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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (23/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 2

PÆg. 246476 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de junio de 2003 PODER EJECUTIVO DEFENSA Nombran Directores de Economía y de Administración del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 971-DE/SG Lima, 20 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 28º del Reglamento de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 004-DE/SG de fecha 19.febrero.2003, dispone que laDirección de Economía, es un Órgano integrante del Vicemi-nisterio de Asuntos Administrativos y Económicos; Que, el artículo 29º del Reglamento en mención, dispone que la Dirección de Economía, es el Órgano encargado de nor-mar, coordinar y supervisar la realización de las fases de formu-lación, aprobación, ejecución, evaluación y control presupuesta-rio por toda fuente de financiamiento del Pliego Ministerio deDefensa y del Sector, así como de los Sistemas de Contabilidad; Que, por necesidad del servicio es conveniente nombrar al funcionario de confianza que desempeñará dicho cargo; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y de-signación de funcionarios públicos, establece entre otros,que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titu-lar de la Entidad que corresponda se dispone el nombra-miento de los funcionarios con cargo de confianza; y, De conformidad con la Ley Nº 27594 y la Ley Nº 27860 y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar, a partir del 21.febrero.2003, al Capitán de Navío Fernando PALOMINO MILLA, comoDirector de Economía del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 11723 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 972-DE/SG Lima, 20 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 28º del Reglamento de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 004-DE/SG de fecha 19.febrero.2003, dispone que laDirección de Administración, es un Órgano integrante del Vi-ceministerio de Asuntos Administrativos y Económicos; Que, el artículo 32º del Reglamento en mención, dis- pone que la Dirección de Administración, es el Órgano res-ponsable de organizar, dirigir, coordinar y controlar el em-pleo de los recursos económicos y financieros asignadosa las Unidades Ejecutoras a su cargo; Que, por necesidad del servicio es conveniente nombrar al funcionario de confianza que desempeñará dicho cargo; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento ydesignación de funcionarios públicos, establece entre otros,que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titu-lar de la Entidad que corresponda se dispone el nombra-miento de los funcionarios con cargo de confianza; y, De conformidad con la Ley Nº 27594 y la Ley Nº 27860 y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar a partir de la fecha, a la Ing. Rosa Mariela ARAMBURÚ GARCÍA, como Directora deAdministración del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 11724AGRICULTURA Incluyen diversos ítems en la Guía de Servicios del SENASA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 131-2003-AG-SENASA Lima, 18 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM publicado el 18 de julio del año 2001 faculta al Titular de las Entida-des del Sector Público, establecer mediante Resolución ladescripción clara y precisa de los bienes y/o servicios queson objeto de comercialización por parte de la Entidad, lascondiciones y limitaciones para su comercialización si lashubiera y el monto del precio expresado en porcentaje dela U.I.T. y su forma de pago; Que, para efectos de lo establecido en el presente dis- positivo, se entiende por Actividades Comerciales, la ven-ta o alquiler de bienes o servicios que no son suministra-dos en exclusividad por el SENASA, referidas a las activi-dades que el SENASA brinda a solicitud de los usuariosque deseen obtener tal servicio y que generalmente se brin-dan en condiciones de competencia; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 020-2002-AG- SENASA de fecha 24 de enero del año 2002 se aprobaronlos precios que cobrarán las dependencias del ServicioNacional de Sanidad Agraria- SENASA, por la comerciali-zación de bienes, productos y servicios, cuya relación fi-gura en el Anexo adjunto denominado Guía de Servicios; Que, mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs 232- 2002-AG-SENASA, 245-2002-AG-SENASA y 065-2003-AG-SENASA, se modificó la Resolución acotada anteriormen-te, incluyéndose precios por nuevos servicios que brinda-ría el SENASA, referidos a cursos de capacitación e irra-diación de semilla de molle y harina de maca; Que en armonía con la política de racionalización del SENASA y de acuerdo a lo establecido por el Decreto Su-premo al que se hace referencia en el primer consideran-do, es necesario actualizar la información referida a losservicios que brinda la Institución, a efectos de atendernuevos requerimientos de nuestros usuarios; referidos aservicios bajo condiciones de competencia abierta y queno constituyen Procedimientos Administrativos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Marco de Sanidad Agraria – Ley Nº 27322, Reglamento de Organiza-ción y Funciones del SENASA aprobado mediante Decre-to Supremo Nº 24-95-AG y el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; Con las visaciones del Jefe de la Unidad de Ejecución del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria,de la Directora General de la Oficina General de Adminis-tración, de la Directora General de la Oficina Asesoría Ju-rídica y del Director General de la Oficina General de Pla-nificación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incluir los Ítems IV.2.6, IV.2.7 y IV.2.8 en la Guía de servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agra-ria, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 020-2002-AG-SENASA y modificada mediante las Resoluciones Je-faturales Nºs 232-2002-AG-SENASA, 245-2002-AG-SENA-SA y 065-2003-AG-SENASA, según las especificacionesconsignadas en el Anexo adjunto, el mismo que forma par-te integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los precios por los conceptos señalados en el Anexo adjunto, se calculan en función de las unida-des y los porcentajes establecidos en la presente Resolu-ción; los cuales se encuentran expresados en función a laUnidad Impositiva Tributaria (U.I.T.) vigente e incluyen elImpuesto General a las Ventas (I.G.V.). Artículo 3º.- Los ingresos recaudados por los concep- tos señalados en la presente Resolución, constituirán Re-cursos Directamente Recaudados del SENASA. Artículo 4º.- Deróguense las disposiciones legales que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa