Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2003 (07/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 7 de MORDAZA de 2003

inicie, prosiga y culmine las acciones legales pertinentes; contra el SO2 MA (R) don MORDAZA MORDAZA URENA MORDAZA, para el cobro de los gastos irrogados por concepto de administracion, alimentacion, vestuario, propinas y cualquier otro gasto extraordinario que hubiera percibido, en su formacion militar en la Escuela Tecnica del Ejercito. Articulo 2º.- Remitase los antecedentes al senor Procurador Publico del Ministerio de Defensa, encargado de los Asuntos Judiciales del Ejercito, a fin de que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 12660

ECONOMIA Y FINANZAS
Comunican montos estimados a considerar por el Fondo de Compensacion Municipal y aquellos asociados al Programa del Vaso de Leche y a transferencias provenientes del MORDAZA de descentralizacion a que se refieren los DD.SS. Nºs. 036 y 060-2003-PCM
OFICIO CIRCULAR Nº 003-2003-EF/76.15.2 MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2003 Senor MORDAZA Presente.Tengo el agrado de dirigirme a usted, en relacion al Oficio Circular Nº 001-2003-EF/76.15.2, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el dia 23 de junio del 2003, mediante el cual se le comunico, en concordancia con lo dispuesto en la Directiva Nº 0102003-EF/76.01 aprobada por Resolucion Directoral Nº 020-2003EF/76.01, los montos a considerar en la estimacion de los Recursos Publicos a ser transferidos a los Gobiernos Locales por las MORDAZA de Financiamiento 01 Canon y Sobrecanon (Canon y Sobrecanon Petrolero, Canon Minero, Canon Gasifero, Canon Hidroenergetico, Canon Pesquero y Canon Forestal) y 03 Participacion en Renta de Aduanas para la Programacion y Formulacion Presupuestaria correspondiente al Ano Fiscal 2004. Al respecto, considerando lo establecido en los articulos 15º y 16º de la Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2004, que determina normas de caracter tecnico operativo y responsabilidades, para el cumplimiento del MORDAZA presupuestario en las fases de Programacion, Formulacion y Aprobacion; la misma que es de aplicacion obligatoria de todas las Municipalidades Provinciales y Distritales durante el Ano Fiscal 2004, le comunicamos mediante el Anexo adjunto, los montos estimados a considerar por la Fuente de Financiamiento: 07 Fondo de Compensacion Municipal, asi como aquellos asociados al Programa del Vaso de Leche y a las transferencias provenientes del MORDAZA de descentralizacion a que se refieren los Decretos Supremos Nº 036-2003-PCM y Nº 060-2003-PCM y normas complementarias, los que deben ser considerados en la Programacion y Formulacion Presupuestaria correspondiente al Ano Fiscal 2004. Estos montos han sido estimados sobre la base de criterios de poblacion, pobreza, necesidades basicas insatisfechas y desnutricion infantil, a partir de los cuales se han generado indices que estan publicados en la Web del Ministerio de Economia y Finanzas : h t t p : / / w w w. m e f . g o b. p e / p r o p u e s t a / D G A E S / presentaciondgaes.php Con relacion a las estimaciones MORDAZA senaladas, cabe efectuar las siguientes precisiones: Respecto al Fondo de Compensacion Municipal, como se puede apreciar en el anexo adjunto, se muestra por separado la asignacion que por este concepto corresponde a la provincia para acciones de ambito provincial y la asignacion que corresponde a las municipalidades distritales, incluido el municipio del distrito capital, a fin de establecer con claridad las asignaciones presupuestarias referenciales para la ejecucion de las acciones (gasto corriente y gasto de capital) que se van a considerar en los Planes de Desarrollo Provincial y Distrital, de forma tal que MORDAZA consistentes con el MORDAZA de programacion participativa en el cual los gobiernos locales participan en la programacion y promueven el debate y la concertacion de sus Planes de Desarrollo.

En cuanto al MORDAZA de transferencias de recursos y la fusion de los programas sociales a que se refieren los Decretos Supremos Nº 036-2003-PCM y Nº 060-2003-PCM, respectivamente, asi como sus normas complementarias; se ha considerado en la distribucion de dichas transferencias a los Gobiernos Locales, las transferencias de los Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza asi como las vinculadas a los Proyectos de Infraestructura Social y Productiva, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion. Cabe destacar que la ejecucion de estos recursos en el ano 2004 se sujetara a lo estipulado en los respectivos Planes de Desarrollo Provincial y Distrital, al MORDAZA participativo del presupuesto y a la vigilancia de la sociedad civil representada en los Consejos de Coordinacion Local, Provincial y Distrital. Asimismo, la ejecucion de estas transferencias se sujetara a la suscripcion de Convenios de Gestion con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, que seran normados por las Directivas y lineamientos que oportunamente se aprobaran para tal efecto, las cuales incluiran tambien los procedimientos para la adquisicion y distribucion en el caso de alimentos y demas bienes que se adquieran con estos recursos a fin de garantizar el aprovechamiento de las economias de escala y de alcance que se obtendran al efectuar compras conjuntas a nivel provincial, bajo responsabilidad del Titular del Pliego. Los recursos del Programa del Vaso de Leche asi como aquellos derivados de las transferencias para proyectos de infraestructura social y productiva y transferencias nutricionales y de asistencia solidaria (comedores, alimentos por trabajo y hogares y albergues; y transferencias para otras acciones nutricionales y de asistencia solidaria) efectuados en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion a que se refieren los Decretos Supremos Nº 036-2003-PCM y Nº 0602003-PCM y normas complementarias, constituyen autorizaciones maximas de gasto con cargo a los recursos del Tesoro Publico, que se transferiran para el financiamiento de los proyectos de infraestructura social y productiva, asi como para programas nutricionales y de asistencia alimentaria para el ambito geografico de su Municipalidad. En este sentido, estos recursos solo pueden ser destinados a estos fines. Respecto al MORDAZA de programacion y formulacion presupuestaria 2004, los recursos estimados por dichas transferencias seran consignados en la fuente de financiamiento 13 Donaciones y Transferencias de acuerdo al siguiente detalle: Pautas especificas para el Registro de los Ingresos: a) Programa del Vaso de Leche Los recursos del Programa del Vaso de Leche se consignan en el Formato A-1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias, utilizando la siguiente Cadena del Ingreso:
Cadena del Ingreso 3.0.0 3.1.0 3.1.2 3.1.2.001 Concepto Transferencias Transferencias Internas: del Sector Publico Programa Vaso de Leche

b) Transferencias para Proyectos de Infraestructura Social y Productiva Las transferencias para proyectos de infraestructura social y productiva, se consignan en el Formato A-1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias, utilizando la siguiente Cadena del Ingreso:
Cadena del Ingreso 3.0.0 3.1.0 3.1.2 3.1.2.034 Concepto Transferencias Transferencias Internas: del Sector Publico Transferencias para Proyectos de Infraestructura Social y Productiva

c) Transferencias para Comedores, Alimentos por Trabajo y Hogares y Albergues Las transferencias para comedores, alimentos por trabajo y hogares y albergues se consignan en el Formato A1/GL: Presupuesto de Ingresos, unicamente en la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias, utilizando la siguiente Cadena del Ingreso:
Cadena del Ingreso 3.0.0 3.1.0 3.1.2 3.1.2.035 Concepto Transferencias Transferencias Internas: del Sector Publico Transferencias para Comedores, Alimentos por Trabajo y Hogares y Albergues

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