Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2004 (08/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, MORDAZA 8 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 032-2003MDPH referente a la cesion de uso temporal de kioskos y normas de conduccion en playas del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 047-2004-MDPH
Punta MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta MORDAZA en Sesion Extraordinaria de fecha 23 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, se le reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que asimismo, las municipalidades son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales de conformidad con el inciso 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, con fecha 28 de noviembre del 2003, se aprobo la Ordenanza Nº 032-2003-MDPH, que Regula el Otorgamiento de Cesion de Uso Temporal de Kioscos y Normas de Conduccion en las Playas del distrito de Punta Hermosa; Estando a lo expuesto; de conformidad con el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo, aprueba lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFIQUESE la Ordenanza Nº 032-2003-MDPH, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de diciembre del 2003, en los siguientes terminos: DICE:

dicara el termino de la temporalidad; la cual no podra exceder mas de 6 meses. TITULO XI: DEL PROCEDIMIENTO EN EL OTORGAMIENTO DE CESIONES DE USO TEMPORALES Articulo 17º.- Los superficiarios ingresaran por mesa de partes sus solicitudes, acompanando los requisitos enumerados en el Articulo 10º de la presente Ordenanza, a partir del 1 al 15 de septiembre de cada ano y su correspondiente calificacion en el periodo comprendido del 1 al 30 de octubre del ano respectivo. De no cumplir con dicho articulo, no se recepcionaran dichas solicitudes. Articulo 21º.- Los superficiarios de Kioscos, deberan desocupar y retirar sus Kioscos de las playas, en el transcurso de la primera semana del mes de MORDAZA, bajo apercibimiento de decomiso y denegacion de la Cesion en uso en la proxima temporada de verano. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina de Rentas, Secretaria General y a todas las Unidades Organicas en cuanto les corresponda, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 14378

Amplian vigencia de amnistia tributaria otorgada a favor de contribuyentes del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2004-MDPH
Punta MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA VISTO: La Ordenanza Nº 046-2004-MDPH de fecha 25 de junio del 2004; y, CONSIDERANDO:

TITULO V: DEFINICIONES Articulo 5º; inciso c), Temporada de Verano: Comprende los meses de diciembre a marzo de cada ano. TITULO VI: DE LA CESION DE USO TEMPORAL DE KIOSCO Articulo 7º.- Nace su obligatoriedad desde el otorgamiento de la cesion de uso temporal que expresamente indicara el termino de la temporalidad; la cual no podra exceder mas de 4 meses. TITULO XI: DEL PROCEDIMIENTO EN EL OTORGAMIENTO DE CESIONES DE USO TEMPORALES Articulo 17º.- Los superficiarios ingresaran por mesa de partes sus solicitudes, acompanando los requisitos enumerados en el Articulo 10º de la presente Ordenanza, a partir del 1 al 15 de octubre de cada ano y su correspondiente calificacion en el periodo comprendido del 1 al 30 de noviembre del ano respectivo. De no cumplir con dicho articulo, no se recepcionaran dichas solicitudes. Articulo 21º.- Los superficiarios de Kioscos, deberan desocupar y retirar sus Kioscos de las playas, en el transcurso del mes de MORDAZA, bajo apercibimiento de decomiso y denegacion de la Cesion en uso en la proxima temporada de verano. DEBE DECIR: TITULO V: DEFINICIONES Articulo 5º; inciso c), Temporada de Verano: Comprende desde el 31 de octubre al 1 de MORDAZA de cada ano. TITULO VI: DE LA CESION DE USO TEMPORAL DE KIOSCO Articulo 7º.- Nace su obligatoriedad desde el otorgamiento de la cesion de uso temporal que expresamente in-

Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dentro de este contexto, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, concordante con el Art. 74º de la Constitucion Politica del Estado, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99EF, senala expresamente que los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, habiendose otorgado mediante Ordenanza Nº 462004-MDPH, la Amnistia Tributaria inicialmente hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso, el responsable de la Oficina de Rentas de esta Municipalidad mediante Informe Nº 235-04-OR-MDPH, solicita la dacion del Decreto de Alcaldia correspondiente para la Prorroga de la Ordenanza MORDAZA mencionada, hasta el treinta y uno (31) de agosto del presente, condonando el 100% de Moras e Intereses desde el 1 de agosto al 15 del mismo mes y el 25% desde el 16 de agosto al 31 del mismo mes; Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas en el inciso 6) articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar la vigencia de la Amnistia Tributaria hasta el treinta y uno (31) de agosto del 2004 por los fundamentos expuestos, determinando la vigencia de la Ordenanza Nº 046-2004-MDPH, condonando en un 100% de Moras e Intereses desde el 1 al 15 de agosto y en un 25% desde el 16 de agosto al 31 del mismo mes.

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