Intereses :A través de CAVALI ICLV S.A. -Opción de Rescate :No tendrá opción de rescate -Fecha de Subasta :17 de enero del 2002 -Fecha de Liquidación :18 de enero del 2002 Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE F. LITUMA AGUERO Director General de Crédito PúblicoANEXO R.D. Nº 003-2002-EF/75.01 SERIE A Pago de Fecha de Fecha de Pago Interés Días Vencimiento Día Pago Día Cupón 1 N1 181 18/7/2002 Jueves 18/7/2002 Jueves Cupón 2 N2 184 18/1/2003 Sábado 20/1/2003 Lunes Cupón 3 N3 181 18/7/2003 Viernes 18/7/2003 Viernes Cupón 4 + Principal N4 184 18/1/2004 Domingo 19/1/2004 Lunes SERIE B Pago de Fecha de Fecha de Pago Interés Días Vencimiento Día Pago Día Cupón 1 N1 181 18/7/2002 Jueves 18/7/2002 Jueves Cupón 2 N2 184 18/1/2003 Sábado 20/1/2003 Lunes Cupón 3 N3 181 18/7/2003 Viernes 18/7/2003 Viernes Cupón 4 N4 184 18/1/2004 Domingo 19/1/2004 Lunes Cupón 5 N5 182 18/7/2004 Domingo 19/7/2004 Lunes Cupón 6 + Principal N6 184 18/1/2005 Martes 18/1/2005 Martes Nota: El presente cronograma supone como fecha de emisión el 18 de enero 2002. 1031 EDUCACIÓN Modifican resoluciones mediante las cuales se expidieron cédulas de cesan- tía a favor de personas naturales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2002-ED Lima, 16 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 52473-2001 y demás documen- tos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 067, del 5 de febrero de 1970, se expidió cédula de cesantía a favor de doña Luzmila León Caballero; Que, de la Partida de Matrimonio, expedida por el Con- cejo Distrital de Chacayán, se desprende que la recurren- te contrajo matrimonio con don Vicente Galjuf Manturano, el 23 de setiembre de 1964; Que, mediante el expediente del visto, la recurrente solicita se consigne su nombre correcto, que se acredita mediante la mencionada Partida de Matrimonio y su Docu- mento Nacional de Identidad, en los cuales se consigna el estado civil de la solicitante como casada, apreciándose que su nombre es doña Luzmila León Caballero de Galjuf; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de la respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil, y el Artículo 26º del mismo cuerpo legal, señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, asimismo, el Artículo 24º de la invocada norma legal, señala que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido, agregado al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 229-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95- ED y 002-96-ED; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 067, del 5 de febrero de 1970, en el sentido que el nombre co- rrecto de la recurrente es Luzmila León Caballero de Gal- juf; quedando subsistentes los demás extremos conteni-