Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2002 (31/05/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 100

Pag. 223998

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 31 de MORDAZA de 2002

manera erronea el nombre y apellido de dos integrantes del Comite Electoral; Que, en merito a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6), la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- Rectificar el Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 004-2002-MDT-A, en cuanto al nombre y apellido de dos miembros del Comite Electoral: Dice: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azearate, debe decir: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azcarate; Dice: don MORDAZA Isais MORDAZA MORDAZA, debe decir: don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Avalo. Articulo Segundo.- Comuniquese a la Direccion Municipal, a la Unidad de Secretaria General, al Comite Electoral y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para su conocimiento y fines legales consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9490

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA TINGUINA
Autorizan adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO Nº 012-2002-MDLT
La Tinguina, 20 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA TINGUINA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Tinguina en Sesion Extraordinaria de fecha 17 de MORDAZA de 2002, Visto el Informe Nº 011-2002-MDLT/UA, de la Unidad de Administracion, y el Informe Legal Externo Nº 004-A.L.E.-MDLT-2002; sobre urgencia de adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, segun lo previsto por la Ley Nº 26637 y la Ley Nº 27470, que establecen normas referidas a la administracion y ejecucion del Programa del Vaso de Leche; el 26 de marzo de 2002 el Comite de Administracion del PROVAL de La Tinguina, previo acuerdo de los Comites de Base, aprobo adquirir leche evaporada entera y hojuelas de quinua y MORDAZA, para el periodo marzo a diciembre de 2002; siendo el importe de tal adquisicion ascendente a S/. 207,030.00; a la cual correspondia el procedimiento de Adjudicacion Directa Publica; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 41A-2002-MDLT/ ALC, del 16 de MORDAZA de 2002, modificada por Resolucion de Alcaldia Nº 051-2002-MDLT/ALC, del 22 de MORDAZA de 2002, se conformo el Comite Especial de la Municipalidad de La Tinguina encargado de conducir el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 01-2002-ADP, el cual, de acuerdo al Calendario del MORDAZA, debia evaluar las propuestas y otorgar la Buena Pro el 10 de MORDAZA de 2002; Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto del Aviso de Convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 01-2002-ADP, con Oficio Nº 1072-2002(GTN/MON), comunico que de acuerdo a lo previsto por el numeral 4) del Articulo 7º del D.S. Nº 0132001-PCM, y el ultimo parrafo del numeral 2) de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 022-2001-

CONSUCODE(PRE) aprobada por Resolucion Nº 200-2001CONSUCODE(PRE), dicho acto se encontraba viciado de nulidad absoluta, desde su inicio; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 058-2002-MDLT/ ALC, del 10 de MORDAZA de 2002, de conformidad con el Articulo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Articulo 26º del D.S. Nº 013-2001PCM se declaro la nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 01-2002-ADP, la misma que fuera publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de MORDAZA de 2002; Que, con Informe Nº 011-2002-MDLT/UA; la Unidad de Administracion comunica que por tal situacion imprevisible se debera convocar a un MORDAZA MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, lo que nos permite acudir a la aplicacion de lo previsto en el Articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, configurandose una situacion de urgencia para la atencion del Programa del Vaso de Leche por los meses de marzo y MORDAZA del ano en curso; siendo el importe de la adquisicion de dichos meses ascendente a S/. 41,406.00; Que, la Asesoria Legal Externa, mediante el Informe Legal Externo Nº 004-A.L.E.-MDLT-2002, respecto de la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa de productos para el Programa del Vaso de Leche, por situacion de urgencia, es de opinion que resulta procedente, pero solo por el periodo marzo y MORDAZA, debiendo convocarse a MORDAZA de seleccion por el periodo restante; de MORDAZA a diciembre de 2002; Estando a lo informado, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y los Articulos 10º y 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta y del Dictamen de Comisiones, por mayoria, el Concejo; ACUERDA: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia, por el termino de treinta (30) dias, la adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche del distrito de La Tinguina. Articulo 2º.- Exonerar a la Municipalidad de La Tinguina del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion de 18,251.2 unidades de latas de 410 gramos de leche evaporada entera hasta por el valor referencial de S/. 32,852.00 y 3,421.6 kilogramos de hojuelas de quinua y MORDAZA hasta por el valor referencial de S/. 8,554.00; que hacen un valor total de S/. 41,406.00 (cuarenta y un mil cuatrocientos seis y 00/100 Nuevos Soles) para ser utilizados en el Programa del Vaso de Leche del distrito de La Tinguina. Articulo 3º.- La adquisicion de los productos alimenticios a que se refiere el Articulo 1º del presente Acuerdo se realizara con cargo a la fuente de financiamiento donaciones y transferencias del Presupuesto del Ano 2002 de la Municipalidad de La Tinguina. Articulo 4º.- Autorizar al Comite Especial Permanente de la Municipalidad Distrital de La Tinguina, realizar la adquisicion de los productos alimenticios a que se refiere el Articulo 1º del presente Acuerdo, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 5º.- De conformidad con el Articulo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM la adquisicion de los productos alimenticios a que se refiere el Articulo 1º del presente Acuerdo debera cumplir con los requisitos establecidos en las Bases de la Adjudicacion Directa Publica Nº 01-2002-ADP. Articulo 6º.- Encargar a la Unidad de Secretaria General poner; el presente Acuerdo asi como el Informe Tecnico y el Informe Legal; en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9797

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.