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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2004 (25/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 135

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G33/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de julio de 2004 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G65/G63/G68/G65/G20/G65/G76/G61/G70/G6F/G72/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 016/2004/MDP Pangoa, 20 de julio de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE PANGOA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el día 20 de julio de 2004, el Informe Nº 170-2004-JDVS/ MDP, y el Informe de la Asesoría Legal Nº 035-2004/ALE/MDP, que en conjunto constituyen el sustento técnico-le-gal que dispone del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, en virtud del cual se solicita la expedición del Acuerdo de Concejo que autorice la Declaratoria de Situación de Urgencia para la adquisición del producto Leche Evapo-rada de 410 gr. para el Programa Vaso de Leche del dis-trito de Pangoa; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº27680 establece que las Municipalidades Provinciales,Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen auto-nomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia, corresponde al Concejo las fun- ciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía lasfunciones ejecutivas; Que, la Municipalidad de Pangoa convocó a la Licita- ción Pública Nacional Nº 00001-2004CE/MDP - Ítem 1 parael suministro de Leche Evaporada de 410 gr. para el Pro- grama Vaso de Leche, habiendo obtenido la buena pro la Empresa CORLAC S.A. con un costo de 1.85 nuevos so-les, marca Ideal, declarado nulo de oficio; realiza la Segun-da Convocatoria de Licitación Nacional, con el producto deleche evaporada en lata de 410 gr., resultando ganador dela buena pro el Consorcio Empresarial del Oriente con un costo de 1.84 nuevos soles, marca Gloria, de igual modo se declara en nulidad de oficio. En base al artículo 3º delTUO - Principio de Eficiencia, en todas las adquisiciones ocontratos, deben reunir los requisitos de calidad, precio,plazo en mejores condiciones; y el Principio de Economía,en toda adquisición o contratación se aplicarán los crite- rios de simplicidad, austeridad, concertación y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos deselección y en los acuerdos y resoluciones recaídos sobreellos; Que, el distrito de Pangoa, abarca 6,197.41 km2, con 160 Anexos, 38 CCNN y 3 Centros Poblados Menores, con una población de 36,000 habitantes, la mayoría de las CCNN se encuentran en el valle del Ene, con un alto índicede desnutrición infantil, y el distrito de Pangoa está consi-derado como de extrema pobreza; Que, los precios ofertados en ambas convocatorias ori- ginó un descontento total de la población beneficiaria lle- vando a un caos social, y posibles actos de violencia pos- terior; Que, el inciso "c" del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los pro- cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, las adquisiciones que se realicen en Situa-ción de Urgencia declarada de conformidad con la norma-tividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado; Que, el artículo 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante el D.S. Nº 013-2001-PCM, determina que la Situación de Urgencia debe entenderse como unhecho de excepción que determina una acción rápida deadquisición o contratación de orden temporal, sin perjuiciode que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el artículo 21º del TUO de la Ley Nº 26850, esta- blece que por Situación de Urgencia se considera aquellaen la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de de-terminados bienes y servicios comprometa en forma di- recta la prestación de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo,facultando a la entidad a la adquisición o contratación delos bienes, servicios u obras sólo por el tiempo necesariopara llevar a cabo el proceso de selección que correspon-da; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850, establece que de producirse el supuesto señalado en elartículo 19º del TUO de la Ley Nº 26850 que determina lanecesidad de efectuar procesos de adjudicación de MenorCuantía, la entidad hará las adquisiciones o contratacio-nes mediante acciones inmediatas sobre la base de obten- ción de una cotización que cumpla con los requisitos esta- blecidos en las Bases, con la autorización expresa del Ti-tular del Pliego o de la Máxima Autoridad Administrativa dela entidad, según corresponda; Que, el artículo 20º del TUO de la Ley Nº 26850 a que se refiere el artículo 19º se realiza mediante el proceso de adjudicación de Menor Cuantía, dicha exoneración deberá ser aprobada mediante el Acuerdo de Concejo Municipalen caso de los Gobiernos Locales; Que, por los mencionados en líneas arriba, originan una Situación de Urgencia conforme lo establecido enel artículo 21º del TUO de la Ley Nº 26850, y el artículo 108º de su Reglamento, por lo que es necesario decla- rar como tal con la finalidad de asegurar la distribuciónde la Leche Evaporada en lata de 410 grs. para elPrograma del Vaso de Leche hasta por un plazo míni-mo de 240 días calendario o hasta la culminación delproceso de selección; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) de los artículos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850, apro-bado por D.S. Nº 012-2001-PCM, y su reglamento aproba-do por D.S. Nº 013-2001-PCM, inciso 35) del artículo 9º dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y de-más normas, luego de un debate correspondiente, el Con- cejo en pleno aprobó el acta por unanimidad; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia la Adquisición de Leche Evaporada para el Programa Vaso de Leche en el distrito de Pangoa, hasta un plazo mínimo de 240 días calendario. Artículo Segundo.- Precisar que el plazo establecido en el artículo precedente culminará automáticamente si,antes de vencido el mismo se suscribe el contrato corres-pondiente, como consecuencia de la culminación del pro- ceso de selección. Artículo Tercero.- Encargar su fiel cumplimiento al Área de Abastecimiento de la Municipalidad, llevar a cabo el pro-ceso de exoneración de conformidad con el artículo 105ºdel Reglamento del TUO de la Ley Nº 26850, de acuerdo almonto siguiente: Adquisición de Leche Evaporada en lata de 410 grs.: S/. 300,528.00 nuevos soles incluido el IGV, con cargo a laFuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios paraGobiernos Locales. Artículo Cuarto.- Poner el presente Acuerdo en cono- cimiento de la Contraloría General de la República, de con-formidad con el artículo 20º del TUO de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentrode los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Artículo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábi-les de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CÉSAR RAÚL QUISPE ROJAS Alcalde 13825