Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2004 (15/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 15 de febrero de 2004

las atribuciones conferidas por el inciso 27) del Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades, por unanimidad de los miembros del Concejo y con aprobacion del acta respectiva; SE ACORDO: Articulo 1º.- Por las consideraciones expuestas en el exordio del presente acuerdo se aprueba DECLARAR la vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA CRUZ. Articulo 2º.- Notifiquese al interesado. Articulo 3º.- Autorizar a secretaria la publicacion del presente acuerdo en el informativo de la Municipalidad Distrital de Chipao y en un medio de comunicacion radial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03194

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHIPAO
Declaran vacancia de regidor
ACUERDO DE CONCEJO Nº 073-2003 Chipao, 9 de octubre de 2003 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 58, de fecha 6 de los corrientes, el unico punto de agenda: VACANCIA DEL REGIDOR MORDAZA MORDAZA CRUZ; y, CONSIDERANDO: Que, por Informe Nº 001-2003-S/T-AMDCH/LA, de fecha 29 de MORDAZA del ano en curso, la secretaria de esta municipalidad informa al MORDAZA no haber podido entregar las citaciones a sesion ordinaria, para el 29 de ese mes, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debido a que la vivienda de este se encontro cerrada. De igual forma las citaciones posteriores a esa fecha, invitando a sesiones ordinarias para el 12, 16, 23 y 25 de agosto; 1, 8 y 14 de setiembre, asi como la del 1 de octubre y las citaciones a sesiones extraordinarias de fecha 13 de setiembre y 3 de octubre del presente ano, respectivamente, no las pudo entregar por continuar cerrada la vivienda del ciudadano edil; Que, los hechos expuestos en el considerando precedente motivaron al MORDAZA recurrir, via oficio s/n, de fecha 3 de los corrientes, a don MORDAZA ALDORADIN MORDAZA, Juez de Paz de este distrito, a fin de que dicha autoridad entregue la citacion respectiva al regidor referido para la sesion ordinaria del 6 de los corrientes resultando infructuosa la accion desplegada por la referida autoridad judicial, tal como se desprende del oficio s/n, de fecha 6 del mes en curso, recepcionado por la secretaria en la misma fecha; en el informa que durante los dias 4 y 5 del presente mes se constituyo a la Av. MORDAZA s/n, direccion del concejal referido, encontrando la vivienda cerrada e indagando con los vecinos del lugar tomo conocimiento que dicho Regidor no se encuentra viviendo en esa direccion desde hace dos meses, y agrega, ni dentro de la jurisdiccion distrital de Chipao, induciendo al Concejo concluir que dicho concejal se mudo de esa vivienda fuera de la jurisdiccion municipal, estando incurso en la causal de vacacancia establecida en el numeral 5) del Art. 22º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, no obstante lo informado por la secretaria municipal y el mismo Juez de Paz, respectivamente, el MORDAZA publica en la radio MORDAZA MORDAZA un comunicado de invitacion al concejal acotado exhortandolo a concurrir a la sesion del 6 de los corrientes, lo que se corrobora con la Boleta de Venta Nº 000136, de fecha 4 de octubre del ano en curso y que obra en autos; Que, los hechos expuestos denotan un desinteres al cargo por parte del regidor cuestionado al haberse este ausentado de esta jurisdiccion municipal por mas de 30 dias consecutivos, sin autorizacion del Concejo Municipal, y si eso ha ocurido asi, dicho Regidor se encuentra incurso en la causal de la vacancia establecida en el numeral 4) del Art. 22º de la MORDAZA glosada; Que, las evidencias obrantes en autos prueban que el Regidor acotado ha inconcurrido injustificadamente a mas de tres sesiones ordinarias consecutivas, encontrandose incurso en la causal de vacancia establecida en el numeral 7) del Art. 22º de la citada norma; Que, de acuerdo a lo expuesto en la parte final del MORDAZA considerando resulta impracticable notificar, en esas circunstancias, al Regidor infractor, en tal sentido, es aplicable el Art. 20º de la Ley Nº 27444, pues este articulado establece las modalidades de notificacion y para el caso materia de resolucion resulta conveniente adherirse a lo que prescribe la MORDAZA parte del numeral 20.1.3) de la MORDAZA glosada, en esa direccion habiendo quedado demostrado que el mencionado concejal no se encuentra viviendo dentro de la jurisdiccion distrital de Chipao, en estos casos, notificar al infractor debe hacerse prosiguiendo lo que establece el Art. 23.1.2) del mismo cuerpo legal acotado, asi como a lo establecido en el Art. 147º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto, lo que prescriben los Arts. 20.1.3) y 23.1.2) de la Ley Nº 27444, los numerales 4), 5) y 7) del Art. 22º, el Art. 147º de la Ley Nº 27972 y de conformidad a

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SALCAHUASI
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano fiscal 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 001-2004-A/MDS Salcahuasi, 28 de enero de 2004 VISTO: El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio 2004 de la Municipalidad Distrital de Salcahuasi; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia, conforme a lo establecido por el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado y el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el articulo 7º del T.U.O. de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, y la Resolucion Nº 380-2003CONSUCODE/PRE que aprueba la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboracion y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, los Arts. 5º, 6º y 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; dispone la formulacion de las necesidades de bienes y servicios y obras por cada una de las dependencias componentes de la entidad, senalando las prioridades de las mismas; De conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Salcahuasi, de la provincia de Tayacaja y departamento de Huancavelica para el ano fiscal 2004, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comision de la Promocion de la Pequena y Microempresa PROMPYME, conforme establece la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su expedicion por lo que debera estar a disposicion de los interesados en un lugar visible de la entidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03196

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