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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (07/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G36/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de diciembre de 2003 Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuen- te de Financiamiento y Grupo Genérico del Gasto(Formato Nº 02A). El citado reporte, se constituye en el documento técni- co que expresa el resultado final de los trabajos de lasFases de Programación y Formulación de los Presu- puestos Institucionales de Apertura (PIA). b) La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre la base del reporte "Aprobación Insti-tucional del Presupuesto para el Año Fiscal 2004", des- agrega la información complementaria del año fiscal 2004, en los Formatos y Anexos establecidos en elCuadro Nº 01 "Formatos, Anexos y Modelo para la Aprobación del Presupuesto para el Año Fiscal 2004" que forman parte de la presente Directiva y que se encuentran habilitados en el "Sistema de Informa- ción Financiera Presupuestal - ETEs" a través de Inter- net. En este sentido, el Jefe de la Oficina de Presupuesto y el Contador General son responsables de efectuar la actualización de la proyección de los Estados Finan- cieros, Flujo de Caja y de los Anexos correspondien-tes. c) El desagregado en los Formatos y Anexos señala- dos anteriormente, debe registrarse en númer os en- teros. d) El Titular de la Entidad aprueba, mediante Resolu- ción, el Presupuesto Institucional de Apertura parael Año Fiscal 2004, según el Modelo Nº 01 que for- ma parte de la presente Directiva. En aquellos ca- sos que el Presupuesto sea aprobado por Acuerdode Directorio, éste deberá contener el desagregado que señalan los artículos 1º y 2º del Modelo Nº 01 de la presente Directiva. Forman parte de la Resolución de Aprobación, el reporte señalado en el inciso a), así como los For- matos y Anexos contenidos en el Cuadro Nº 01, losmismos que serán suscritos por el Titular de la Enti- dad, el Jefe de la Oficina de Presupuesto y el Con- tador General, o quienes hagan sus veces en laEntidad. Artículo 8º.- Plazo de Aprobación y Presentación del Presupuesto Institucional de Apertura El Titular de la Entidad aprueba a más tardar el 31 de diciembre del año fiscal 2003 , bajo responsabilidad, el Presupuesto Institucional de Apertura para el AñoFiscal 2004. La Información de Aprobación Institucional a que se re- fiere el inciso d) del artículo 7º, son presentados a mástardar el 8 de enero del año fiscal 2004 a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General dela República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Artículo 9º.- Registro de Información del Presupuesto de Apertura Las Entidades de Tratamiento Empresarial deben efectuar el registro de la Información Presupuestaria en el "Siste- ma de Información Financiera Presupuestal - ETEs" el cual se encuentra disponible en la siguiente página web: http://apps.mef .gob.pe/dnppetes/inde x.html. El registro de la información por este medio, no exime a laEntidad de la obligación de la presentación a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, señalada en el artículo8º, de los Formatos y Anexos contenidos en el Cuadro Nº01los cuales serán impresos del "Sistema de Información Fi- nanciera Presupuestal - ETEs". CAPÍTULO IV ACCIONES DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD DEL TITULAR DE LA ENTIDAD Y LA OFICINA DE PRESUPUESTO Artículo 10º.- Responsabilidad en las Acciones de Con- trol El Órgano de Control Interno es responsable de evaluar que las acciones efectuadas por la Entidad, se hayan rea- lizado en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Directiva. Artículo 11º .- Responsabilidad del Titular de la Entidad Para efecto de las acciones que se desarrollen durante la fase de aprobación presupuestal, le corresponde al Titular de la Entidad o quien haga sus veces, la res-ponsabilidad de revisar y aprobar el Presupuesto Insti- tucional de Apertura del Año Fiscal 2004, presentada por la Oficina de Presupuesto o quien haga sus vecesen la Entidad. Artículo 12º .- Responsabilidad de la Oficina de Presu- puesto La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, es responsable de la coordinación, seguimiento y control del registro de la información de Aprobación Institucional así como de su presentación a los Organismos correspondien-tes. Artículo 13º .- Carácter de Declaración Jurada Todos los documentos que se presenten ante la Dirección Nacional del Presupuesto Público tienen carácter de De-claración Jurada. CAPÍTULO V DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Artículo 14º.- Entidades no consideradas en el Anexo A Las Entidades no consideradas en el Anexo A de la pre- sente Directiva que inicien o efectúen operaciones duranteel año fiscal 2004, regulan su aprobación presupuestaria a lo establecido en la presente Directiva y a los lineamientos que para el efecto establezca la Dirección Nacional delPresupuesto Público. Artículo 15º.- IncumplimientoEl incumplimiento de la presente Directiva implica respon- sabilidad del Titular de la Entidad, del Jefe de la Oficina dePresupuesto o el que haga sus veces y de los jefes de las áreas involucradas, dando lugar a las sanciones adminis- trativas aplicables, sin perjuicio de la responsabilidad civilo penal a que hubiere lugar, conforme lo establece el artí- culo 47º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuesta- ria del Estado. Asimismo el mencionado incumplimiento, dará lugar a las siguientes acciones: a) Incumplimiento por primera vez: Amonestación por es- crito a la Entidad con copia a la Contraloría General de la República. b) Incumplimiento por segunda vez: Publicación en el Diario Oficial El Peruano de la falta incurrida, así como el nombre de la Entidad, dando cuenta a laContraloría General de la República, a efecto que determine la responsabilidad administrativa a que hubiere lugar.