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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (19/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G38/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de abril de 2004 BASE LEGAL: Ley Nº 27308, Art. 8º. (16/07/2000). gobierno local correspondiente, señalándose una antigüedad no menor de 5 años y especificándose la Administración de Fauna Silvestre de Fauna Silvestre D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 153º a 156º. (09/04/2001). la cantidad total de pobladores mayores de edad. Técnica Forestal (Reconsideración) R.J. Nº 042-2003-INRENA (11/04/2003). Acta de acuerdo por el cual más del 50% de los pobladores mayores de edad de la población rural o y de Intendente Forestal centro poblado decide solicitar el establecimiento del bosque local y designa al Responsable de la Fauna Silvestre y de Fauna Sil vestre Administración correspondiente. (Apelación) Constancia de reconocimiento del Comité Autónomo por parte del gobierno local correspondiente o acreditación del Representante del gobierno local (en caso sea éste quien administre el bosque local).Mapa de ubicación a escala 1/50 000 ó 1/100 000, con coordenadas UTM y la correspondiente memoria descriptiva. Relación de beneficiarios (todos los integrantes del centro poblado o población rural).Descripción de los recursos forestales y de fauna silvestre existentes en el área. Propuesta preliminar de uso y justificación de la superficie propuesta. Carta de compromiso de elaborar el plan de manejo. Recibo de pago por derecho de trámite. 22 Concesión de áreas con fines de forestación o reforestación, en superficies de hasta Solicitud dirigida a la autoridad que apr ueba el trámite, según modelo. Gratuito X Ventanilla Única Administrador Técnico Autoridad que resolvió 40 000 hectáreas. Copia literal simple de la inscripción en los Registros Públicos y acreditar representante legal, del INRENA o de Forestal y el tr ámite en caso de persona jurídica. la Administración de Fauna Silvestre (Reconsideración) BASE LEGAL: Ley Nº 27308, Art. 28º. (16/07/2000). Copia de DNI y RUC en caso de persona natural. Técnica Forestal (Hasta superficies de Inmediato Superior D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 291º y 292º. (09/04/2001). Plano de ubicación del área en coordenadas UTM. y de 1 000 hectáreas) Jerárquico Constancia emitida por el PETT mediante el cual señala que no existe derechos de terceros en Fauna Silvestre (Apelación)el área solicitada. Intendente Forestal Certificado Catastral emitido por Registros Públicos o el Registro Predial Urbano y de Fauna Silvestre correspondiente. (En superficies mayores a 1 000 hectáreas) 23 Cesión de posición contractual de las concesiones de forestación o reforestación. Solicitud dirigida a la autoridad que aprueb a el trámite, según modelo. Gratuito X Ventanilla Única Autoridad que Autoridad que resolvió Copia literal simple de la inscripción en los Registros Públicos y acreditar representante legal, del INRENA o de suscribió el Co ntrato el trámite BASE LEGAL: Ley Nº 27308, Art. 28º. (16/07/2000). en caso de persona jurídica. la Administración (Reconsideración) D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 296º. (09/04/2001). Copia de DNI y RUC en caso de persona natural. Técnica Forestal Inmediato Superior y de Jerárquico Fauna Silvestre (Apelación) 24 Modificación del Plan de Manejo de concesiones, permisos y autorizaciones forestales. Solicitud dirigida a la autoridad que ap rueba el trámite, según modelo. X Ventanilla Única Autoridad que aprobó Autoridad que resolvió Propuesta de Plan de Manejo modificado, firmado por un consultor del INRENA o de el Plan de Manejo el trámite BASE LEGAL: Ley Nº 27308, Art. 15º. (16/07/2000). y/o persona jurídica especializada registrada en el INRENA para tal fin. la Administración Forestal (Reconsideración) D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 63º. (09/04/2001). Recibo de pago por derecho de trámite: Técnica Forestal Inmediato Superior - Hasta 500 hectáreas. 5% UIT y de Jerárquico - Mayor de 500 hasta 5 000 hectáreas. 10% UIT Fauna Silvestre (Apelación) - Mayor de 5 000 hectáreas. 20% UIT 25 Autorización de desbosque a titulares de operaciones y actividades distintas a la Solicitud dirigida a la autoridad que aprueb a el trámite, según modelo. X Ventanilla Única Intendente Forestal Intendente Forestal forestal. Copia literal simple de la inscripción en los Registros Públicos y acreditar representante legal, del INRENA o de y de Fauna Silv estre y de Fauna Silvestre en caso de persona jurídica. la Administración (Reconsideración) BASE LEGAL: Ley Nº 27308, Art. 17º. (16/07/2000). Copia de DNI y RUC en caso de persona natural. Técnica Forestal Jefe del INRENA D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 76º. (09/04/2001). Plano perimétrico del área señalando las coordenadas UTM y memoria descriptiva. y de (Apelación) Ley Nº 27446 (23/04/2001) Dos ( 02) ejemplares del Informe de impacto ambiental, según términos de referen cia. Fauna Silvestre D.S. 002-2003-AG, Art 3º (15/01/2003) Compromiso de pago de derecho de desbosque. Recibo de pago por derecho de trámite: - Hasta 500 hectáreas. 10% UIT - Mayor de 500 hectáreas. 20% UIT 26 Comercialización de productos forestales provenientes del desbosque. Solicitud dirigida a la autoridad que aprueba el trámite, según modelo. 4% UIT X Ventanilla Única Intendente Forestal Intendente Forestal Contar con la autorización de desbosque. del INRENA o de y de Fauna Silvestre y de Fauna Silvestre BASE LEGAL: Ley Nº 27308, Art. 17º. (16/07/2000). Compromiso de pago de derechos forestales correspondientes. la Administración (Reconsideración) D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 76º. (09/04/2001). Recibo de pago por derecho de trámite. Técnica Forestal Jefe del INRENA y de (Apelación) de Fauna SilvestreDERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS D E EVALUACIÓN DONDE SE INICIA APRUEBA EL RESUELVE EL RECURSO TRÁMITE AUTOM. POSIT. NEGAT. EL TRÁMITE TRÁMITE ADMI NISTRATIVO