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PÆg. 248937 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de julio de 2003 resultando necesario dar por concluida la designación mencionada; Que, en consecuencia se hace necesario designar al nuevo Gerente de la Gerencia Local de Piura del Progra-ma Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIM-DES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, la designación del señor TEODULFO VALLE CULQUICÓNDOR, en el car-go de Gerente de la Gerencia Local de Piura del Progra-ma Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA,Organismo Público Descentralizado del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social - MIMDES. Artículo 2º.- Designar, a la señora HERLINDA RIVE- RA LUZÓN, en el cargo de Gerente de la Gerencia Localde Piura del Programa Nacional de Asistencia Alimenta-ria - PRONAA, Organismo Público Descentralizado delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 14102 PRODUCE Conceden plazo para culminación de labores de la Comisión TØcnica de Tra-bajo para la Implementación del Plande Recuperación del Recurso Merluza RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 274-2003-PRODUCE Lima, 24 de julio de 2003 CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Ministerial Nº 173-2002- PRODUCE del 15 de noviembre del 2002 y su ampliato-ria dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 100-2003-PRODUCE del 13 de marzo del 2003, se constituyó laComisión Técnica de Trabajo para la Implementación delPlan de Recuperación del Recurso Merluza, la cual está integrada por los representantes del Ministerio de la Pro- ducción, Instituto del Mar del Perú - IMARPE, SociedadNacional de Pesquería, Asociación Nacional de Pesque-ría para Consumo Humano, Sindicato de Pescadores dePaita, Asociación Pesquera de la Región Grau y Sindica-to de Pescadores de Barcos Arrastreros y Arrastreros Factoría del Perú; quienes tienen la responsabilidad de presentar a la Alta Dirección del Ministerio de la Produc-ción el citado Plan de Recuperación, el mismo que com-prenderá el manejo pesquero que deberá adoptarse entorno a este recurso; Que en la Resolución Ministerial Nº 173-2002-PRO- DUCE se otorgó un plazo de ciento veinte (120) días con- tados a partir del día siguiente de la fecha de su publica-ción, debiendo al término de este plazo presentar a laAlta Dirección del Ministerio de la Producción, el Plan deRecuperación del Recurso Merluza; plazo que ya venciócon fecha 29 de mayo del 2003, siendo necesario conce- der a dicha Comisión un período de treinta (30) días há- biles con el objeto de culminar el trabajo encomendadopor la misma; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo modificado por laLey Nº 27779; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría;SE RESUELVE: Artículo Único.- Concédase un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fe-cha de publicación de la presente Resolución Ministerial,para que la Comisión Técnica de Trabajo conformada por la Resolución Ministerial Nº 173-2002-PRODUCE y su ampliatoria establecida por la Resolución MinisterialNº 100-2003-PRODUCE culmine con el trabajo técnicoencomendado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLO Ministro de la Producción 14121 Modifican resolución que autorizó verificación de capacidades de opera-ción instaladas en plantas de pro-cesamiento de harina de pescado con licencia vigente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2003-PRODUCE Lima, 25 de julio del 2003 CONSIDERANDO: Que el artículo 10º de la Ley General de Pesca - Decre- to Ley Nº 25977, establece que el ordenamiento pesque-ro es el conjunto de normas y acciones que permitenadministrar una pesquería sobre la base del conocimien- to actualizado de sus componentes biológicos-pesque- ros, económicos y sociales; tal ordenamiento debe darseen las diferentes fases de la actividad pesquera, entrelas que se encuentra la del procesamiento cuya finalidades obtener productos elaborados y/o preservados; Que por Resolución Ministerial Nº 190-2002-PRODU- CE del 26 de noviembre del 2002, se autorizó a la Direc-ción Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, a efectuar la verificación de las capacidades de operación instaladas en las plan-tas de procesamiento de harina de pescado entero y deharina de pescado residual, que cuenten con licencia deoperación vigente, otorgada por el Ministerio de Pesque-ría, actualmente Ministerio de la Producción, conforme al listado publicado en los Anexos IV-A, IV-B y IV-C, res- pectivamente, de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE; Que siendo la finalidad de la verificación de las capaci- dades de operación instaladas en las plantas de procesa-miento contar con información actualizada para el esta-blecimiento de medidas de ordenamiento en la fase delprocesamiento de la actividad pesquera, orientado al desarrollo sostenido de la actividad pesquera, mediante el uso racional de los recursos hidrobiológicos, preser-vando el medio ambiente, promoviendo a la vez su máxi-mo aprovechamiento económico mediante la innovacióntecnológica en los procesos y mayor valor agregado enlos productos, deviene necesario ampliar la cobertura de la verificación además de las plantas de harina de pes- cado y harina de pescado residual, a las plantas de enla-tados, congelados y curados, así como establecer nue-vas medidas respecto al financiamiento y al plazo para laejecución de las actividades de la verificación de las ca-pacidades de operación instaladas en las plantas de pro- cesamiento; De conformidad a las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría;