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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2002 (20/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALESPág. 223354 Lima, lunes 20 de mayo de 2002 la Ley Nº 27470, la misma que establecía Normas Com-plementarias para la Ejecución del Programa del Vaso deLeche; Que, durante la vigencia de la Situación de Urgen-cia, la administración municipal se ha mantenido avo-cada a buscar una alternativa de solución que permitala atención del Programa del Vaso de Leche del distritoen forma plena, comprendiendo a la totalidad de losbeneficiarios, habiéndose tomado conocimiento que laCoordinadora Metropolitana de los Comités del Vaso deLeche, alcanzaron una propuesta de la ración alimenti-cia al Presidente del Consejo Superior de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, a finde cumplir con lo establecido en la Ley Nº 27470, asícomo con los valores nutricionales mínimos estableci-do por el Instituto Nacional de Salud - INS; Que, con fecha 25 de abril pasado, con Resolución Mi-nisterial Nº 711-2002-SA/DM se aprobó la Directiva deno-minada "Valores Nutricionales Mínimos de la Ración delVaso de Leche", la que fuera elaborada por el Centro Na-cional de Alimentación y Nutrición - CENAN del InstitutoNacional de Salud; Que, dentro de ese contexto, el 1 de mayo último sedictó la Ley Nº 27712, que modifica la Ley Nº 27470,específicamente el numeral 2.2 del Artículo 2º y el nu-meral 4.1 del Artículo 4º; precisando que la razón ali-menticia debe estar constituida por alimentos nacio-nales pudiendo ser prioritariamente leche en cualquie-ra de sus formas u otro producto los cuales al fin dealcanzar el valor nutricional mínimo, serán complemen-tados con alimentos que contengan un mínimo de 90%de insumos de la localidad, tales como harina de qui-nua, quiwicha, haba, maca, cebada, avena, arroz, soyay otros productos nacionales. Modificación sustancialque permite a los Programas del Vaso de Leche, efec-tuar fórmulas de preparación de raciones variadas queposibilita la atención de una mayor cantidad de benefi-ciarios, cumpliendo con los valores nutricionales míni-mos; Que, como es de observar, durante la vigencia dela Situación de Urgencia dispuesta por Acuerdo de Con-cejo Nº 019, las causas que motivaron la oposiciónde las madres al desarrollo de la primigenia LicitaciónPública Nº 001-2002-CE/MDSJL han subsistido, habien-do recién variado con la dación de la Ley Nº 27712,lo que ha permitido al Comité Especial la elaboraciónde las correspondientes bases administrativas y pro-ceder a la convocatoria de nuevo proceso de selección(Licitación Pública Nacional Nº 004-2002-CE/MDSJLpara la adquisición de productos alimenticios para elPrograma del Vaso de Leche del distrito; convocatoriaque se ha publicado el día 8 de los corrientes y quecomprende los 138,000 beneficiarios del programa dis-trital; Que, dentro de este orden de ideas se tiene que el Artí-culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº012-2001-PCM, en su inciso c) señala los casos de exo-neración de la Licitación Pública, Concurso Público o Adju-dicación Directa, estableciendo que están exoneradasaquellas adquisiciones y contrataciones que se realicen ensituación de emergencia o de urgencia declaradas de con-formidad con la presente Ley; Que, la norma acotada en su Artículo 20º, estableceademás las formalidades de los procedimientos no sujetosa Licitación Pública y Concurso Público o Adquisición Di-recta, señalando en su inciso c), que tratándose de losgobiernos locales, se deberá contar con un Informe Técni-co Legal previo y serán publicados en el Diario Oficial ElPeruano; Que, el Artículo 21º del citado Texto Único, señala tex-tualmente que: "Se considera Situación de Urgencia cuan-do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determina-do bien o servicio, compromete en forma directa e inmi-nente la continuidad de los servicios esenciales o de lasoperaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo.Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o con-tratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiem-po o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar acabo el proceso de selección que corresponda". Dispositi-vo que es concordante con lo establecido por el Artículo113º del Reglamento de la Ley supra citada aprobada porD.S. Nº 013-2001-PCM el cual dispone que las resolucio-nes o acuerdos que aprueban la exoneración de los proce-sos de selección, requieren obligatoriamente un InformeTécnico Legal previo emitido por las áreas técnicas y deasesoría jurídica de la Entidad, el mismo que contendrá lajustificación técnica legal de la adquisición o contratacióny de la necesidad de la exoneración y contemplará crite-rios de economía, tales como los costos y la oportunidad; Que, por los hechos descritos se advierte que, porcircunstancias ajenas al Programa del Vaso de Leche ya la administración municipal, que han constituido unacoyuntura nacional, extraordinaria e imprevisible, no seha podido concluir la Licitación Pública Nº 001-2002-CE/MDSJL (antes L.P. Nº 005-2001-CE/MDSJL) ni convo-car a nuevo proceso de selección oportunamente, lo quetiene como correlato el desabastecimiento de insumospara el referido programa, que amerita la toma de deci-siones inmediatas en procura de sobrellevar esta situa-ción de manera temporal, en tanto se concluya el proce-so de selección - Licitación Pública Nacional Nº 004-2002-CE/MDSJL convocado con fecha 8 de mayo del añoen curso; Que, mediante Informe Nº 1022-2002-OAJ/MSJL defecha 8 de mayo de 2002, el Director de la Oficina deAsesoría Jurídica recomienda que al confluir los presu-puestos legales establecidos por Ley, debe procedersecon la Prórroga de la Situación de Urgencia del Sumi-nistro de Productos Alimenticios del Programa del Vasode Leche, aprobada con Acuerdo de Concejo Nº019 de fecha 15 de marzo de 2002 y se autorice la ad-quisición de productos mediante Adjudicación Directa deMenor Cuantía, hasta que concluya efectivamente el pro-ceso de selección convocado; cabe precisar que estan-do a que el calendario de la Licitación Pública NacionalNº 004-2002-CE/MDSJL establece como fecha de otor-gamiento de la Buena Pro el día 10 de junio próximo, ypor ende el consentimiento de la Buena Pro y firma delContrato recién operaría el 18 de junio, salvo que se pre-sente alguna impugnación, el plazo de la prórrogarecomendada no debe ser inferior a 45 días calendario; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de lasatribuciones conferidas al Alcalde mediante Artículos 3º,10º inciso 6), 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 23853, con el voto mayoritario del pleno del Conce-jo y con la dispensa del trámite de aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la PRÓRROGA dela Situación de Urgencia del Suministro de ProductosAlimenticios del Programa del Vaso de Leche, aproba-da mediante Acuerdo de Concejo Nº 019 de fecha 15de marzo de 2002, por el término de cuarenticinco (45)días calendario. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Ad-ministración a efectuar la adquisición de productos a tra-vés del Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuan-tía. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento del pre-sente Acuerdo así como su correspondiente Informe Téc-nico Legal e Informe de la Jefatura del Programa del Vasode Leche a la Contraloría General de la República, Minis-terio de Economía y Finanzas y a la Comisión de Presu-puesto y de la Cuenta General del Congreso de la Repúbli-ca, dentro del término de Ley para los fines correspondien-tes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CLAUDIO ZÚÑIGA ESPINOZAAlcalde 9002