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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (26/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G31/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 26 de setiembre de 2004 tuado adquisiciones y/o compras a las Empresas Indus- trial Loli Hnos. S.A., Strat S.R.L. Servicios Generales y Power Graf, con precios sobre valorados; observándose que la Empresa Industrial Loli Hnos. S.A., giró facturas anombre de la Municipalidad de Santa Anita, por diversos bienes, los cuales no corresponden al giro de la empresa, no existiendo relación entre las ordenes de compra y lasordenes de servicio; transgrediendo de esta manera las Normas establecidas en el Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria SUNAT, así como las Normas del Sistema de Contabilidad Gubernamental; situaciones que se derivan en la presunta responsabilidad administrativadel ex Subgerente de Logística y Servicios Generales, se- ñor MÁXIMO ROMÁN SUYO RODRÍGUEZ, por no haber mostrado diligencia en el cumplimiento de sus funciones ydeberes que le impone el servicio público; así como por no haber salvaguardado los intereses del Estado, empleando austeramente los recursos públicos; Que, se ha determinado igualmente, que el ex Subge- rente de Logística y Servicios Generales de la Municipali- dad de Santa Anita, no ha cumplido con las funciones desu área, al no tener actualizado el margesí de bienes, al no existir un inventario de bajas de bienes, al no haber inscrito en los Registros Públicos los bienes muebles e inmueblesdel Municipio; así como, por no contar con póliza de segu- ros las unidades vehiculares y los bienes inmuebles de la entidad; hechos que transgreden lo dispuesto por el Artí-culo 84º incisos e) y f) del Reglamento de Organización de Funciones - ROF., de la Municipalidad de Santa Anita y demás normas pertinentes; situaciones que se derivan enla presunta responsabilidad administrativa del ex Subge- rente de Logística y Servicios Generales, señor MÁXIMO ROMÁN SUYO RODRÍGUEZ, por no haber mostrado dili-gencia en el cumplimiento de sus funciones y deberes que le impone el servicio público; Que, se precisa también, que los contratos de locación de servicios y/o servicios no personales, que se encontra- ban vigentes al 31 de diciembre del 2003, así como los contratos del personal que laboró durante los meses deenero y febrero del 2004, no fueron elaborados en la opor- tunidad requerida, conforme a la Directiva Nº 003-2004- EF/76.01, Artículo 55º Prórroga de los Contratos de Servi-cios No Personales, para la Aprobación, Ejecución y Con- trol del Proceso Presupuestario de los Gobiernos Locales, para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 28128, transgrediendo deesta manera lo dispuesto por el Artículo 84º inciso q) del Reglamento de Organización de Funciones ROF. de la Municipalidad de Santa Anita; hechos que se derivan en lapresunta responsabilidad administrativa del ex Subgerente de Logística y Servicios Generales, señor MÁXIMO RO- MÁN SUYO RODRÍGUEZ, por no haber mostrado diligen-cia en el cumplimiento de sus funciones y deberes que le impone el servicio público; Que, se ha determinado también, que de la documen- tación remitida por la Subgerencia de Personal, se precisa que el ex Subgerente de Logística y Servicios Generales, no ha presentado sus declaraciones Juradas de Bienes,ingresos y rentas; ni su Curriculum - Vitae, teniendo en cuenta que todo el Personal de una Entidad, incluyendo los funcionarios y la alta dirección, tienen la obligación deentregar oportunamente a la Oficina de Personal, la Infor- mación que se requiere, a fin de mantener actualizado los Legajos Personales; transgrediendo lo dispuesto por laResolución de Contraloría Nº 072-98-CG y las Normas Técnicas de Control NTC-700-04 de la Contraloría Gene- ral de la República, así como del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la normatividad legal vigente; hechos que se derivan en la presunta responsabilidad administrativa del ex Subgerente de Logística y Servicios Generales, señorMÁXIMO ROMÁN SUYO RODRÍGUEZ, por no haber mos- trado diligencia en el cumplimiento de sus funciones y de- beres que le impone el servicio público; Que, tales hechos determinan la inobservancia del Re- glamento de Organización y Funciones de la Municipali- dad Distrital de Santa Anita, así como del incumplimientode lo dispuesto en los incisos a), b) del Artículo 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público Decreto Legislativo Nº 276, incu-rriendo en faltas de carácter administrativo disciplinarias, tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º del indica- do cuerpo legal y su Reglamento aprobado por D.S. Nº005-90-PCM. Estando al informe de vistos, a lo dispuesto por el Artí- culo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artícu- lo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR Proceso Administra- tivo Disciplinario al señor Máximo Román Suyo Rodríguez, ex Subgerente de Logística y Servicios Generales, por in-cumplir con lo dispuesto en los incisos a) y d) del Artículo 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público Decreto Legislativo Nº276, incurriendo en faltas de carácter administrativo disci- plinarias, tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º del indicado cuerpo legal y su Reglamento aprobado porD.S. Nº 005-90-PCM de acuerdo a los cargos indicados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE la presente Reso- lución al ex Funcionario procesado, para que con arreglo a Ley presente los descargos y pruebas convenientes a su defensa ante la Comisión Especial de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios, dentro del término de cinco (5) días útiles, contados a partir del día siguiente de su notifica- ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 17304 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 063-04/MDS Mediante Oficio Nº 384-2004/SG-MDS, la Municipali- dad de Surquillo solicita se publique Fe de Erratas del Acuer- do de Concejo Nº 063-04/MDS, publicado en nuestra edi-ción del 19 de setiembre de 2004. DICE:"Cuarto.- Corresponde al señor Alcalde presentar ante el pleno del Concejo Municipal la propuesta de reglamentode desarrollo de la Audiencia Pública Vecinal, en un plazo no mayor de quince días-calendario, para su aprobación mediante Ordenanza." DEBE DECIR: "Cuarto.- Corresponde al señor Alcalde la representa- ción del Concejo Municipal durante el desarrollo de la Au- diencia Pública Vecinal, según el reglamento y procedimien-to establecidos por la Defensoría del Pueblo." 17305 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G62/G61/G73/G65/G73/G20/G79/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G73/G75/G62/G61/G73/G74/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G65/G6E/G2D/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G50/G75/G6E/G74/G61 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028-2004-MDLP/ALC La Punta, 17 de setiembre de 2004 VISTOS: Que, el Memorando Nº 181-2004-MDLP/GR de fecha 16 de septiembre del 2004.