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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2003 (17/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

PÆg. 237474 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de enero de 2003 Regístrese, comuníquese y publíquese. ALICIA DE LA ROSA BRACHOWICZ Directora GeneralDirección General de Sanidad Vegetal 00832 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA - SENASA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010-2003-AG-SENASA-DGSV Lima, 14 de enero de 2003CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricul- tura, ha sido creado el Servicio Nacional de Sanidad Agraria(SENASA) encargado de desarrollar y promover la participa-ción de la actividad privada para la ejecución de los planes yprogramas de prevención, control y erradicación de plagas yenfermedades que inciden con mayor significación socioeco- nómica en la actividad agraria, a su vez es el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 17º del Re- glamento de Organización y Funciones del Servicio Na-cional de Sanidad Agraria (SENASA), aprobado por De-creto Supremo Nº 24-95-AG, la Dirección General de Sa- nidad Vegetal tiene, entre otras funciones, la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalización de los in-sumos de uso agrícola tales como semillas y agroquími-cos, así como conducir el registro de las empresas pro-ductoras y/o comercializadoras de estos insumos ; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, se aprue- ba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguici- das Químicos de Uso Agrícola, disponiéndose la aperturadel registro correspondiente y la publicación mensual delos registros efectuados; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento aco- tado dispone que en tanto no se disponga de la reglamentación específica para el Registro y Control de Productos Biológicos y Microbiológicos se aplicarán las disposiciones referentes alregistro de éstos, contenidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG, con los requisitos que le sean aplicables; Que, por Memorándum Nº 0012-2003 -AG-SENASA- DGSV-DIA, de fecha 07 de Enero del 2003, la Dirección de Insumos Agrícolas, ha remitido el listado de Plaguicidas Biológicos de Uso Agrícola registrados en el mes de Di-ciembre del presente. Estando a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Vegetal, mediante Resolu-ción Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 53º del Reglamento Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, aproba-do por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, el Decreto Su-premo Nº 24-95-AG; y con la visación de la Directora Ge-neral de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Lista de Plaguicidas Biológicos deUso Agrícola, registrados en el mes de diciembre del 2002,por la Dirección General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Ministerio de Agricultura, cuya relación es la siguiente: NOMBRE INGREDIENTE Nº CLASE P AÍS DE TITULAR DEL COMERCIAL ACTIVO Reg. PBUA ORIGEN REGISTRO DIPEL 2X Bacillus 011-SENASA INSECTICIDA EE.UU. BA YER S.A. thuringiensis var. Kurstaki Regístrese, comuníquese y publíquese. ALICIA DE LA ROSA BRACHOWICZ Directora GeneralDirección General de Sanidad Vegetal 00833ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan y aprueban donaciones efec- tuadas a favor del Despacho Presiden- cial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2003-EF Lima, 13 de enero de 2003CONSIDERANDO: Que, Fujimori Daitoryo Shien No Kai, Itoen Ltd. y Dona- ted Blood Distribution Corporation, de Japón han efectua-do donaciones a favor del Gobierno del Perú - DespachoPresidencial consistentes en vehículos usados; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con elImpuesto General a las Ventas, la importación o transfe-rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor deEntidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artícu- lo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto Gene- ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el DecretoSupremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, la donación efectuada por Fujimori Daitoryo Shien NoKai de Japón, a favor del Gobierno del Perú - DespachoPresidencial, consistente en 1 camión usado cuyas carac-terísticas se encuentran detalladas en el Anexo I que for- ma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de ¥ 700 000,00 (Setecientos Mil y 00/100 Ye-nes), según Carta de Donación de fecha 9 de junio de 1999. Artículo 2º.- Aceptar y aprobar, en vía de regularización, las donaciones efectuadas por Itoen Ltd. de Japón, a favor delGobierno del Perú - Despacho Presidencial, consistentes en 49 carros usados cuyas características se encuentran detalla- das en el Anexo II que forma parte de la presente ResoluciónSuprema, con un valor aproximado de ¥ 4 240 000,00 (CuatroMillones Doscientos Cuarenta Mil y 00/100 Yenes), según Car-tas de Donación de fecha 4 de junio de 1999. Artículo 3º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, la donación efectuada por Donated Blood Distribution Corporation de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Des-pacho Presidencial, consistente en 2 carros usados cuyascaracterísticas se encuentran detalladas en el Anexo III queforma parte de la presente Resolución Suprema, con unvalor aproximado de ¥ 120 000,00 (Ciento Veinte Mil y 00/ 100 Yenes), según Carta de Donación de fecha 30 de mar- zo de 1999 y un peso aproximado de 1 840 kgs., segúnConocimiento de Embarque Nº KWZC-11 de H U A L AS. Artículo 4º.- Compréndanse a las donaciones citadas en los artículos anteriores dentro de los alcances del inci-so k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de la Repú-blica, dentro de los plazos establecidos. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas