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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (13/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de noviembre de 2006 332759 Precisan Ordenanza N° 123 relativa a los derechos y al TUPA de la Municipalidad (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de OD 0XQLFLSDOLGDG 'LVWULWUDO GHO 5tPDF PHGLDQWH 2¿FLR Nº 223-2006-MDR-SG, recibido el 10 de noviembre de 2006) ORDENANZA Nº 124 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en sesión ordinaria de Concejo de fecha 06.04.06, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, con el voto mayoritario y con la dispensa del dictamen de la Comisión correspondiente y dispensa de lectura del Acta; y, CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política GHO 3HU~ PRGL¿FDGD PHGLDQWH /H\ 1ž  /H\ de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el artículo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Nº 27444, establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos de las entidades públicas deberán ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- de cada entidad; Que, mediante Informe Nº 030-2006-OPP- MDR de fecha 04.04.06 emitido por el Director de Planeamiento y Presupuesto, señala que con la ¿QDOLGDGGHDOFDQ]DULQIRUPDFLyQFRPSOHPHQWDULDSDUDHOSURFHVRGHUDWL¿FDFLyQGHO783$DQWHHO6$7GHODMunicipalidad Metropolitana de Lima, es necesario PRGL¿FDUOD2UGHQDQ]D1žHQVXSDUWHUHVROXWLYDa efectos de precisarse la aprobación respecto de los derechos contenidos en el TUPA, así como el TUPA mismo de la institución, debiendo elevarse por ante el Concejo Municipal para su conocimiento y aprobación correspondiente; Que, con Informe Nº 052-2006-OAJ-MDR de fecha 04.04.06 emitido por el Director (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica, opina por la procedencia de la aprobación de la Ordenanza que modifica el TUPA 2005 contenida en la Ordenanza Nº 123, señalando además, su vigencia y derogación expresa de las anteriores Ordenanzas N°s. 104 y 111, respectivamente; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 9º numerales 8) y 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- PRECISAR la parte resolutiva de la Ordenanza Nº 123 en los términos siguientes: “Artículo Primero.- APROBAR los derechos contenidos en el TUPA 2005 de la Municipalidad Distrital del Rímac, así como el TUPA de la institución. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación GHODFXHUGRUDWL¿FDWRULRHIHFWXDGRSRUOD0XQLFLSDOLGDGMetropolitana de Lima.Artículo Tercero.- DERÓGUESE las Ordenanzas Nºs. 104 y 111 de la Municipalidad Distrital del Rímac.” POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal, a los seis días del mes de abril de dos mil seis. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 5402-2 Aprueban precisiones y rectificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la Munici-palidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2006-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTO: El Oficio Nº 040-2006-MDR-SG de fecha 17 de marzo de 2006, Oficio Nº 004-090-00002825 de fecha 19 de mayo de 2006, Informe Nº 055-2006-OPP-MDR de fecha 12 de Junio de 2006 e Informe Legal Nº 098-2006-OAJ-MDR de fecha 13 de junio de 2003; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la actual Constitución Política modificada por la Ley Nº 27680 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, precisan que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; 4XH PHGLDQWH 2¿FLR 1ž 0'56* OD 0XQLFLSDOLGDG'LVWULWDOGHO5tPDFVROLFLWyODUDWL¿FDFLyQde la Ordenanza Nº 123, precisada por la Ordenanza Nº 124, por medio de la cual se aprueban los derechos contenidos en el TUPA 2005 de la corporación en mención; 4XHFRQ2¿FLR1žHIHFKDGH mayo de 2006, el Servicio de Administración Tributaria -SAT- remite el Requerimiento Nº 004-078-00000127 en la cual formulan las observaciones técnicas y legales en que ha incurrido la corporación en el proceso de UDWL¿FDFLyQ GHO 783$ \ TXH GH FRQIRUPLGDG FRQ ORdispuesto en el artículo 5º de la Ordenanza Nº 607, otorga un plazo de 15 días hábiles a efectos de su subsanación; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los SURFHGLPLHQWRVQHFHVDULRVSDUDODFRUUHFWD\H¿FLHQWHadministración municipal, constituyendo esta vía la forma y modo de absolver las observaciones formuladas por el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad 0HWURSROLWDQDGH/LPDVLQTXHHOORLPSOLTXHPRGL¿FDFLyQsustantiva de las Ordenanzas anteriormente señaladas \VXMHWDVDUDWL¿FDFLyQ Que, mediante Informe Nº 055-2006-OPP-MDR de fecha 12 de junio de 2006 emitida por el Director de OD 2¿FLQD GH 3ODQHDPLHQWR \ 3UHVXSXHVWR GD FXHQWDHQ IRUPD GHWDOODGD GH ODV UHFWL¿FDFLRQHV SUHFLVLRQHVy subsanaciones efectuadas a todas y cada una de las observaciones técnicas y legales formuladas por el Servicio de Administración Tributaria -SAT-Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que ha sido elaborada con