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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (29/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de diciembre de 2009 409030 PROVINCIA DE TOCACHE - SAN MARTIN” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 411-2009-MPT; Ofi cio Nº 034-2009-MDI-ALCALDE-U suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IPARIA, Provincia de CORONEL PORTILLO, Departamento de UCAYALI, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES PRODUCTIVAS EN EL CULTIVO DE MAIZ AMARILLO EN LA LOCALIDAD DE NUEVO SAN JUAN, DISTRITO DE IPARIA - CORONEL PORTILLO - UCAYALI” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 041-2009-MDI-A-U; Ofi cio Nº 244-2009-ALC-MDI-SA suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IRAZOLA, Provincia de PADRE ABAD, Departamento de UCAYALI, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION GANADERA EN EL CASERIO EL MILAGRO, DISTRITO DE IRAZOLA - PADRE ABAD - UCAYALI” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 217-2009-ALC-MDI-SA; Ofi cio Nº 230-2009-ALC-MDI-SA suscrito por el Alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IRAZOLA, Provincia de PADRE ABAD, Departamento de UCAYALI, con el cual alcanza el Expediente Técnico del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LA PRODUCCION DE GANADO VACUNO EN EL CASERIO DE PUEBLO NUEVO, DEL DISTRITO DE IRAZOLA - PADRE ABAD - UCAYALI” aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 208-2009-ALC- MDI-SA; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 448-2008-PCM de fecha 31 de diciembre de 2008 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2009 y los recursos que lo fi nancian de conformidad con la Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Que, la Ley Nº 28592, crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR y se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo No. 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, según los Memorandos de visto, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, comunica que los Gobiernos Locales detallados en el Cuadro Nº 01 de los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, San Martín y Ucayali han cumplido con el procedimiento establecido por la CMAN y que los Expedientes Técnicos para la ejecución de las intervenciones contempladas en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), cuentan con la correspondiente aprobación; por lo que solicitan la disponibilidad de recursos y la gestión de la Resolución Ministerial de transferencia fi nanciera a dichos gobiernos locales para lo cual remiten ciento quince (115 ) proyectos de Convenios de Transferencia Financiera; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, y el Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 057-2008- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolución, por la suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO Y 90/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 421 148,90 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, para la ejecución de las intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas, a partir de la suscripción de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de las intervenciones detalladas en el Cuadro Nº 01, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al presupuesto Institucional Modificado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, en la Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, Función: 23 Protección Social; Programa: 051 Asistencia Social; Sub- Programa: 0005 Planeamiento Institucional; Actividad: 1.021325 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Componente: 3.121086 Perú Repara – Programa de Reparaciones Colectivas, Finalidad: Transferencia de Recursos a entidades y la disponibilidad de recursos autorizada del correspondiente Calendario de Compromisos. Artículo 3º.- La transferencia financiera autorizada se efectuará conforme al Cronograma de Desembolsos, Términos y Obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales para el financiamiento de las intervenciones a que hace referencia el artículo 1º y que forma parte de la presente Resolución en Anexo “A”. Artículo 4º.- En el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, los Gobiernos Locales citados en el Anexo “A” publicarán en su página Web el resultado de las acciones y detalle de gastos realizados, dentro del primer trimestre del Año Fiscal 2010 de los recursos transferidos, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Aquellos Gobiernos Locales que no cuenten con página Web, publicarán, necesariamente, la misma información en los diarios de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad. Artículo 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y políticas de Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional (CMAN), se encargará, de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 3º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de las intervenciones del Programa de Reparaciones Colectivas contenidas en los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros