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Pág. 223446 NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de mayo de 2002 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Autorizan contratación de suministro de combustible para unidades móviles mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 020 Miraflores, 15 de mayo de 2002 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 5271-01 se apro- baron las Bases de la Licitación Pública para la Contratación del Suministro de Combustible para las Unidades Móviles de la Municipalidad de Miraflores durante el período del año 2002; Que, el Proceso de Selección de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2001-CE/MM fue convocado con fecha 27 de diciembre de 2001; Que, debido a que sólo quedó una propuesta válida, según se consigna en Dictamen del Comité Especial, la Licitación Pública fue declarada DESIERTA, según prevé el Artículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, habiéndose efectua- do la publicación prevista por ley, el 13 de febrero de 2002 en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario el Comercio; Que, con fecha 27 de febrero de 2002, se realizó la Segunda Convocatoria de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2001-CE/MM. Los días 3 y 4 de abril de 2002. Conforme al calendario del proceso, se realizaron los Actos Públicos de la Presentación de Propuestas y el Otorgamiento de la Buena Pro, respectivamente, con la presencia de un representante de la Oficina de Auditoría Interna, habiéndose presentado las siguientes empresas: - COESTI S.A.C. - ASESORÍA COMERCIAL S.A. - CONSORCIO ALEOIL S.A.C. - GIFE S.A. Que, evaluadas y calificadas las propuestas, tanto técnicas como económicas, conforme a los puntajes obtenidos, se otor- gó la Buena Pro al CONSORCIO ALEOIL S.A.C. - GIFE S.A.; Que, dicha propuesta fue constatada por el represen- tante de la Oficina de Auditoría Interna quien ha cumpli- do con remitir su informe a la Contraloría General de la República, conforme a la Directiva Nº 06-2001-CG (Parti- cipación y Suministro de Información de los Órganos de Auditoría Interna en los Actos Públicos de Otorgamiento de la Buena Pro en los Procesos de Adquisiciones y Con- trataciones), aprobada por Resolución de Subcontralor Nº 021-2001-CG de fecha 11 de abril de 2001; Que, habiendo quedado consentida y firme la Buena Pro de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2001-CE/MM el 11 de abril de 2002 por presentación extemporánea del recurso impugnativo; con fecha 17 de abril de 2002, se publicó la Buena Pro en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario el Comercio; por lo que con fecha 19 de abril de 2002 se suscribió el Contrato de Suministro correspon- diente, con vigencia a partir del día siguiente de suscrito; Que, con fecha 3 de mayo de 2002 la empresa Coesti S.A. ha interpuesto Recurso de Revisión ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del CONSUCO- DE por impugnación al otorgamiento de la Buena Pro de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2001-CE/MM, habién- dose corrido traslado mediante Cédula de Notificación Nº 5585/2002.TC recibida el 8 de mayo de 2002 por la Oficina de Trámite Documentario; disponiendo dicho Tribunal remi- tir los antecedentes administrativos completos, así como a suspender el proceso de selección ya descrito; Que, estando en trámite un Recurso de Revisión, el proceso de selección debe quedar suspendido en aten- ción a lo dispuesto por el Artículo 183º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; lo que ha sido ratificado por el Tribunal de Contratacionesy Adquisiciones del Estado con Resolución de fecha 10 de mayo de 2002, notificada el 14 de mayo de 2002; Que, en este sentido, de acuerdo al Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado se considera situación de urgen- cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma direc- ta e inminente la continuidad de un servicio esencial; lo que se aprecia en el presente caso con la imposibilidad de continuar con el suministro de combustible a las uni- dades vehiculares de la Municipalidad por parte de la empresa con la que se había celebrado contrato; Que, dicha situación faculta a la Entidad a la adquisi- ción o contratación de bienes, servicios u obras mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía sólo por el tiem- po o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección definitivo que corresponda; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que ta- les adquisiciones, para el caso de los Gobiernos Locales sólo se aprueban mediante Acuerdo del Concejo Municipal; Que, como consecuencia de lo expuesto, es necesa- rio que mediante Acuerdo de Concejo se autorice la contratación del Suministro de Combustible para las Uni- dades Móviles de la Municipalidad de Miraflores, mediante el procedimiento establecido por el Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do y su Reglamento, para Procesos de Adjudicación de Menor Cuantía por Exoneración, por un período de dos (2) meses, a partir del 17 de mayo y hasta el 17 de julio de 2002 del presente, en tanto el Tribunal de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado emita su pronunciamiento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo por Mayoría y, con dispensa del trámite de apro- bación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgen- cia la contratación del Suministro de Combustible para las Unidades Móviles de la Municipalidad de Miraflores, exonerando del proceso de Licitación Pública. Artículo Segundo.- Autorizar la realización de un pro- ceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía por Exo- neración, para la contratación del Suministro de Com- bustible para las Unidades Móviles de la Municipalidad de Miraflores, por un período de dos meses a partir del 17 de mayo de 2002, por un monto de S/. 360,000.00; en tanto el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se pronuncie respecto de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2001-CE/MM - Segunda Convocatoria. Artículo Tercero.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial y remitir copia del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloría General de la República. Regístrese, publíquese y cúmplase. GERMÁN KRUGER ESPANTOSO Alcalde 9067 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Convenio Subsi- diario Relativo a la Segunda Fase del Proyecto Manejo Sostenible de Suelos y Aguas en Laderas, realizado median- te Intercambio de Notas con la Confe- deración Suiza De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/119 comunica que el referido Convenio, suscrito mediante intercambio de Notas de fe- chas 5 de diciembre de 2001 y 25 de febrero de 2002, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 042-2002-RE de 15 de abril de 2002 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de mayo de 2002, entró en vigencia el 25 de febrero de 2002 . 9051